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Documento BOE-A-2016-10576

Resolución 420/38166/2016, de 26 de octubre, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio de colaboración con la Universidad del País Vasco/Euskal Herriko Unibertsitatea para la organización y desarrollo de unas jornadas sobre paz, seguridad y defensa.

Publicado en:
«BOE» núm. 275, de 14 de noviembre de 2016, páginas 79189 a 79192 (4 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Defensa
Referencia:
BOE-A-2016-10576

TEXTO ORIGINAL

Suscrito el 6 de septiembre de 2016 el Convenio de colaboración entre el Ministerio de Defensa y la Universidad del País Vasco/Euskal Herriko Unibertsitatea para la organización y el desarrollo de unas jornadas sobre paz, seguridad y defensa, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicho Convenio, que figura como anexo de esta resolución.

Madrid, 26 de octubre de 2016.–El Secretario General Técnico del Ministerio de Defensa, David Javier Santos Sánchez.

ANEXO
Convenio de colaboración entre el Ministerio de Defensa y la Universidad del País Vasco/Euskal Herriko Unibertsitatea para la organización y el desarrollo de unas jornadas sobre paz, seguridad y defensa

En Madrid, a 6 de septiembre de 2016.

REUNIDOS

De una parte, el Almirante General don Fernando García Sánchez, Jefe de Estado Mayor de la Defensa, nombrado por el Real Decreto 1903/2011, de 30 de diciembre, actuando en nombre y representación del Ministerio de Defensa, en uso de las facultades que le fueron delegadas por el titular del Ministerio de Defensa en virtud de la Orden DEF/3015/2004, de 17 de septiembre, sobre delegación de competencias en autoridades del Ministerio de Defensa en materia de convenios de colaboración.

De otra parte, don Carmelo Garitaonaindia Garnacho, Vicerrector del Campus de Bizkaia de la Universidad del País Vasco/Euskal Herriko Unibertsitatea, con domicilio en barrio Sarriena, s/n., 48940 Leioa (Bizkaia), en nombre y representación de la citada Universidad, en virtud de las atribuciones conferidas por los Estatutos de la Universidad del País Vasco/Euskal Herriko Unibertsitatea, aprobados por el Decreto 322/2003, de 23 de diciembre.

Ambas partes, en la representación que ostentan, se reconocen mutua capacidad para obligarse y convenir y

EXPONEN

Primero.

Que el artículo 31 de la Ley Orgánica 5/2005, de 17 de noviembre, de la Defensa Nacional, establece que «el Ministerio de Defensa promoverá el desarrollo de la cultura de defensa», por lo que, entre sus objetivos, está el de fomentar actividades relacionadas con la paz, seguridad y defensa.

Por su parte, el artículo 16.1 del Real Decreto 872/2014, de 10 de octubre, por el que se establece la organización básica de las Fuerzas Armadas, dispone que el Centro Superior de Estudios de la Defensa Nacional desarrolla tareas de investigación sobre temas relacionados con la Seguridad y Defensa y contribuye al fomento y difusión de la Cultura de Seguridad y Defensa.

Segundo.

Que la Universidad del País Vasco/Euskal Herriko Unibertsitatea, como responsable del servicio público de la educación superior, tiene encomendadas en virtud del artículo 1.2.a) de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, y de sus Estatutos, entre otras funciones, la creación, desarrollo, transmisión y crítica de la ciencia, de la técnica y de la cultura, el apoyo científico y técnico al desarrollo cultural, social y económico, tanto nacional como de las comunidades autónomas, y la extensión de la cultura universitaria.

Por su parte, el Área de Derecho Internacional Público y Relaciones Internacionales, perteneciente al Departamento de Derecho Internacional Público, Relaciones Internacionales e Historia del Derecho de la Universidad del País Vasco/Euskal Herriko Unibertsitatea, está desarrollando una serie de actividades científicas, tales como conferencias, seminarios, programas de investigación y otras actividades relacionadas con cuestiones de actualidad del entorno internacional, incluidas las relacionadas con la paz, seguridad y defensa en sus múltiples dimensiones y facetas.

Por lo expuesto, las partes acuerdan suscribir el presente convenio, que se regirá por las siguientes

CLÁUSULAS

Primera. Objeto.

Este Convenio tiene por objeto articular la colaboración entre el Ministerio de Defensa, a través del Centro Superior de Estudios de la Defensa Nacional (MINISDEF/CESEDEN), y la Universidad del País Vasco/Euskal Herriko Unibertsitatea (UPV/EHU), para la organización y el desarrollo de las actividades a continuación detalladas, que por parte del MINISDEF/CESEDEN serán ejecutadas por el Instituto Español de Estudios Estratégicos (IEEE) y estarán destinadas a todo el colectivo de estudiantes universitarios de grado y postgrado, expertos y académicos con el objeto principal de debatir y reflexionar acerca de esta dimensión de la seguridad internacional:

a) Una jornada en la Facultad de Ciencias Sociales y de la Comunicación del Campus de Leioa, Bizkaia, bajo el título: «La Unión Europea como actor en seguridad y defensa: la nueva Estrategia Europea de Seguridad».

b) Una jornada en la Facultad de Derecho del Campus de Donostia-San Sebastián, Guipúzcoa, bajo el título: «La política europea en materia de asilo y refugio en la encrucijada».

Segunda. Aportaciones del MINISDEF/CESEDEN.

El MINISDEF/CESEDEN, para colaborar en la realización de las jornadas objeto de este convenio, se compromete a apoyar a la UPV/EHU con la cantidad máxima de ocho mil euros (8.000 €), IVA incluido, con cargo a la aplicación presupuestaria 14.01.121M2.226.06 correspondiente al ejercicio económico 2016.

Tercera. Aportaciones de la UPV/EHU.

La UPV/EHU se compromete a facilitar los medios necesarios con las siguientes condiciones generales:

a) Organizar y desarrollar las actividades objeto de este convenio y asumir los costes generales que se generen en concepto de infraestructura, gestión administrativa, transporte, material informático, audiovisual y cualquier otro que sirva de apoyo para la realización de las jornadas.

b) Entregar al IEEE, antes del 1 de diciembre de 2016, la factura, la memoria económica y la memoria docente de las actividades objeto de este convenio.

c) Incorporar de forma visible en el material que se utilice para la difusión de las actividades objeto de este convenio el logotipo institucional del CESEDEN y del IEEE.

Conforme se establece como norma en el Manual de Identidad Corporativa de la UPV/EHU, 01 «Marca», 07 «Convivencia con otras marcas»: «las otras marcas no deben superar ni la altura máxima ni el ancho máximo de la aplicación de la Marca de la UPV/EHU, y que nunca deberán predominar sobre la Marca de la UPV/EHU».

d) Cualquier publicación (material docente, textos, actas, conferencias, trípticos informativos, carteles anunciadores, carpetas de documentación, etc.) que se realice con motivo de las actividades tendrá que contar con la previa autorización del CESEDEN y con el acuerdo de las partes en cuanto a contenido y presentación. El coste de las citadas publicaciones se cargará sobre el presupuesto de las actividades.

Cuarta. Financiación.

Por parte del MINISDEF/CESEDEN la financiación se llevará a cabo una vez realizadas las actividades, mediante ingreso en la cuenta bancaria que la UPV/EHU tiene abierta en Bilbao Bizkaia Kutxa, cuenta número 2095 0292 92 3239000001, con cargo a la aplicación presupuestaria 14.01.121M2.226.06, contra factura acompañada de la memoria económica y la memoria docente, antes del 1 diciembre de 2016. La aportación total por parte del MINISDEF/CESEDEN será por un importe máximo de ocho mil euros (8.000 €) según el siguiente desglose:

a) Para la jornada en la Facultad de Ciencias Sociales y de la Comunicación del Campus de Leioa, Bizkaia, bajo el título: «La Unión Europea como actor en seguridad y defensa: la nueva Estrategia Europea de Seguridad», la aportación del MINISDEF/CESEDEN será por un máximo de cuatro mil euros (4.000 €).

b) Para la jornada en la Facultad de Derecho del Campus de Donostia-San Sebastián, Guipúzcoa, bajo el título: «La política europea en materia de asilo y refugio en la encrucijada», la aportación del MINISDEF/CESEDEN será por un máximo de cuatro mil euros (4.000 €).

Quinta. Medidas de control y seguimiento.

Para el desarrollo y seguimiento de este convenio se constituirá una Comisión Mixta de Control y Seguimiento, en adelante Comisión Mixta, integrada por dos representantes del MINISDEF/CESEDEN, pertenecientes al IEEE, y dos de la UPV/EHU, con el fin de potenciar y evaluar las acciones derivadas del convenio, así como resolver los problemas de interpretación y cumplimiento del mismo que pudieran presentarse.

La presidencia de la Comisión Mixta se desempeñará alternativamente por las partes firmantes de este convenio, con una duración cuatrimestral, asignándose a la UPV/EHU el turno inicial de dicha presidencia.

La periodicidad de las reuniones será cuatrimestral con carácter ordinario y, con carácter extraordinario, cuando se considere necesario a criterio de la presidencia. Los acuerdos se adoptarán por consenso.

El régimen jurídico de la Comisión Mixta se ajustará a las normas sobre órganos colegiados contenidas en el título II, capítulo II, de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Sexta. Protección de datos de carácter personal.

Las partes firmantes se comprometen a tratar los datos de carácter personal a que puedan acceder durante la ejecución del convenio conforme a lo dispuesto en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, y en el resto de normas aplicables a esta materia.

Séptima. Legislación aplicable y jurisdicción competente.

Este Convenio de colaboración tiene naturaleza administrativa, no siéndole de aplicación el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, en virtud de lo dispuesto en el artículo 4.1.c) del citado texto refundido.

Con carácter general, para solventar las dudas interpretativas y lagunas que puedan plantearse, se observarán los principios establecidos en el citado texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público y en el resto del ordenamiento jurídico administrativo.

Para resolver las controversias y cuestiones litigiosas que pudieran surgir, las partes se someten al orden jurisdiccional de lo contencioso-administrativo.

Octava. Vigencia.

El presente convenio de colaboración estará en vigor desde la fecha de su firma hasta el 31 de diciembre de 2016.

Novena. Causas de resolución.

Serán causas de resolución del convenio: el mutuo acuerdo de las partes, la denuncia del convenio por alguna de las partes, que deberá efectuarse de forma expresa y fehaciente, la imposibilidad sobrevenida de cumplir el objeto del convenio o el incumplimiento de una de las partes acreditado por la otra.

En tales supuestos, las partes vendrán obligadas a comunicarse recíprocamente por escrito la acreditación de la concurrencia de la causa invocada para dar por extinguida la relación convencional con al menos un mes de antelación a la fecha de su efectividad.

Y en prueba de conformidad con cuanto antecede, firman el presente convenio en dos ejemplares originales, igualmente válidos, en el lugar y fecha anteriormente indicados.– Por el Ministerio de Defensa, el Jefe de Estado Mayor de la Defensa, Fernando García Sánchez.–Por la Universidad del País Vasco/Euskal Herrico Unibertsitatea, el Vicerrector del Campus de Bizkaia, Carmelo Garitaonaindia Garnacho.

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