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Documento BOE-A-2015-9789

Corrección de errores de la Resolución de 24 de agosto de 2015, del Servicio Público de Empleo Estatal, por la que se aprueba la convocatoria para la concesión, con cargo al ejercicio presupuestario de 2015, de subvenciones públicas para la ejecución de un programa específico de ámbito estatal de mejora de la empleabilidad, la cualificación y la inserción profesional de jóvenes inscritos en el Fichero Nacional de Garantía Juvenil.

Publicado en:
«BOE» núm. 218, de 11 de septiembre de 2015, páginas 80282 a 80282 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Empleo y Seguridad Social
Referencia:
BOE-A-2015-9789

TEXTO ORIGINAL

Advertidos errores en la Resolución de 24 de agosto de 2015, del Servicio Público de Empleo Estatal, por la que se aprueba la convocatoria para la concesión, con cargo al ejercicio presupuestario de 2015, de subvenciones públicas para la ejecución de un programa específico de ámbito estatal de mejora de la empleabilidad, la cualificación y la inserción profesional de jóvenes inscritos en el Fichero Nacional de Garantía Juvenil, publicada en el «Boletín Oficial del Estado» número 207, de 29 de agosto de 2015, se procede a efectuar las siguientes rectificaciones:

En la página 77174, en el artículo 3, apartado 2, párrafo primero, línea segunda, donde dice: «… por parte de las empresas o entidades solicitantes que hayan aportado…», debe decir: «…por parte de las empresas que hayan aportado…».

En la página 77174, en el artículo 3, apartado 2, párrafo tercero, línea primera, donde dice: «… Los participantes contratados por las empresas o entidades, en cumplimiento…», debe decir: «…Los participantes contratados por las empresas, en cumplimiento…».

En la página 77175, en el artículo 3, apartado 3, letra e), tercera línea, donde dice: «… entidades de formación acreditados por el Servicio Público de Empleo Estatal…», debe decir: «…entidades de formación acreditadas por el Servicio Público de Empleo Estatal…».

En la página 77181, en el artículo 9, apartado 1, letra b), párrafo tercero, donde dice: «Los compromisos de contratación presentados no podrán suponer en ningún caso ás de un 30 por ciento respecto de la plantilla existente en la empresa o entidad en el momento de publicación de la convocatoria. En el caso de superar dicho porcentaje, se deberá aportar fundamentación de las causas que lo justifican.», debe decir: «Los compromisos de contratación presentados no podrán suponer en ningún caso más de un 30 por ciento respecto de la plantilla existente en la empresa en el momento de publicación de la convocatoria. En el caso de superar dicho porcentaje, se deberá aportar fundamentación de las causas que lo justifican.»

En la página 77184, en el artículo 14, apartado 2, líneas cuarta y quinta, donde dice: «… criterio señalado en la letra b.5) del artículo 14. Si tuvieren la misma, aquella que tenga mayor puntuación en el criterio de la letra b.3) del citado artículo. …», debe decir: «… criterio señalado en el apartado 3.e) del artículo 13. Si tuvieren la misma, aquella que tenga mayor puntuación en el criterio del apartado 3.b) del citado artículo. …»

En la página 77186, en el artículo 16, apartado 5, línea tercera, donde dice: «… disposición transitoria, apartado c) y en el artículo 7.6 y del Real Decreto-ley…», debe decir: «…disposición transitoria primera, apartado 1.c) y en el artículo 7.6 del Real Decreto-ley…».

ANÁLISIS

  • Rango: Corrección (errores o erratas)
  • Fecha de publicación: 11/09/2015
Referencias anteriores
  • CORRECCIÓN de errores de la Resolución de 24 de agosto de 2015 (Ref. BOE-A-2015-9473).

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