Visto el expediente de indulto de doña María Paz Martín de la Hinojosa Bertuchi, condenada por el Juzgado de lo Penal número 4 de Málaga, en sentencia de 13 de febrero de 2013, como cooperadora necesaria de un delito de alzamiento de bienes, a la pena de dos años y seis meses de prisión, inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, y multa de 18 meses con una cuota diaria de quince euros, por hechos cometidos en el año 2008, en el que se han considerado los informes del Tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, estimando que, atendiendo a las circunstancias de la condenada y de acuerdo a la información que obra en el citado expediente, concurren razones de justicia y equidad, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 30 de enero de 2015,
Vengo en conmutar a doña María Paz Martín de la Hinojosa Bertuchi la pena privativa de libertad impuesta por otra de dos años de prisión, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de tres años desde la publicación del real decreto.
Dado en Madrid, el 2 de febrero de 2015.
FELIPE R.
El Ministro de Justicia,
RAFAEL CATALÁ POLO
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