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Documento BOE-A-2016-2633

Acuerdo de 17 de febrero de 2016, del Gobierno de Navarra, por el que se determinan las denominaciones oficiales de los municipios de Barañáin y de Echarri y del Concejo de Azoz del valle de Ezcabarte.

Publicado en:
«BOE» núm. 64, de 15 de marzo de 2016, páginas 20245 a 20245 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Comunidad Foral de Navarra
Referencia:
BOE-A-2016-2633

TEXTO ORIGINAL

El artículo 21.2 de la Ley Foral 6/1990, de 2 de julio, de la Administración Local de Navarra, establece que la utilización del vascuence en la denominación de los municipios se sujetará a lo dispuesto en la Ley Foral 18/1986, de 15 de diciembre, del Vascuence.

El artículo 8 de la Ley Foral del Vascuence dispone que los topónimos de la Comunidad Foral tendrán denominación oficial en castellano y en vascuence, de conformidad con las normas que el mismo señala, según las zonas que en la Ley Foral se establecen. En su apartado 2 señala que la determinación de los referidos topónimos corresponde al Gobierno de Navarra, previo informe de la Real Academia de la Lengua Vasca, debiendo dar cuenta de la misma al Parlamento de Navarra.

El Gobierno de Navarra, por medio de diversos decretos forales, ha determinado la denominación oficial de las localidades de la zona vascófona y de algunas de la zona mixta y no vascófona. Asimismo, mediante el Decreto Foral 270/1991, de 12 de septiembre, reguló el uso de las denominaciones oficiales aprobadas al amparo de la Ley Foral del Vascuence.

Existiendo petición de los ayuntamientos de Barañáin y de Echarri y del Concejo de Azoz, habiéndose emitido los informes preceptivos de la Real Academia de la Lengua Vasca, procede fijar las denominaciones oficiales de dichas localidades a los efectos del artículo 8.3 de la Ley Foral del Vascuence.

En su virtud, el Gobierno de Navarra, a propuesta de la Consejera de Relaciones Ciudadanas e Institucionales,

ACUERDA

1.º Las siguientes denominaciones son las oficiales y serán las legales a todos los efectos: de Barañáin, Barañáin (castellano) y Barañain (euskera); de Echarri, Echarri (castellano) y Etxarri (euskera); y de Azoz, Azoz (castellano) y Azotz (euskera).

2.º Dar traslado del presente acuerdo al Parlamento de Navarra, a la Secretaría de Estado de Administraciones Públicas (Registro de Entidades Locales), a la Dirección General de Administración Local de Navarra (Registro de Entidades Locales), al Instituto de Estadística de Navarra y a Euskarabidea – Instituto Navarro del Euskera.

3.º Publicar este Acuerdo en los boletines oficiales de Navarra y del Estado.

4.º Este acuerdo producirá efectos desde el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial de Navarra».

5.º Notificar el presente acuerdo a los ayuntamientos de Barañáin y de Echarri y al Concejo de Azoz.

Pamplona, 17 de febrero de 2016.–La Consejera Secretaria del Gobierno de Navarra, María José Beaumont Aristu.

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