El Real Decreto 981/2015, de 30 de octubre, establece los títulos de Técnico Deportivo en Piragüismo de Aguas Bravas, Técnico Deportivo en Piragüismo de Aguas Tranquilas, y Técnico Deportivo en Piragüismo Recreativo Guía en Aguas Bravas, y fija su currículo básico y los requisitos de acceso. En su disposición transitoria segunda establece el procedimiento de reconocimiento de las formaciones a las que se refieren la disposición transitoria primera del Real Decreto 1363/2007, de 24 de octubre, y la disposición transitoria primera del Real Decreto 1913/1997, de 19 de diciembre, en las especialidades deportivas de aguas bravas, aguas tranquilas y piragüismo recreativo. El reconocimiento se iniciará a instancia del órgano competente en materia de deporte o, en su caso, competente en materia de formación deportiva de la comunidad autónoma.
Las formaciones de entrenadores deportivos llevadas a cabo por las federaciones deportivas y los órganos competentes de las Comunidades Autónomas, pueden obtener el reconocimiento a efectos de correspondencia con las enseñanzas deportivas de la misma modalidad o especialidad, según se establece en la Orden ECD/158/2014, de 5 de febrero, por la que se regulan los aspectos curriculares, los requisitos generales y los efectos de las actividades de formación deportiva, a los que se refiere la disposición transitoria primera del Real Decreto 1363/2007, de 24 de octubre.
La solicitud de reconocimiento se podrá formular por las Comunidades Autónomas y las Ciudades de Ceuta y Melilla cuando se haya producido la publicación del Real Decreto que establece el título de Técnico Deportivo o Técnico Deportivo Superior en la modalidad y cuenten con la autorización de la Administración deportiva competente en este ámbito.
El procedimiento para el reconocimiento de las actividades de formación deportiva realizadas conforme a la Orden ECD/3310/2002, de 16 de diciembre, sigue vigente tal y como se establece en el artículo 36 de la Orden ECD/158/2014, de 5 de febrero.
La Dirección General del Deporte del Gobierno de Aragón ha solicitado del Consejo Superior de Deportes el correspondiente reconocimiento de las formaciones deportivas de piragüismo, que previamente autorizó en la citada modalidad mediante Resolución, con el objeto de que puedan obtener los efectos académicos ya señalados.
Por ello, una vez efectuada la instrucción del procedimiento conforme a lo previsto en el apartado Decimoquinto de la Orden de 30 de julio de 1999, y en virtud de las competencias que se atribuyen al Consejo Superior de Deportes en dicha Orden, resuelvo
Se otorga el reconocimiento al que se refiere el artículo 37.4 de la Orden ECD/158/2014, de 5 de febrero, a las actividades de formación deportiva de Monitor nacional de piragüismo de nivel I y Guía de piragüismo de recreo en aguas bravas de nivel II, llevadas a cabo conforme a lo previsto en la Disposición transitoria primera del Real Decreto 1363/2007, de 24 de octubre y autorizadas por la Dirección General del Deporte del Gobierno de Aragón e impartidas por la federación aragonesa de piragüismo y por la real federación española de piragüismo que se detallan en el Anexo de la presente Resolución, con el fin de obtener los efectos académicos y profesionales respecto de las enseñanzas deportivas de piragüismo reguladas por el Real Decreto 981/2015, de 30 de octubre.
La superación de la totalidad de la actividad de formación deportiva de Monitor nacional de piragüismo de nivel I, dará a la equivalencia profesional, y, en su caso, a los mismos efectos académicos que el certificado académico oficial de superación del ciclo inicial de grado medio en piragüismo.
La superación de la totalidad de la actividad de formación deportiva de Guía de piragüismo de recreo en aguas bravas de nivel II, dará lugar a la equivalencia profesional y, en su caso, a la homologación con el título de Técnico Deportivo en Piragüismo Recreativo Guía en Aguas Bravas.
La superación de la totalidad de las actividades formativas de Guía de piragüismo de recreo en aguas bravas de nivel II, dará lugar a la correspondencia formativa siguiente de módulos del ciclo inicial y del ciclo final de grado medio en piragüismo de las otras especialidades, siempre que se matricule en un centro que imparta las enseñanzas de grado medio de piragüismo:
Módulos del ciclo inicial:
RAE-PIPI101.
MED-C101 Bases del comportamiento deportivo.
MED-C102 Primeros auxilios.
MED-C103 Actividad física adaptada y discapacidad.
MED-C104 Organización deportiva.
MED-PIPI102 Técnica de aguas bravas.
MED-PIPI103 Técnica de aguas tranquilas.
MED-PIPI104 Técnica de kayak de mar.
MED-PIPI105 Técnica de kayak polo.
MED-PIPI106 Organización de eventos de iniciación en piragüismo.
MED-PIPI107 Formación práctica.
Módulos del ciclo final:
MED-C201 Bases del aprendizaje deportivo
MED-C202 Bases del entrenamiento deportivo.
MED-C203 Deporte adaptado y discapacidad.
MED-C204 Organización y legislación deportiva.
MED-C205 Género y Deporte.
MED-PIPI202 Escuela de piragüismo.
MED-PIPI203 Piragüismo adaptado.
MED-PIPI204 Organización de eventos en piragüismo.
A los efectos de equiparación con las enseñanzas deportivas de régimen especial, quedará inscrita en el Consejo Superior de Deportes la formación reconocida conforme a lo establecido en el apartado Primero de la presente Resolución, que ha dado lugar a la expedición de los correspondientes certificados y diplomas de entrenadores deportivos.
La presente Resolución pondrá fin a la vía administrativa, pudiendo ser recurrida potestativamente en reposición, en el plazo de un mes y ante el Presidente del Consejo Superior de Deportes, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, o directamente, mediante la interposición de recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados Centrales de lo Contencioso-Administrativo, conforme a lo establecido en el artículo 9.c) de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contenciosa-Administrativa, y el artículo 90.4 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la fecha de su publicación, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 46.1 de la citada Ley 29/1998.
Madrid, 23 de febrero de 2016.–El Presidente del Consejo Superior de Deportes, Miguel Cardenal Carro.
Cursos que se reconocen
Diploma de: Monitor de piragüismo, nivel I
N.º |
Autorizado por |
Lugar |
Fechas |
Código de plan |
---|---|---|---|---|
1 |
Resolución 16 de mayo de 2002. |
Zaragoza. |
13/09/02 al 20/10/02 |
PT0202PIPI0101 |
2 |
Resolución 26 de septiembre de 2006. |
Ainsa (Huesca). |
02/05/06 al 31/05/06 |
PT0206PIPI0101 |
3 |
Resolución 21 de junio de 2007. |
Ainsa (Huesca). |
01/05/07 al 31/05/07 |
PT0206PIPI0101 |
4 |
Resolución 30 de enero de 2008. |
Ainsa (Huesca). |
01/05/07 al 31/05/08 |
PT0206PIPI0101 |
5 |
Resolución 23 de marzo de 2009. |
Ainsa (Huesca). |
01/05/09 al 31/05/09 |
PT0206PIPI0101 |
6 |
Resolución 1 de septiembre de 2009. |
Zaragoza. |
05/09/09 al 18/10/09 |
PT0206PIPI0101 |
7 |
Resolución 30 de abril de 2010. |
Ainsa (Huesca). |
04/05/10 al 01/06/10 |
PT0206PIPI0101 |
8 |
Resolución 30 de agosto de 2010. |
Murillo de Gállego (Huesca). |
10/09/10 al 12/10/10 |
PT0206PIPI0101 |
9 |
Resolución 17 de mayo de 2011. |
Ainsa (Huesca). |
03/05/11 al 01/06/11 |
PT0206PIPI0101 |
10 |
Resolución 30 de abril de 2012. |
Ainsa (Huesca). |
01/05/12 al 31/05/12 |
PT0212PIPI0101 |
11 |
Resolución 27 de marzo de 2013. |
Ainsa (Huesca). |
06/04/13 al 15/07/13 |
PT0212PIPI0101 |
12 |
Resolución 22 de abril de 2013. |
Ainsa (Huesca). |
01/05/13 al 02/07/13 |
PT0212PIPI0101 |
13 |
Resolución 18 de marzo de 2014. |
Ainsa (Huesca). |
26/05/14 al 08/08/14 |
PT0212PIPI0101 |
Total de cursos reconocidos: 13.
Diploma de: Guía piragüismo de recreo en aguas bravas, nivel II
N.º |
Autorizado por |
Lugar |
Fechas |
Código de plan |
---|---|---|---|---|
1 |
Resolución 08 de marzo de 2002. |
Murillo de Gállego (Huesca). |
09/03/02 al 26/03/02 |
PT0202PIGR0201 |
2 |
Resolución 15 de septiembre de 2008. |
Murillo de Gállego (Huesca). |
08/09/08 al 10/10/08 |
PT0208PIGR0201 |
3 |
Resolución 15 de marzo de 2011. |
Ainsa (Huesca). |
24/03/11 al 06/05/11 |
PT0208PIGR0201 |
Total de cursos reconocidos: 3.
Planes que se reconocen
Código de plan: PT0202PIPI0101
Requisitos de acceso: Título de Graduado en ESO o equivalente a efectos académicos. 16 años. Prueba de acceso.
|
|
Horas |
---|---|---|
Bloque común. |
Fundamentos biológicos |
25 |
Comportamiento y aprendizaje |
20 |
|
Teoría y práctica del entrenamiento |
10 |
|
Organización y legislación del deporte |
5 |
|
Total bloque común |
60 |
|
Bloque específico. |
Construcción |
4 |
Técnica de aguas tranquilas |
7 |
|
Técnica de aguas bravas |
13 |
|
Técnica de kayak polo |
10 |
|
Técnica de kayak de mar |
7 |
|
Reglamento |
5 |
|
Piragüismo de recreo |
13 |
|
Metodología del piragüismo |
16 |
|
Seguridad e higiene |
10 |
|
Acondicionamiento físico específico |
10 |
|
Desarrollo profesional |
5 |
|
Total bloque específico |
100 |
|
Periodo de prácticas |
200 |
Carga lectiva total: 360 horas.
Código de plan: PT0206PIPI0101
Requisitos de acceso: Título de Graduado en ESO o equivalente a efectos académicos. 16 años. Iniciador al piragüismo.
|
|
Horas |
---|---|---|
Bloque común. |
Fundamentos biológicos |
15 |
Comportamiento y aprendizaje |
10 |
|
Teoría y práctica del entrenamiento |
15 |
|
Organización y legislación del deporte |
5 |
|
Total bloque común |
45 |
|
Bloque específico. |
Construcción |
5 |
Técnica de aguas tranquilas |
11 |
|
Técnica de aguas bravas |
11 |
|
Técnica de kayak polo |
11 |
|
Técnica de kayak de mar |
11 |
|
Reglamento |
6 |
|
Piragüismo de recreo |
15 |
|
Metodología del piragüismo |
15 |
|
Seguridad e higiene |
10 |
|
Desarrollo profesional |
5 |
|
Total bloque específico |
100 |
|
Periodo de prácticas |
150 |
Carga lectiva total: 295 horas.
Código de plan: PT0212PIPI0101
Requisitos de acceso: Título de Graduado en ESO o equivalente a efectos académicos. 16 años. Iniciador al piragüismo.
|
|
Horas |
---|---|---|
Bloque común. |
Bases del comportamiento deportivo |
20 |
Primeros auxilios |
30 |
|
Actividad física adaptada y discapacidad |
5 |
|
Organización deportiva |
5 |
|
Total bloque común |
60 |
|
Bloque específico. |
Generalidades, metodología y didáctica |
20 |
Técnica básica de aguas tranquilas |
10 |
|
Técnica básica de aguas bravas |
10 |
|
Técnica básica de kayak de mar |
10 |
|
Técnica básica de kayak polo |
10 |
|
Iniciación al guiado |
15 |
|
Reglamento y normativa |
5 |
|
Acondicionamiento físico específico |
5 |
|
Seguridad en la práctica del piragüismo |
10 |
|
Organización de eventos |
5 |
|
Total bloque específico |
100 |
|
Periodo de prácticas |
150 |
Carga lectiva total: 310 horas.
Código de plan: PT0202PIGR0201
Requisitos de acceso: Título de Graduado en ESO o equivalente a efectos académicos. 16 años. Monitor de piragüismo, nivel I.
|
|
Horas |
---|---|---|
Bloque común. |
Fundamentos biológicos |
50 |
Comportamiento y aprendizaje |
40 |
|
Teoría y práctica del entrenamiento |
40 |
|
Organización y legislación del deporte |
10 |
|
Total bloque común |
140 |
|
Bloque específico. |
Seguridad y rescate en río |
22 |
Lectura de río |
16 |
|
Construcción y mantenimiento |
4 |
|
Elección de recorridos |
8 |
|
Legislación en cauces de agua |
5 |
|
Animación en grupos |
9 |
|
Primeros auxilios específicos |
12 |
|
Educación medioambiental aplicada |
13 |
|
Técnica de hidrotrineo |
22 |
|
Técnica de navegación en balsa |
22 |
|
Desarrollo profesional |
10 |
|
Total bloque específico |
143 |
|
Periodo de prácticas |
200 |
Carga lectiva total: 483 horas.
Código de plan: PT0208PIGR0201
Requisitos de acceso: Título de Graduado en ESO o equivalente a efectos académicos. 18 años. Monitor de piragüismo, nivel I.
|
|
Horas |
---|---|---|
Bloque común. |
Fundamentos biológicos |
25 |
Comportamiento y aprendizaje |
15 |
|
Teoría y práctica del entrenamiento |
25 |
|
Organización y legislación del deporte |
5 |
|
Total bloque común |
70 |
|
Bloque específico. |
Técnica básica de hidrotrineo |
30 |
Técnica básica de balsa |
30 |
|
Legislación |
5 |
|
Construcción |
20 |
|
Técnicas de control y auxilio |
30 |
|
Metodología y didáctica del piragüismo |
13 |
|
Seguridad e higiene en el deporte |
12 |
|
Entrenamiento específico |
20 |
|
Educación medioambiental |
10 |
|
Metodología de la expedición |
25 |
|
Animación de grupos |
15 |
|
Primeros auxilios |
12 |
|
Desarrollo profesional |
10 |
|
Total bloque específico |
232 |
|
Periodo de prácticas |
200 |
Carga lectiva total: 502 horas.
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Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid