Está Vd. en

Documento BOE-A-2015-8905

Orden ECD/1678/2015, de 23 de julio, por la que se conceden subvenciones para gastos de funcionamiento de fundaciones y asociaciones vinculadas con partidos políticos con representación en las Cortes Generales, que realicen actividades de estudio y desarrollo del pensamiento político, social y cultural, correspondientes a 2015.

Publicado en:
«BOE» núm. 188, de 7 de agosto de 2015, páginas 71077 a 71078 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación, Cultura y Deporte
Referencia:
BOE-A-2015-8905

TEXTO ORIGINAL

Por Orden ECD/542/2015, de 4 de marzo («Boletín Oficial del Estado» del 31), se convocaron subvenciones para gastos de funcionamiento de fundaciones y asociaciones vinculadas con partidos políticos con representación en las Cortes Generales, que realicen actividades de estudio y desarrollo del pensamiento político, social y cultural, correspondientes a 2015.

De conformidad con lo dispuesto en la citada orden de convocatoria, la Comisión de Valoración ha examinado y valorado las solicitudes presentadas, en aplicación de los criterios establecidos en su apartado Noveno, trasladando su informe al órgano instructor del procedimiento. A la vista de dicho informe, el órgano instructor ha formulado la correspondiente propuesta de resolución, que tiene carácter de definitiva, al poderse prescindir del trámite de audiencia, pues no figuran en el procedimiento ni han sido tenidos en cuenta otros hechos ni otras alegaciones y pruebas que las aducidas por los interesados.

En consecuencia, visto el informe de la Comisión de Valoración, vista la propuesta de resolución del órgano instructor del procedimiento, y de conformidad con lo dispuesto en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, en el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba su Reglamento, en la Orden CUL/2912/2010, de 10 de noviembre, por la que se establecen las bases reguladoras, y en la Orden ECD/542/2015, de 4 de marzo, por la que se convocan las presentes subvenciones,

Este Ministerio ha resuelto:

Primero. Concesión de las subvenciones.

Se conceden subvenciones a las entidades que se relacionan a continuación, en las cuantías que se señalan, con cargo a la aplicación presupuestaria 18.01.334A.487 del Presupuesto de Gastos del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte:

Entidad beneficiaria

CIF

Importe

concedido

(Euros)

Faes-Fundación para El Análisis y los Estudios Sociales

G83467860

658.507

Fundació Catalanista i Demócrata (CATDEM)

G60518644

46.165

Fundació Josep Irla

G61304663

14.838

Fundació Rafael Campalans

G08568768

55.903

Fundación Alkartasuna Fundazioa

G95344123

10.332

Fundación Canaria Centro de Estudios Canarios Siglo XXI

G76507235

8.720

Fundación Ezkerraberri

G31979826

9.936

Fundación Galiza Sempre

G15702913

10.125

Fundación Gaspar Torrente

G50779123

3.184

Fundación Nous Horitzons

G60193331

12.737

Fundación Pablo Iglesias

G28667061

368.502

Fundación por la Europa de los Ciudadanos

G82143884

82.011

Fundación Privada l’Alternativa

G63544647

4.000

Institut d’Estudis Humanistics Miquel Coll i Alentorn

G60175551

15.393

Sabino Arana Fundazioa

G48275077

19.647

Total

 

1.320.000

Segundo. Justificación de las subvenciones concedidas.

Las subvenciones concedidas se justificarán ante la Subsecretaría de Educación, Cultura y Deporte, antes del 31 de marzo de 2016, de conformidad con lo establecido en el apartado duodécimo de la orden de convocatoria.

Esta orden es definitiva en la vía administrativa y contra la misma cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, conforme a lo establecido en el artículo 11.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, y artículo 66 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, en la redacción dada por la Ley Orgánica 6/1998, de 13 de julio, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 46.1 de la citada Ley 29/1998.

Asimismo, la presente orden podrá ser recurrida potestativamente en reposición, en el plazo de un mes y ante el mismo órgano que la ha dictado, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

Madrid, 23 de julio de 2015.–El Ministro de Educación, Cultura y Deporte, P.D. (Orden ECD/465/2012, de 2 de marzo), el Subsecretario de Educación Cultura y Deporte, Fernando Benzo Sáinz.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid