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Documento BOE-A-2016-10579

Resolución 420/38169/2016, de 26 de octubre, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica la Adenda de modificación y prórroga del Convenio con la Universidad Complutense de Madrid para la creación de la Cátedra Extraordinaria de Historia Militar.

Publicado en:
«BOE» núm. 275, de 14 de noviembre de 2016, páginas 79201 a 79203 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Defensa
Referencia:
BOE-A-2016-10579

TEXTO ORIGINAL

Suscrita el 22 de septiembre de 2016 la Adenda de modificación y prórroga del Convenio entre el Ministerio de Defensa y la Universidad Complutense de Madrid para la creación de la «Cátedra Extraordinaria de Historia Militar», en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicha adenda, que figura como anexo de esta resolución.

Madrid, 26 de octubre de 2016.–El Secretario General Técnico del Ministerio de Defensa, David Javier Santos Sánchez.

ANEXO
Adenda de modificación y prórroga del Convenio entre el Ministerio de Defensa y la Universidad Complutense de Madrid para la creación de la «Cátedra Extraordinaria de Historia Militar»

En Madrid, a 22 de septiembre de 2016.

REUNIDOS

De una parte, el Excmo. Sr. don José Carlos de la Fuente Chacón, Director del Instituto de Historia y Cultura Militar, nombrado por Orden 430/12968/15, de 24 de septiembre, en nombre y representación del Ministerio de Defensa, por delegación de firma del Ministro de Defensa otorgada expresamente para este acto, mediante documento de fecha 22 de septiembre de 2016.

Y de otra parte, la Excma. Sra. doña Isabel Fernández Torres, Vicerrectora de Relaciones Institucionales y Gabinete del Rector, en nombre y representación de la Universidad Complutense de Madrid, actuando por delegación del Rector según Decreto Rectoral 16/2015, de 15 de junio, de creación de los Vicerrectorados de la Universidad Complutense de Madrid, de delegación de competencias en estos y otros órganos unipersonales y de diversas cuestiones de índole organizativo.

Ambas partes, en la representación que ostentan, se reconocen

mutuamente capacidad para suscribir la presente adenda, y a tal efecto

EXPONEN

Primero.

Que con fecha 23 de noviembre de 2012 se firmó el Convenio entre el Ministerio de Defensa y la Universidad Complutense de Madrid para la creación de la «Cátedra Extraordinaria de Historia Militar».

Segundo.

Que de conformidad con su cláusula décima, la financiación por parte del Ministerio de Defensa para las anualidades posteriores será regulada mediante adenda al convenio, donde se indique la cantidad a aportar en cada ejercicio y la aplicación presupuestaria correspondiente, realizándose cada año la justificación de los gastos de la «Cátedra Extraordinaria de Historia Militar» por la Fundación General de la Universidad Complutense de Madrid (FGUCM).

Tercero.

Que en la cláusula undécima del convenio, la Universidad Complutense de Madrid (UCM) atribuye a la FGUCM la gestión de los recursos de la «Cátedra Extraordinaria de Historia Militar» provenientes del patrocinio que asume el Ministerio de Defensa, especificándose a continuación la cuenta en la que se harán efectivas las aportaciones económicas del Ministerio de Defensa.

Cuarto.

Que el artículo 15 del Reglamento de creación de cátedras extraordinarias y otras formas de colaboración entre la Universidad Complutense de Madrid y las empresas, aprobado por Acuerdo del Consejo de Gobierno de la Universidad Complutense de Madrid, de fecha 15 de diciembre de 2015, dispone que «las respectivas Gerencias y Unidades de Asuntos Económicos de las Facultades, Centros o Institutos Universitarios a los que se adscriban administrativa y económicamente las Cátedras y otras figuras de colaboración, serán las unidades administrativas de la UCM encargadas de su gestión económica» y que «la dotación aportada por la entidad colaboradora se ingresará en la cuenta recaudatoria de ingresos de la Facultad o Centro responsable de la gestión económica», siendo preciso, por tanto, efectuar la oportuna modificación del convenio.

Quinto.

Que de conformidad con su cláusula duodécima, la duración del convenio será de cuatro años, surtiendo efectos desde el día de su firma, pudiendo prorrogarse por acuerdo expreso de las partes formalizado por escrito dos meses antes de la expiración del plazo convenido.

Sexto.

Que tras haber cumplido satisfactoriamente los objetivos previstos en el citado convenio y por considerar que sería beneficioso para ambas partes continuar con dicha colaboración, el Ministerio de Defensa y la UCM manifiestan su interés en prorrogar la vigencia del convenio incorporando la aludida modificación.

Por lo expuesto, las partes acuerdan suscribir la presente adenda, que se regirá por las siguientes

CLÁUSULAS

Primera. Modificación del Convenio entre el Ministerio de Defensa y la Universidad Complutense de Madrid para la creación de la «Cátedra Extraordinaria de Historia Militar», suscrito el 23 de noviembre de 2012.

El Convenio entre el Ministerio de Defensa y la Universidad Complutense de Madrid para la creación de la «Cátedra Extraordinaria de Historia Militar», suscrito el 23 de noviembre de 2012, queda modificado como sigue:

Uno. El último párrafo de la cláusula décima queda redactado del siguiente modo:

«Cada año se realizará la justificación de los gastos de la “Cátedra Extraordinaria de Historia Militar” por la Unidad de Asuntos Económicos de la Facultad de Geografía e Historia de la UCM.»

Dos. La cláusula undécima queda redactada en los siguientes términos:

Undécima. Gestión económica.

«La UCM atribuye a la Unidad de Asuntos Económicos de la Facultad de Geografía e Historia la gestión económica de la ‘‘Cátedra Extraordinaria de Historia Militar’’.

La gestión económica se realizará de acuerdo con las orientaciones de los órganos responsables de la citada Cátedra: Director y Comisión Mixta de Seguimiento, conforme a las normas y procedimientos establecidos por la UCM y, en particular, con arreglo al Reglamento de Gestión Económica y Financiera y a las Normas de Ejecución del Presupuesto del ejercicio correspondiente.

Las aportaciones económicas del Ministerio de Defensa se harán efectivas en la cuenta Bankia UCM-Facultad de Geografía e Historia: ES89 2038 5837 91 6000618785, indicando “Cátedra Extraordinaria de Historia Militar”.»

Segunda. Prórroga.

Se prorroga por un plazo de cuatro años el periodo de vigencia del Convenio entre el Ministerio de Defensa y la Universidad Complutense de Madrid para la creación de la «Cátedra Extraordinaria de Historia Militar», suscrito el 23 de noviembre de 2012, a fin de amparar las actividades y acciones que en su marco se desarrollan.

Tercera. Entrada en vigor.

La presente adenda entrará en vigor el día de su firma.

Y en prueba de conformidad con cuanto antecede y para la debida constancia de todo lo convenido, firman la presente adenda, en dos ejemplares originales, igualmente válidos, en el lugar y fecha anteriormente indicados.–Por el Ministerio de Defensa, el Director del Instituto de Historia y Cultura Militar del Ejército de Tierra, José Carlos de la Fuente Chacón.–Por la Universidad Complutense de Madrid, la Vicerrectora de Relaciones Institucionales y Gabinete del Rector, Isabel Fernández Torres.

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