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Documento BOE-A-2016-11721

Resolución de 7 de junio de 2016, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se renueva la certificación de una familia de captadores solares, fabricada por Sole, SA.

Publicado en:
«BOE» núm. 297, de 9 de diciembre de 2016, páginas 86119 a 86122 (4 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Industria, Energía y Turismo
Referencia:
BOE-A-2016-11721

TEXTO ORIGINAL

Recibida en la Dirección General de Política Energética y Minas la solicitud de renovación de certificación de los Captadores solares térmicos presentada por:

Titular: Solar Domestic Appliances Manufacturer (Sole SA).

Domicilio social: Lefktron & L. Agonon 13671 Atenas Grecia.

Fabricante: Sole SA.

Lugar de fabricación: Grecia.

De los captadores solares que fueron certificados con las contraseñas y la fecha de resolución que se relaciona a continuación:

Modelo

Contraseña

Fecha resolución

Aquasol A 175

NPS – 47613

26/11/2013

Aquasol A 200

NPS – 47713

26/11/2013

Aquasol A 250

NPS – 47813

26/11/2013

Aquasol A 270

NPS – 47913

26/11/2013

Conforme a los ensayos emitidos:

Laboratorio

Clave

INETI

33/DER-LECS/2008

Resultando que se ha presentado la documentación exigida por la legislación vigente que afecta al producto cuya renovación de vigencia de certificación solicita, y que el modelo cumple todas las especificaciones actualmente establecidas por la Orden IET/2366/2014, de 11 de diciembre, sobre exigencias técnicas de los paneles solares.

Esta Dirección General de Política Energética y Minas, de acuerdo con lo establecido en la referida disposición ha resuelto renovar la certificación de los citados productos, con las contraseñas de certificación:

Modelo

Contraseña

Aquasol A 175

NPS – 23416

Aquasol A 200

NPS – 23516

Aquasol A 250

NPS – 23616

Aquasol A 270

NPS – 23716

Y con fecha de caducidad dos años después de la fecha de la resolución definiendo como características técnicas del modelo o tipo certificado las que se indican a continuación.

Esta certificación se ajusta a las normas e instrucciones técnicas complementarias para la homologación de los paneles solares, actualizadas por la Orden IET/2366/2014, de 11 de diciembre. Asimismo, el producto deberá cumplir cualquier otro reglamento o disposición que le sea aplicable.

Según la disposición transitoria de la Orden IET/2366/2014, de 11 de diciembre, se otorga un periodo transitorio de cuatro años para que las certificaciones de captadores solares se realicen según las Normas UNE-EN 12.975-1 y UNE-EN 12.975-2. Transcurrido dicho plazo, 12 de diciembre de 2018, tanto para la certificación como para la renovación, se deberán presentar los informes de ensayo según las normas UNE-EN 12.975-1 e ISO 9.806, no siendo válidos por tanto a efectos de la próxima renovación a partir de la fecha indicada, los informes de ensayo que se hubieran presentado para la presente renovación y no cumpliesen las citadas Normas.

La identificación, características técnicas, especificaciones generales y datos resumen del informe del ensayo del modelo o tipo certificado son las que se indican a continuación.

El incumplimiento de cualquiera de las condiciones fundamentales en las que se basa la concesión de esta renovación de vigencia de certificación podrá dar lugar a la suspensión cautelar automática de la misma, independientemente de su posterior anulación, en su caso, y sin perjuicio de las responsabilidades legales que de ello pudieran derivarse.

Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa cabe interponer, potestativamente, el recurso de reposición ante el Secretario de Estado de Energía en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de publicación de esta resolución conforme a lo previsto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común o ser impugnado directamente ante el orden jurisdiccional contencioso-administrativo en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de la publicación de esta resolución, conforme la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.

1. Modelo con contraseña NPS – 23416

Identificación:

Fabricante: Sole SA.

Nombre comercial: Aquasol A 175.

Tipo de captador: plano.

Año de producción: 2007.

Dimensiones:

Longitud: 1.760 mm.

Ancho: 1.000 mm.

Altura: 86 mm.

Área de apertura: 1,587 m2.

Área de absorbedor: 1,567 m2.

Área total: 1,760 m2.

Especificaciones generales:

Peso: 37 kg.

Presión de funcionamiento Máx.: 600 kPa.

Fluido de transferencia de calor: agua.

2. Modelo con contraseña NPS – 23516

Identificación:

Fabricante: Sole SA.

Nombre comercial: Aquasol A 200.

Tipo de captador: plano.

Año de producción: 2007.

Dimensiones:

Longitud: 1.970 mm.

Ancho: 970 mm.

Altura: 86 mm.

Área de apertura: 1,727 m2.

Área de absorbedor: 1,710 m2.

Área total: 1,911 m2.

Especificaciones generales:

Presión de funcionamiento Máx.: 600 kPa.

Fluido de transferencia de calor: agua.

3. Modelo con contraseña NPS – 23616

Identificación:

Fabricante: Sole SA.

Nombre comercial: Aquasol A 250.

Tipo de captador: plano.

Año de producción: 2007.

Dimensiones:

Longitud: 1.970 mm.

Ancho: 1.175 mm.

Altura: 86 mm.

Área de apertura: 2,118 m2.

Área de absorbedor: 2,094 m2.

Área total: 2,201 m2.

Especificaciones generales:

Presión de funcionamiento Máx.: 600 kPa.

Fluido de transferencia de calor: agua.

4. Modelo con contraseña NPS – 23716

Identificación:

Fabricante: Sole SA.

Nombre comercial: Aquasol A 270.

Tipo de captador: plano.

Año de producción: 2007.

Dimensiones:

Longitud: 2.144 mm.

Ancho: 1.247 mm.

Altura: 85 mm.

Área de apertura: 2,46 m2.

Área de absorbedor: 2,41 m2.

Área total: 2,67 m2.

Especificaciones generales:

Peso: 54 kg.

Presión de funcionamiento Máx.: 600 kPa.

Fluido de transferencia de calor: agua.

Resultados del ensayo para el modelo de menor tamaño de la familia

Rendimiento térmico:

η0

0,726

a1

6,2

W/m2K

a2

0,020

W/m2K2

Nota: referente al área de apertura

Potencia extraída por unidad de captador (W):

Tm – Ta en K

400 W/m2

700 W/m2

1.000 W/m2

10

360

706

1052

30

138

484

831

50

0

236

582

Resultados del ensayo para el modelo de mayor tamaño de la familia

Rendimiento térmico:

η0

0,750

a1

6,2

W/m2K

a2

0,004

W/m2K2

Nota: referente al área de apertura

Potencia extraída por unidad de captador (W):

Tm – Ta en K

400 W/m2

700 W/m2

1.000 W/m2

10

583

1136

1689

30

265

818

1372

50

0

491

1044

Madrid, 7 de junio de 2016.–La Directora General de Política Energética y Minas, María Teresa Baquedano Martín.

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