Ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 6.ª del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, la Asociación de Empresas Eléctricas (ASEME), ha interpuesto recurso contencioso-administrativo, núm. 745/2016, contra desestimación presunta del recurso de alzada (E-2015-00223) interpuesto contra resolución de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se establecen los criterios que deberán seguir las empresas distribuidoras de energía eléctrica para elaborar el informe de auditoría externa para todas las instalaciones puestas en servicio en el año 2014 y para la modificación de la retribución de las instalaciones existentes cuyos parámetros retributivos hubieran cambiado durante dicho año.
En consecuencia, esta Secretaría General Técnica ha resuelto emplazar a los interesados en el mismo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 49 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, para que comparezcan y se personen en autos ante la referida Sala en el plazo de nueve días, siguientes a la publicación de la presente resolución.
Madrid, 15 de noviembre de 2016.–El Secretario General Técnico de Energía, Turismo y Agenda Digital, Manuel García Hernández.
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