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Documento BOE-A-2016-12609

Sentencia de 2 de noviembre de 2016, de la Sala Tercera del Tribunal Supremo, que estima el recurso interpuesto contra la Orden IET/2444/2014, de 19 de diciembre, por la que se determinan los peajes de acceso de energía eléctrica para 2015, y declara la nulidad de su artículo 3.2 y del anexo II en relación con la determinación aplicativa del coeficiente "alfa", reconociendo el derecho de las empresas distribuidoras de menos de 100.000 clientes a percibir la retribución que corresponda.

Publicado en:
«BOE» núm. 316, de 31 de diciembre de 2016, páginas 92150 a 92150 (1 pág.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Tribunal Supremo
Referencia:
BOE-A-2016-12609

TEXTO ORIGINAL

En el recurso contencioso-administrativo número 1/77/2015, promovido por Asociación de Distribuidores de Energía Eléctrica (CIDE) contra la Orden IET/2444/2014, de 19 de diciembre, por la que se determinan los peajes de acceso de energía eléctrica para 2015, la Sala Tercera (Sección Tercera) del Tribunal Supremo ha dictado sentencia con fecha 2 de noviembre de 2016 cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

FALLO

Por todo lo expuesto, en nombre del Rey y por la autoridad que le confiere la Constitución, esta Sala ha decidido:

Primero

Estimar el recurso contencioso-administrativo interpuesto por CIDE Asociación de Distribuidores de Energía Eléctrica contra la Orden del Ministerio de Industria, Energía y Turismo IET/2444/2014, de 19 de diciembre, por la que se determinan los peajes de acceso de energía eléctrica para 2015, declarando la nulidad del artículo 3.2 y del Anexo II de la citada Orden ministerial en relación con la determinación aplicativa del coeficiente «α», reconociendo el derecho de las empresas distribuidoras de menos de 100.000 clientes a percibir la retribución que corresponda, en los términos fundamentados.

Segundo

Efectuar expresa imposición de las costas procesales causadas en el presente recurso contencioso-administrativo a la parte demandada, en los términos fundamentados respecto de la determinación del límite máximo de su cuantía.

Tercero

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 72.2 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, se ordena la publicación del fallo de esta sentencia en el Boletín Oficial del Estado.

Notifíquese esta resolución a las partes publicación del fallo de esta sentencia en el Boletín Oficial de e insértese en la colección legislativa.

Así se acuerda y firma.–Pedro José Yagüe Gil.–Eduardo Espín Templado.–José Manuel Bandrés Sánchez-Cruzat.–Eduardo Calvo Rojas.–María Isabel Perelló Doménech.–José María del Riego Valledor.–Diego Córdoba Castroverde.–Angel Ramón Arozamena Lazo.–Firmado.

ANÁLISIS

  • Rango: Sentencia
  • Fecha de disposición: 02/11/2016
  • Fecha de publicación: 31/12/2016
Referencias anteriores
  • DECLARA en los términos fundamentados la nulidad del art. 3.2 y el anexo II de la Orden IET/2444/2014, de 19 de diciembre (Ref. BOE-A-2014-13475).
Materias
  • Distribución de energía
  • Empresas
  • Energía eléctrica
  • Precios
  • Tarifas
  • Transporte de energía
  • Tribunal Supremo

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