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Documento BOE-A-2016-259

Resolución de 2 de diciembre de 2015, de la Secretaría de Estado de Servicios Sociales e Igualdad, por la que se publica el Convenio específico para el año 2015 con la Comunidad Autónoma de Extremadura.

Publicado en:
«BOE» núm. 9, de 11 de enero de 2016, páginas 1447 a 1448 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad
Referencia:
BOE-A-2016-259

TEXTO ORIGINAL

Suscrito el 24 de agosto de 2015, Convenio específico para el año 2015 entre el Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad (Delegación del Gobierno para el Plan Nacional sobre Drogas) y la Comunidad Autónoma de Extremadura y, en cumplimiento de lo dispuesto en el apartado dos del artículo 8 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y el Acuerdo del Consejo de Ministros de 2 de marzo de 1990, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicho Convenio, que figurara como anexo de esta Resolución.

Madrid, 2 de diciembre de 2015.–La Secretaria de Estado de Servicios Sociales e Igualdad, Susana Camarero Benítez.

ANEXO
Convenio Específico para el año 2015 del protocolo general de colaboración suscrito el 1 de septiembre de 1999 entre el Ministerio del Interior (Delegación del Gobierno para el Plan Nacional sobre Drogas) y la Comunidad Autónoma de Extremadura

En Madrid, a 24 de agosto de 2015.

REUNIDOS

De una parte, don Francisco de Asís Babín Vich, Delegado del Gobierno para el Plan Nacional sobre Drogas, nombrado mediante Real Decreto 249/2012, de 23 de enero («BOE» número 20, de 24 de enero), en nombre y representación del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, de conformidad con lo dispuesto en el apartado sexto, 1, b, de la Orden SSI/131/2013, de 17 de enero, sobre delegación de competencias («BOE» número 28, de 1 de febrero de 2013).

Y de otra, don José María Vergeles Blanca, en su calidad de Consejero de Sanidad y Políticas Sociales, por Decreto del Presidente 22/2015, de 19 de junio, «DOE» n.º 129, de 7 de julio, en nombre y representación de la Comunidad Autónoma de Extremadura, en virtud de la delegación otorgada, por Decreto del Presidente de 5 de agosto de 2015, para la firma de Convenios de Colaboración que suscriba la Comunidad Autónoma de Extremadura con la Administración General del Estado, en el ámbito de las competencias que dicho departamento tiene atribuidas y autorizado para la firma del presente convenio por el Consejo de Gobierno, en su sesión celebrada el 7 de agosto de 2015.

EXPONEN

Que el Ministerio del Interior y la extinta Consejería de Sanidad y Consumo de la Comunidad Autónoma de Extremadura (en la actualidad Consejería de Salud y Política Social) suscribieron un Protocolo General de Colaboración, de fecha 1 de septiembre de 1999, en materia de drogodependencias, que establece que los programas en que se concrete la colaboración entre la Mesa de Coordinación de Adjudicaciones y la Consejería de Salud y Política Social de dicha Comunidad Autónoma en dicho Protocolo General se establecerán en un convenio específico anual, en virtud de lo cual,

ACUERDAN

Primero.

Que la actuación de la Consejería de Salud y Políticas Sociales de la Comunidad Autónoma de Extremadura en el año 2015 se concretará en el desarrollo de los programas:

– Prevención de conductas adictivas en menores y jóvenes: 297.000,00 euros.

Segundo.

Que el Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad (Delegación del Gobierno para el Plan Nacional sobre Drogas) financiará la realización de este programa, según la resolución de la Mesa de Coordinación de Adjudicaciones, de fecha 24 de abril de 2015, con un total de 297.000,00 euros con cargo al concepto 26.18.231A.458, que a tal fin ha sido dotado con créditos provenientes del Fondo de bienes decomisados por tráfico de drogas y otros delitos relacionados, en aplicación del artículo 3.1.b) de la Ley 17/2003, de 29 de mayo, reguladora del Fondo de bienes decomisados por tráfico ilícito de drogas y otros delitos relacionados. El abono de los fondos se realizará tras la firma del presente Convenio.

Tercero.

Que durante el primer trimestre del próximo ejercicio, la Consejería de Salud y Políticas Sociales de la Comunidad Autónoma de Extremadura remitirá a la Mesa de Coordinación de Adjudicaciones un informe final y de evaluación del desarrollo de los programas y una certificación detallada y pormenorizada del gasto efectuado en la ejecución de los mismos.

Cuarto.

Que el programa citado en el Acuerdo primero, se desarrollará por la Consejería de Salud y Políticas Sociales de la Comunidad Autónoma de Extremadura durante el ejercicio 2015.

Quinto.

Que en el desarrollo y aplicación de este convenio se estará a lo establecido en el Protocolo general de colaboración suscrito por ambas partes, y si el gasto realizado fuera menor que la cantidad subvencionada el remanente será reembolsado al Tesoro Público. Además, en todo lo no previsto expresamente en el Convenio específico regirán las disposiciones del citado Protocolo General.

Sexto.

El presente Convenio se suscribe al amparo del artículo 4.1.c.) del Texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, quedando excluido del ámbito de la normativa contractual. No obstante, serán de aplicación los principios de esta Ley para resolver las dudas y lagunas que pudieran presentarse.

Las controversias que pudieran surgir, serán de la competencia de la jurisdicción contencioso-administrativa.

Para la debida constancia de lo acordado, se firma en duplicado ejemplar en el lugar y fecha arriba indicados.–El Delegado del Gobierno para el Plan Nacional sobre Drogas, Francisco de Asís Babín Vich.–El Presidente de la Comunidad Autónoma de Extremadura, P.A., el Consejero de Salud y Políticas Sociales, José María Vergeles Blanca.

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