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Documento BOE-A-2015-8039

Resolución de 16 de junio de 2015, de la Dirección General de Energía y Minas, del Departamento de Industria e Innovación, por la que se modifica la de 24 de junio de 2014, por la que se autoriza a ECA, Entidad Colaboradora de la Administración, Sociedad Limitada Unipersonal, para actuar como organismo de control.

Publicado en:
«BOE» núm. 170, de 17 de julio de 2015, páginas 59493 a 59494 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Comunidad Autónoma de Aragón
Referencia:
BOE-A-2015-8039

TEXTO ORIGINAL

Visto el escrito presentado con fecha 1 de junio de 2015 por don Javier Irigoyen Recalde, en calidad de Director Técnico de la empresa ECA, Entidad Colaboradora de la Administración, Sociedad Limitada Unipersonal, y resultando los siguientes

Antecedentes de hecho

Primero.

Mediante Resolución de 24 de junio de 2014 de esta Directora General de Energía y Minas se autorizó a la empresa ECA, Entidad Colaboradora de la Administración, Sociedad Limitada Unipersonal, para actuar como ECA sobre determinados campos en el ámbito de aplicación del vigente Reglamento General de Normas Básicas de Seguridad Minera, aprobado por Real Decreto 863/1985, de 2 de abril.

Segundo.

Por parte de la Entidad Nacional de Acreditación ENAC ha sido modificada la acreditación de que disponía dicha ECA con el número OC-I/264, siendo actualmente vigente la Revisión 5, de fecha 7 de mayo de 2015.

Fundamentos de Derecho

Primero.

La Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, y por razón de la materia, la Dirección General de Energía y Minas, es competente para conocer y resolver el presente expediente, de conformidad con la Ley Orgánica 5/2007, de 20 de abril, de reforma del Estatuto de Autonomía de Aragón, los Reales Decretos 2596/1982, de 24 julio, 539/1984, de 8 de febrero, y 570/1995, de 7 de abril, sobre transferencias de competencias, funciones y servicios de la Administración del Estado a la Comunidad Autónoma de Aragón en materia de industria, energía y minas, así como con el Decreto 27/2012, de 24 de enero, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba la estructura orgánica del Departamento de Industria e Innovación, que atribuye a la Dirección General de Energía y Minas competencias en el ámbito de la actividad minera.

Segundo.

El Real Decreto 249/2010, de 5 de marzo, por el que se adaptan determinadas disposiciones en materia de energía y minas a lo dispuesto en la Ley 17/2009, de 23 de noviembre, sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio, y la Ley 25/2009, de 22 de diciembre, de modificación de diversas leyes para su adaptación a la Ley sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio, modifica el artículo 11 del vigente Reglamento General de Normas Básicas de Seguridad Minera, aprobado por Real Decreto 863/1985, de 2 de abril.

Esta modificación dispone que la autorización de las ECA, que tendrá carácter renovable, corresponde a la autoridad minera competente donde los organismos inicien su actividad o radiquen sus instalaciones, teniendo validez para todo el territorio español.

Vistos los antecedentes de hecho, fundamentos de Derecho y demás disposiciones concordantes, resuelvo:

Primero.

Modificar la autorización otorgada con fecha de 24 de junio de 2014 a la empresa ECA, Entidad Colaboradora de la Administración, Sociedad Limitada Unipersonal, con CIF B08658601, para actuar como ECA en el ámbito de aplicación del Reglamento General de Normas Básicas de Seguridad Minera, aprobado por Real Decreto 863/1985, de 2 de abril, quedando únicamente vigente la autorización para la actividad que a continuación se relaciona, permaneciendo inalteradas el resto de condiciones que fueron impuestas:

Cargadoras sobre ruedas.

Tipo de evaluación: Inspecciones periódicas conforme al apartado 5 de la ITC 02.2.01 del vigente Reglamento General de Normas Básicas de Seguridad Minera, modificado por la Orden ITC/1607/2009.

Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso de alzada ante el Consejero de Industria e Innovación en el plazo de un mes, según lo previsto en el artículo 58.1 del texto refundido de la Ley de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, aprobado por Decreto Legislativo 2/2001, de 3 de julio, sin perjuicio de que el interesado pueda interponer cualquier otro recurso que estime procedente.

Zaragoza, 16 de junio de 2015.–La Directora General de Energía y Minas, Marina Sevilla Tello.

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