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Documento BOE-A-2015-8915

Resolución de 3 de julio de 2015, de la Dirección General de Energía, Minas y Seguridad Industrial, del Departamento de Empresa y Empleo, por la que se concede la modificación adicional tercera de la aprobación CE de modelo número E-04.02.36 correspondiente al instrumento de pesaje de funcionamiento no automático, modelo C1, a favor de Antonio Antunes & Filhos, Limitada.

Publicado en:
«BOE» núm. 188, de 7 de agosto de 2015, páginas 71264 a 71265 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Comunidad Autónoma de Cataluña
Referencia:
BOE-A-2015-8915

TEXTO ORIGINAL

Vista la petición interesada por la Entidad Antonio Antunes & Filhos, Limitada (Rua Antonio Antunes Cabral, número 4, Ferreiros, 4705-106, Braga, Portugal), en solicitud de modificación adicional tercera del instrumento de pesaje de funcionamiento no automático, modelo C1, con aprobación CE de modelo número E-04.02.36, de 8 de octubre de 2004, con modificación adicional primera número E-04.02.36, de 24 de febrero de 2005, y con modificación adicional segunda número E-04.02.36, de 22 de enero de 2010, emitidas por esta Dirección General (Organismo Notificado 0315).

Visto el informe favorable emitido por LGAI Technological Center, S.A., número 15/34519302, de 19 de junio de 2015.

Esta Dirección General de Energía, Minas y Seguridad Industrial del Departamento de Empresa y Empleo de la Generalidad de Cataluña, de acuerdo con el Decreto 199/1991, de 30 de julio por el que se determinan los órganos competentes en materia de control metrológico; y la Orden de 22 de diciembre de 1994 por la que se regula el control metrológico CEE de los instrumentos de pesaje de funcionamiento no automático que incorpora al Derecho interno español la Directiva 90/384/CEE de 20 de junio de 1990, modificada por la Directiva 93/68/CEE de 22 de julio de 1993, ha resuelto:

Primero.

Autorizar a favor de la Entidad Antonio Antunes & Filhos, Limitada, la modificación adicional tercera de la aprobación CE de modelo número E-04.02.36 del instrumento de pesaje de funcionamiento no automático, modelo C1.

Segundo.

Esta modificación adicional tercera viene afectada por el cambio del plazo de validez y la actualización de la relación de dispositivos indicadores.

Tercero.

Se trata de un instrumento de pesaje de funcionamiento no automático, graduado, de equilibrio automático, monorango, monoescalón o multiescalón, con indicación digital de peso. Las características metrológicas son:

Clase de precisión media

(III)

(IIII)

--

n ≤ nmax

6000 (n1 ≤ 4875)

1000

--

Max

15 a 150000

kg

Min

20·e

g

e

Max/n

g

T ≤

≤ Max

kg

Temperatura

-10 a +40

ºC

Cuarto.

Los instrumentos correspondientes a la modificación adicional tercera a que se refiere la presente resolución deberá cumplir las características principales, condiciones de aprobación y las eventuales condiciones especiales que figuran en el certificado de modificación adicional tercera número E-04.02.36 y su anexo. El modelo se encuentra completamente descrito en la documentación técnica presentada y que se encuentra depositada en este organismo Notificado con el número de referencia 16/15.

Quinto.

La presente aprobación CE de modelo tiene validez hasta el 8 de octubre de 2024.

Sexto.

Los instrumentos de pesaje de funcionamiento no automático correspondientes a la modificación adicional tercera a que se refiere esta resolución, llevarán las inscripciones indicadas en el anexo técnico del certificado de aprobación CE de modelo de 8 de octubre de 2004.

Séptimo.

Ninguna propiedad de este instrumento, descrita o no, puede ser contraria a la legislación vigente.

Contra la presente resolución, que no finaliza la vía administrativa, se puede interponer recurso de alzada ante el secretario de Empresa y Competitividad en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente de su notificación, sin perjuicio que se pueda hacer uso de cualquier otro recurso que se considere oportuno.

Barcelona, 3 de julio de 2015.–El Director General de Energía, Minas y Seguridad Industrial, P.D. (Resolución EMO/991/2011, de 12 de abril), el Subdirector General de Seguridad Industrial, Isidre Masalles Roman.

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