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Documento BOE-A-2016-162

Resolución de 15 de diciembre de 2015, de la Universidad de Huelva, por la que se convoca concurso de acceso a plazas de cuerpos docentes universitarios.

Publicado en:
«BOE» núm. 6, de 7 de enero de 2016, páginas 960 a 970 (11 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Universidades
Referencia:
BOE-A-2016-162

TEXTO ORIGINAL

De conformidad con lo dispuesto en la Ley Orgánica 4/2007, de 12 de abril, por la que se modifica la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, el Real Decreto 1313/2007, de 5 de octubre, por el que se regula el régimen de los concursos de acceso a Cuerpos Docentes Universitarios, los Estatutos de la Universidad de Huelva y la Normativa para la Regulación del Régimen de los concursos de acceso a cuerpos docentes universitarios de la Universidad de Huelva, de 25 de febrero de 2008,

Atendiendo a la tasa de reposición de efectivos fijada en un máximo del 50 % por el artículo 21.Uno.2.J de la Ley 36/2014, de 26 de diciembre de Presupuestos Generales del Estado para el año 2015 («BOE» del 30) y a lo dispuesto en el artículo 12.1 de la Ley 6/2014 de 30 de diciembre, del presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2015 («BOJA» del 31) y una vez obtenida la autorización según Orden de 3 de noviembre de 2015, de la Consejería de Economía y Conocimiento, en los términos establecidos por la legislación vigente, según lo dispuesto en el Decreto 54/2013, para la convocatoria de tres plazas de los cuerpos docentes universitarios, como ejecución de la tasa de reposición del Personal Docente e Investigador de la Universidad de Huelva correspondiente al año 2015,

Este Rectorado, de acuerdo con la Oferta de Empleo Público de Personal Docente e Investigador para el año 2015, de la Universidad de Huelva, publicada en el «Boletín Oficial de la Junta de Andalucía» de 30 de septiembre de 2015, y corrección publicada en el de 9 de octubre de 2015, ha resuelto convocar a concurso de acceso las plazas de cuerpos docentes universitarios que se relacionan en el anexo I de la presente Resolución, de acuerdo con las siguientes bases:

1. Legislación.

Dichos concursos se regirán por lo dispuesto en la Ley Orgánica 4/2007, de 12 de abril, por la que se modifica la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, el Real Decreto 1313/2007, de 5 de octubre, por el que se regula el régimen de los concursos de acceso a cuerpos docentes universitarios, los Estatutos de la Universidad de Huelva y la Normativa para la Regulación del Régimen de los concursos de acceso a Cuerpos Docentes Universitarios de la Universidad de Huelva, de 25 de febrero de 2008, y en lo no previsto se regirá por la Legislación General de Funcionarios Civiles del Estado, así como por la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, modificada por la Ley 4/1999 («BOE» de 14 de enero), de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

2. Requisitos de los concursantes.

2.1 Para ser admitido a los citados concursos se requieren los siguientes requisitos generales:

2.1.1 Ser español o nacional de un Estado miembro de la Unión Europea o nacional de aquellos Estados a los que, en virtud de tratados internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de trabajadores, en los términos en que ésta esté definida en el Tratado Constitutivo de la Unión Europea.

2.1.2 Tener cumplidos 16 años y no haber superado los setenta años de edad.

2.1.3 No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de la Administración del Estado o de la administración autónoma, institucional o local, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de las funciones públicas. En el caso de nacional de los demás Estados miembros de la Unión Europea o nacional de aquellos Estados a los que, en virtud de tratados internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de trabajadores en los términos en que ésta se halle definida en el Tratado Constitutivo de la Unión Europea, no estar sometido a sanción disciplinaria o condena penal que impida, en su Estado, el acceso a la función pública.

2.1.4 No padecer enfermedad ni defecto físico o psíquico que impida el desempeño de las funciones correspondientes a Profesor de Universidad.

2.2 Además los concursantes deberán cumplir el requisito de estar acreditado para el cuerpo de la plaza convocada (anexo I) o ser funcionario del correspondiente cuerpo o de cuerpos docentes universitarios de iguales o superiores categorías. Asimismo, podrán presentarse al concurso quienes resultaran habilitados o habilitadas conforme a lo establecido en el Real Decreto 774/2002, de 26 de julio, por el que se regulaba el sistema de habilitación nacional para el acceso a Cuerpos de Funcionarios Docentes Universitarios y el régimen de los concursos de acceso respectivos.

2.3 Todos los requisitos enumerados en la base 2.1 y 2.2 deberán poseerse al día de la finalización del plazo de presentación de solicitudes.

3. Solicitudes.

Quienes deseen tomar parte en los concursos de acceso remitirán la correspondiente solicitud al Sr. Rector Magfco. de la Universidad de Huelva, calle Doctor Cantero Cuadrado, 21071, Huelva, por cualquiera de los procedimientos establecidos en la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en el plazo de 20 días naturales, a partir del día siguiente al de la publicación oficial de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado», mediante instancia debidamente cumplimentada, según el modelo incluido como anexo II.

Se acompañará a esta solicitud los siguientes documentos que acrediten que reúnen los requisitos para participar en el concurso de acceso, compulsados por los órganos administrativos que hubieran emitido los originales o bien los responsables del Registro General del órgano que haya de tramitarlos (arts. 22 y 23 del Decreto 204/1995, de 29 de agosto, «BOJA» de 26 de octubre):

a) Fotocopia del documento nacional de identidad, pasaporte o tarjeta de identidad.

b) Fotocopia de las certificaciones que acrediten el cumplimiento de los requisitos específicos señalados en la base 2.2 para participar en el concurso de acceso.

Los aspirantes deberán abonar a la Universidad de Huelva, la cantidad de 35 euros en concepto de derechos de examen. El ingreso deberá efectuarse en cualquier sucursal del Banco de Santander en la cuenta con IBAN número ES49 0049 4960 4423 1610 8758 haciéndose constar los siguientes datos: nombre y apellidos del interesado, DNI/NIF/Pasaporte y número de orden de la plaza a la que concursa.

A la instancia-currículum deberá adjuntarse el justificante acreditativo original del pago de los derechos. La falta de pago de estos derechos durante el plazo de presentación de instancias no es subsanable y determinará la exclusión del aspirante. En ningún caso la realización del ingreso supondrá sustitución del trámite de presentación en tiempo y forma de la solicitud.

4. Admisión de aspirantes.

Dentro de los 10 días hábiles siguientes a la finalización del plazo de presentación de solicitudes, el Sr. Rector Magfco. de la Universidad de Huelva dictará resolución por la que se declarará aprobada la relación provisional de aspirantes admitidos y excluidos del concurso, publicándose en el tablón de anuncios del Área de Planificación Docente del Vicerrectorado de Ordenación Académica y Profesorado, sita en la primera planta del edificio anexo al Rectorado, y en la página web de la Universidad de Huelva, con indicación del motivo de la exclusión, en su caso, y advirtiendo que de no subsanarlo en el plazo improrrogable de 10 días naturales se le declarará decaído en su derecho. Asimismo, esta resolución se notificará a todos los interesados.

Finalizado el plazo de subsanaciones, y una vez resueltas éstas si las hubiere, el Sr. Rector dictará Resolución por la que se eleva a definitiva la lista de aspirantes admitidos y excluidos, a la que se dará publicidad de la forma prevista anteriormente, comunicándose al Presidente de la Comisión encargada del concurso de acceso.

Contra la resolución que finalmente recaiga se podrá interponer recurso en los términos previstos en los artículos 107 y siguientes de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, modificada por la Ley 4/1999 (BOE de 14/01/1999), de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

5. Comisiones.

5.1 La composición de las Comisiones es la que figura en el anexo I de esta convocatoria. Los currículos de los miembros de la Comisiones pueden ser consultados en la página web «http://www.uhu.es/planificacion_personal_docente»

5.2 La constitución de las mismas, la ausencia de alguno de sus miembros, la adopción de acuerdos y las asistencias e indemnizaciones, se regularán de acuerdo con lo establecido en la Normativa para la Regulación del Régimen de los concursos de acceso a Cuerpos Docentes Universitarios de la Universidad de Huelva, de 25 de febrero de 2008.

5.3 Las Comisiones deberán constituirse dentro del plazo máximo de dos meses desde la publicación de la lista definitiva de aspirantes admitidos y excluidos, por lo que cada Presidente, previa consulta a los restantes miembros de las mismas, dictará una resolución que deberá ser notificada a todos los interesados con una antelación mínima de 15 días naturales, respecto de la fecha del acto para el que se les cita, convocando a:

a) Todos los miembros titulares de la Comisión y, en su caso, a los suplentes necesarios para efectuar el acto de constitución de la misma. En la notificación se indicará el día, hora, y lugar previstos para el acto de constitución.

b) Todos los aspirantes admitidos a participar en el concurso, para realizar el acto de presentación de los concursantes, con señalamiento del día, hora y lugar de celebración de dicho acto; a estos efectos, el plazo entre la fecha prevista para el acto de constitución de la Comisión y la fecha señalada para el acto de presentación no podrá exceder de un día hábil.

5.4 En el acto de constitución, la Comisión procederá a fijar y hacer públicos los criterios para la adjudicación de las plazas.

En el mismo acto el Presidente de la Comisión hará público el plazo fijado por aquella para que cualquier concursante pueda examinar la documentación presentada por los restantes concursantes con anterioridad al inicio de la prueba.

La publicidad de las actuaciones de la Comisión tendrá lugar en el tablón de anuncios del lugar donde se realiza el acto.

6. Documentación a presentar por los concursantes.

6.1 Para plazas del cuerpo de Catedráticos de Universidad.

6.1.1 En el acto de presentación los concursantes entregarán al Presidente de la Comisión currículum vitae, por quintuplicado, y un ejemplar de las publicaciones y documentos acreditativos de lo consignado en el mismo.

6.1.2 Al hacerse público el resultado favorable de la primera prueba, el concursante entregará al Presidente de la Comisión un resumen o guión escrito, por quintuplicado, del trabajo original de investigación realizado solo o en equipo, que se expondrá en la segunda prueba.

6.2 Para plazas del cuerpo de Profesores Titulares de Universidad.

6.2.1 En el acto de presentación los concursantes entregarán al Presidente de la Comisión la siguiente documentación:

a) Currículum vitae, por quintuplicado, y un ejemplar de las publicaciones y documentos acreditativos de lo consignado en el mismo.

b) Proyecto Docente e Investigador, por quintuplicado, que el concursante se propone desarrollar de serle adjudicada la plaza a la que concursa; dicho proyecto se ajustará a las especificaciones establecidas por la Universidad en la convocatoria.

6.2.2 Antes del comienzo de la tercera prueba, cada concursante entregará al Presidente de la Comisión un resumen o guión escrito, por quintuplicado, del trabajo de investigación, que se expondrá en dicha prueba.

En ambos casos, los documentos anteriores permanecerán depositados durante un plazo de dos meses desde la fecha de la propuesta de la Comisión, salvo que se interponga algún recurso, en cuyo caso el depósito continuará hasta que haya resolución firme. Transcurridos seis meses adicionales sin que el interesado hubiera retirado dicha documentación, la Universidad podrá disponer su destrucción.

7. Acto de presentación.

En el acto de presentación, que será público, los concursantes entregarán al Presidente de la Comisión los documentos especificados en el apartado anterior y recibirán cuantas instrucciones sobre la celebración de las pruebas deban comunicárseles. Asimismo, se determinará mediante sorteo, el orden de actuación de los concursantes y se fijará el lugar, fecha y hora del comienzo de las pruebas.

Las pruebas comenzarán dentro del plazo de 15 días naturales, a contar desde el día del acto de presentación.

Los concursantes o la Universidad de Huelva podrán solicitar de los entes públicos y privados en los que aquellos presten, o hayan prestado sus servicios, la emisión de un informe individualizado sobre la actividad desarrollada por los concursantes y su rendimiento, el cual será remitido directamente a la Comisión. Asimismo, la Universidad de Huelva, a instancias de la Comisión y por unanimidad de sus miembros, podrá recabar informes de especialistas sobre los méritos alegados por los concursantes.

Respecto a los informes solicitados por los concursantes, la Comisión los valorará únicamente en el caso de que consten en su poder antes del comienzo de la prueba. En cualquier caso, los informes no tendrán carácter vinculante y se adjuntarán al acta del concurso.

8. Desarrollo y valoración de las pruebas. El procedimiento será público y consistirá en dos pruebas para Catedráticos de Universidad y tres para Profesores Titulares de Universidad.

8.1 Para plazas del cuerpo de Catedráticos de Universidad.

8.1.1 La primera prueba consistirá, en general, en la exposición oral de los méritos e historial académico, docente e investigador y, en su caso, asistencial-sanitario, alegados. La prueba deberá realizarse durante un tiempo máximo de noventa minutos para cada concursante. Seguidamente, la Comisión debatirá con el concursante sobre sus méritos, historial académico e investigador durante un tiempo máximo de dos horas.

Finalizada la prueba, cada miembro de la Comisión entregará al Presidente un informe razonado, ajustado, en todo caso, a los criterios previamente establecidos por la Comisión, valorando los méritos e historial académico, docente e investigador, y en su caso asistencial-sanitario.

A la vista de los informes, la Comisión procederá a una votación, no siendo posible la abstención, para determinar el paso de los concursantes a las pruebas sucesivas. No pasarán a la siguiente prueba los concursantes que no obtengan, al menos, tres votos favorables.

8.1.2 La segunda prueba consistirá en la exposición oral por el concursante, durante un tiempo máximo de 90 minutos, de un trabajo original de investigación realizado por el concursante, solo o en equipo. Seguidamente, la Comisión debatirá con el concursante todos aquellos aspectos que estime relevantes en relación con el referido trabajo, durante un tiempo máximo de dos horas.

Finalizada la prueba, cada miembro de la Comisión entregará al Presidente un informe razonado valorando los contenidos y la metodología expuestos por cada uno de los concursantes. A la vista de los dos informes, la Comisión procederá a la votación, sin que sea posible la abstención.

8.2 Para plazas del cuerpo de Profesores Titulares de Universidad.

8.2.1 La primera prueba consistirá, en general, en la exposición oral de los méritos e historial académico, docente e investigador y, en su caso, asistencial-sanitario, alegados, junto con la defensa del proyecto docente e investigador presentado por el concursante. La prueba deberá realizarse durante un tiempo máximo de noventa minutos para cada concursante. Seguidamente, la Comisión debatirá con el concursante sobre sus méritos, historial académico e investigador, y sobre el proyecto docente e investigador, durante un tiempo máximo de dos horas.

Finalizada la prueba, cada miembro de la Comisión entregará al Presidente un informe razonado, ajustado, en todo caso, a los criterios previamente establecidos por la Comisión, valorando los méritos e historial académico, docente e investigador, y en su caso asistencial-sanitario, así como el proyecto docente e investigador, alegado y defendido por cada concursante.

A la vista de los informes, la Comisión procederá a una votación, no siendo posible la abstención, para determinar el paso de los concursantes a las pruebas sucesivas. No pasarán a la siguiente prueba los concursantes que no obtengan, al menos, tres votos favorables.

8.2.2 La segunda prueba consistirá en la exposición oral de un tema del programa presentado por el concursante, elegido por éste, durante un tiempo máximo de una hora. Seguidamente, la Comisión debatirá con el concursante acerca de los contenidos expuestos, la metodología a utilizar y todos aquellos aspectos que estime relevantes en relación con el tema, durante un tiempo máximo de dos horas. Finalizada la prueba, cada miembro de la Comisión entregará al Presidente un informe razonado valorando los contenidos y metodología expuestos por cada uno de los concursantes. A la vista de los informes, la Comisión procederá a una votación, sin que sea posible la abstención, para determinar el paso a la tercera prueba. No pasarán a la siguiente prueba los concursantes que no obtengan, al menos, tres votos favorables.

8.2.3 La tercera prueba consistirá en la exposición oral por el concursante, durante un tiempo máximo de 60 minutos, de un trabajo original de investigación realizado por éste, solo o en equipo. Seguidamente, la Comisión debatirá con el concursante todos aquellos aspectos que estime relevantes en relación con el referido trabajo, durante un tiempo máximo de dos horas. Finalizada la prueba, cada miembro de la Comisión entregará al Presidente un informe razonado valorando los contenidos y metodología expuestos por cada uno de los concursantes.

A la vista de los tres informes, la Comisión procederá a la votación, sin que sea posible la abstención.

9. Propuesta de la Comisión.

9.1 Una vez celebrado el concurso, la Comisión hará público el resultado de la evaluación de cada concursante, desglosada por cada uno de los aspectos evaluados.

9.2 La Comisión propondrá al Rector, motivadamente y con carácter vinculante, una relación de todos los concursantes por orden de preferencia para su nombramiento y sin que se pueda exceder en la propuesta el número de plazas convocadas a concurso.

9.3 El Rector procederá a los nombramientos conforme a la propuesta realizada, ordenará su inscripción en el correspondiente registro de personal y su publicación en el «Boletín Oficial del Estado» y en el «Boletín Oficial de la Junta de Andalucía», así como su comunicación al Consejo de Universidades.

9.4 En el plazo máximo de veinte días, a contar desde el día siguiente de la publicación del nombramiento, el concursante propuesto deberá tomar posesión de su plaza, momento en el que adquirirá la condición de funcionario o funcionaria del cuerpo docente universitario de que se trate, con los derechos y deberes que le son propios.

9.5 La plaza obtenida tras el concurso de acceso deberá desempeñarse durante dos años, al menos, antes de poder participar en un nuevo concurso para obtener una plaza en otra Universidad.

9.6 Contra la propuesta de la Comisión los concursantes podrán presentar reclamación ante el Rector, en el plazo máximo de 10 días hábiles, que será valorada por la Comisión de Reclamaciones a que se refiere el artículo 7 de la Normativa para la Regulación del Régimen de los concursos de acceso a cuerpos docentes universitarios de la Universidad de Huelva y el art. 10 del Real Decreto 1313/2007, de 5 de octubre.

Admitida a trámite la reclamación se suspenderán los nombramientos hasta su resolución definitiva.

10. Nombramientos.

Los concursantes propuestos para la provisión de las plazas deberán presentar en el Registro General de la Universidad de Huelva en el plazo de 20 días siguientes al de concluir la actuación de la Comisión, por cualquiera de los medios señalados en el artículo 38.4 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, los documentos que acrediten reunir los requisitos establecidos en el artículo 4 del Real Decreto 1313/2007, así como:

a) Fotocopia compulsada según lo previsto en los artículos 22 y 23 del Decreto 204/1995, de 29 de agosto («BOJA» de 26 de octubre), del documento nacional de identidad o documento equivalente, de ser su nacionalidad distinta de la española.

b) Certificado médico oficial de no padecer enfermedad ni defecto físico o psíquico que le incapacite para el desempeño de las funciones correspondientes a Profesor de Universidad.

c) Declaración jurada de no haber sido separado de la Administración del Estado, Institucional o Local, ni de las Administraciones de las Comunidades Autónomas, en virtud de expediente disciplinario, y de no hallarse inhabilitado para el ejercicio de la función pública. En el caso de nacional de los demás Estados miembros de la Unión Europea o nacional de aquellos Estados a los que, en virtud de tratados internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España sea de aplicación la libre circulación de trabajadores en los términos en que ésta se halla definida en el Tratado constitutivo de la Unión Europea, declaración jurada de no estar sometido a sanción disciplinaria o condena penal que impida, en su Estado, el acceso a la función pública.

Los que tuvieran la condición de funcionarios públicos de carrera estarán exentos de justificar tales documentos y requisitos, debiendo presentar certificación acreditativa, del Ministerio u organismo del que dependan, de su condición de funcionarios y de cuantas circunstancias consten en su hoja de servicios.

Contra la presente Resolución rectoral, los interesados podrán interponer recurso Contencioso Administrativo en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente al de su publicación, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo, de conformidad con el artículo 8.3 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa («BOE» del 14), sin perjuicio de que alternativamente se pueda presentar recurso de reposición contra esta Resolución, en el plazo de un mes, ante el mismo órgano que la dicta, en cuyo caso no cabrá interponer el recurso contencioso-administrativo anteriormente citado en tanto recaiga resolución expresa o presunta del recurso de reposición, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 116 y siguientes de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Huelva, 15 de diciembre de 2015.–El Rector, Francisco Ruiz Muñoz.

ANEXO I
Catedráticos de Universidad

Clase de convocatoria: Concurso de acceso

Plaza número: 1

Departamento: Filologías Integradas.

Área de conocimiento: Filología Griega.

Actividad a realizar:

Perfil docente: Impartir docencia de la asignatura «Griego» y otras asignaturas adscritas al área de conocimiento.

Perfil investigador: Retórica Griega.

Número de plazas: Una.

Comisión titular:

Presidenta: Doña Emilia de los Reyes Ruiz Yamuza, Catedrática de Universidad de la Universidad de Sevilla.

Secretario: Don Miguel Ángel Márquez Guerrero, Catedrático de Universidad de la Universidad de Huelva.

Vocal primero: Doña Consuelo Ruiz Montero, Catedrática de Universidad de la Universidad de Murcia.

Vocal segundo: Don Manuel Sanz Morales, Catedrático de Universidad de la Universidad de Extremadura.

Vocal Tercero: Don Fernando García Romero, Catedrático de Universidad de la Universidad Complutense de Madrid.

Comisión suplente:

Presidente: Don Emilio Crespo Güemes, Catedrático de Universidad de la Universidad Autónoma de Madrid.

Secretario: Don Luis Gómez Canseco, Catedrático de Universidad de la Universidad de Huelva.

Vocal primero: Doña Inés Calero Secall, Catedrática de Universidad de la Universidad de Málaga.

Vocal segundo: Doña Francisca Pordomingo Pardo, Catedrática de Universidad de la Universidad de Salamanca.

Vocal tercero: Doña Trinidad Arcos Pereira, Catedrática de Universidad de la Universidad de Las Palmas de Gran Canaria.

Profesores Titulares de Universidad

Clase de convocatoria: Concurso de acceso

Plaza número: 2

Departamento: Economía.

Área de conocimiento: Economía Aplicada.

Actividad a realizar:

Perfil docente: Impartir asignaturas de análisis económico propias del área de Economía Aplicada.

Perfil investigador: Economía del emprendimiento.

Número de plazas: Una.

Comisión titular:

Presidente: Don José M.ª O´kean Alonso, Catedrático de Universidad de la Universidad Pablo de Olavide de Sevilla.

Secretario: Don Emilio Congregado Ramírez de Aguilera, Profesor Titular de Universidad de la Universidad de Huelva.

Vocal primero: Doña Amparo Sanchís Llopis, Profesora Titular de Universidad de la Universidad de Valencia.

Vocal segundo: Don Juan Sanchís Llopis, Profesor Titular de Universidad de la Universidad de Valencia.

Vocal tercero: Don Juan Máñez Castillejo, Profesor Titular de Universidad de la Universidad de Valencia.

Comisión suplente:

Presidente: Don Agustí Segarra Blasco, Catedrático de Universidad de la Universidad Rovira i Virgili de Tarragona.

Secretario: Don Juan Carlos Roca Pulido, Profesor Titular de Universidad de la Universidad de Huelva.

Vocal primero: Doña Inés Amelia Herrero Chacón, Profesora Titular de Universidad de la Universidad Pablo de Olavide de Sevilla.

Vocal segundo: Doña M.ª Engracia Rochina Barrachina, Profesora Titular de Universidad de la Universidad de Valencia.

Vocal tercero: Don José M.ª Arranz Muñoz, Profesor Titular de Universidad de la Universidad de Alcalá de Henares.

Plaza número: 3

Departamento: Economía.

Área de conocimiento: Economía Aplicada.

Actividad a realizar:

Perfil docente: Impartir asignaturas de análisis económico propias del área de Economía Aplicada.

Perfil investigador: Ciclos económicos.

Número de plazas: Una.

Comisión titular:

Presidente: Don Vicente Esteve García, Catedrático de Universidad de la Universidad de Valencia.

Secretario: Don Emilio Congregado Ramírez de Aguilera, Profesor Titular de Universidad de la Universidad de Huelva.

Vocal primero: Doña Inés Amelia Herrero Chacón, Profesora Titular de Universidad de la Universidad Pablo de Olavide de Sevilla.

Vocal segundo: Don Juan Sanchís Llopis, Profesor Titular de Universidad de la Universidad de Valencia.

Vocal tercero: Doña M.ª Engracia Rochina Barrachina, Profesora Titular de Universidad de la Universidad de Valencia.

Comisión suplente:

Presidente: Don José M.ª O´kean Alonso, Catedrático de Universidad de la Universidad Pablo de Olavide de Sevilla.

Secretario: Don Juan Carlos Roca Pulido, Profesor Titular de Universidad de la Universidad de Huelva.

Vocal primero: Don Tomás Escobar Rodríguez, Profesor Titular de Universidad de la Universidad de Huelva.

Vocal segundo: Don Juan Máñez Castillejo, Profesor Titular de Universidad de la Universidad de Valencia.

Vocal tercero: Doña Amparo Sanchís Llopis, Profesora Titular de Universidad de la Universidad de Valencia.

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