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Documento BOE-A-2016-2550

Resolución 3D0/38037/2016, de 3 de marzo, del Instituto Nacional de Técnica Aeroespacial Esteban Terradas, por la que se modifica la Resolución 3D0/38047/2014, de 10 de junio, por la que se convocan becas de formación.

Publicado en:
«BOE» núm. 63, de 14 de marzo de 2016, páginas 19809 a 19809 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Defensa
Referencia:
BOE-A-2016-2550

TEXTO ORIGINAL

Con fecha 24 de junio de 2014 se publicó en el Boletín Oficial del Estado» la Resolución 3D0/3D0/38047/2014, de 10 de junio, del Instituto Nacional de Técnica Aeroespacial «Esteban Terradas» por la que se convocaban becas de formación. Dicha Resolución estableció en su punto 9 una dotación económica de las ayudas de 900 euros brutos mensuales. Asimismo, con fecha 27 de mayo de 2015 se publicó la Resolución 3D0/38047/2015, de 19 de mayo, del Instituto Nacional de Técnica Aeroespacial «Esteban Terradas», por la que se convocaban becas de formación para el año 2015, estableciendo en su punto 9 una dotación económica de 1.000 euros brutos mensuales. Dado que existe disponibilidad presupuestaria y a fin de homogeneizar la situación de todo el personal becario del Instituto Nacional de Técnica Aeroespacial «Esteban Terradas», se estima oportuno proceder a la actualización de la dotación de las ayudas económicas reguladas en la convocatoria del año 2014. Por todo ello esta Dirección General ha resuelto lo siguiente:

Primero.

Modificar el punto 9. Dotación de las becas, de la Resolución 3D0/38047/2014 de 10 de junio, del Instituto Nacional de Técnica Aeroespacial «Esteban Terradas», por la que se convocan becas de formación, en el sentido de fijar el importe de las mismas en una cuantía de 1.000 euros brutos mensuales, que se abonarán por mensualidades vencidas.

Segundo.

Esta modificación tendrá efectos económicos del día primero del mes de la publicación de esta Resolución.

Contra la presente resolución, que agota la vía administrativa, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados Centrales de dicha índole, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación de la presente resolución, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 9 y 46 de la Ley 29/1988, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, o con carácter potestativo, recurso de reposición ante el Director General del INTA, en el plazo de un mes desde su publicación, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, significándose que en caso de interponer recurso de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del mismo.

Madrid, 3 de marzo de 2016.–El Director General del Instituto Nacional de Técnica Aeroespacial Esteban Terradas, Ignacio Azqueta Ortiz.

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