Ante la Sala Tercera de lo Contencioso-administrativo, Sección 3.ª del Tribunal Supremo, Comunidad de Regantes del Guadalope de Calanda ha interpuesto recurso contencioso-administrativo núm. 4948/2016 contra Real Decreto 413/2014, de 6 de junio, por el que se regula la actividad de producción de energía eléctrica a partir de fuentes de energía renovables, cogeneración y residuos.
En consecuencia, esta Secretaría General Técnica ha resuelto emplazar a los interesados en el mismo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 49 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, para que comparezcan y se personen en autos ante la referida Sala en el plazo de nueve días, siguientes a la publicación de la presente resolución.
Madrid, 15 de noviembre de 2016.–El Secretario General Técnico de Energía, Turismo y Agenda Digital, Manuel García Hernández.
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