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Documento BOE-A-2015-7679

Resolución 432/38078/2015, de 3 de julio, de la Subsecretaría, por la que se aprueba la resolución provisional del concurso de movilidad para proveer plazas básicas de personal estatutario de los Servicios de Salud en el Hospital Central de la Defensa, en Madrid.

Publicado en:
«BOE» núm. 163, de 9 de julio de 2015, páginas 57011 a 57012 (2 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Ministerio de Defensa
Referencia:
BOE-A-2015-7679

TEXTO ORIGINAL

De conformidad con lo previsto en la base 7.2 de la Resolución 432/38029/2015, de 7 de abril, de la Subsecretaría (BOE número 89, de 14 de abril), por la que se convoca concurso de movilidad para proveer plazas básicas de personal estatutario de los Servicios de Salud en el Hospital Central de la Defensa, en Madrid y, una vez finalizado el plazo de alegaciones, esta Subsecretaria, resuelve:

Primero.

Mantener la exclusión en el procedimiento de movilidad voluntaria y para la categoría de ATS/DUE, de doña María Belén Germadas Pérez, con DNI número 25140702T, personal estatutario fijo del Sistema Nacional de Salud, con la categoría de Auxiliar de Enfermería, al no quedar acreditado, de la documentación aportada por la reclamante, que la misma ostenta la categoría de ATS/DUE con nombramiento en propiedad, siendo éste un requisito de participación, tal y como establece la base segunda 2.1 de la Resolución 432/38029/2015, de 7 de abril.

Segundo.

Aprobar y hacer pública la lista provisional del concurso de movilidad voluntaria, con indicación de la puntuación otorgada a los méritos y, en su caso, el destino adjudicado a los concursantes.

Esta relación provisional del concurso, se publicará en los tablones de anuncios del Hospital Central de la Defensa, C/ Glorieta del Ejército, s/n, 28071 Madrid, y en la página web del Ministerio de Defensa www.defensa.gob.es.

Tercero.

Los concursantes dispondrán de un plazo de quince días hábiles, a contar desde la publicación de la presente Resolución en el «Boletín Oficial del Estado», para formular reclamaciones, conforme establece la base 7.3 de la convocatoria y los artículos 18.2 y 18.3 del Real Decreto-ley 1/1999, de 8 de enero (BOE del 9).

Cuarto.

Las reclamaciones formuladas contra la Resolución provisional del concurso, deberán ser dirigidas a la Dirección General de Personal y se presentarán en la sede del Ministerio de Defensa, paseo de la Castellana, número 109, 28071 Madrid, o en cualquiera de los lugares establecidos en el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Dichas reclamaciones se entenderán desestimadas de no aparecer expresamente estimadas en la Resolución definitiva, no habiendo lugar a comunicación individualizada.

Quinto.

Conforme dispone la base 3.6 de la convocatoria, hasta la finalización del plazo para formular reclamaciones contra esta Resolución provisional del concurso, los concursantes podrán desistir de su participación en el mismo. Los concursantes en situación de reingreso provisional que desistieren de su participación en el concurso de movilidad voluntaria serán declarados de oficio en la situación de excedencia voluntaria. El desistimiento de un concursante que hubiere condicionado su solicitud de traslado a la de otro concursante conforme a lo previsto en la base 3.4, será personal, por lo que no supondrá el desistimiento del otro concursante, cuya solicitud continuará su tramitación en el procedimiento de provisión de plazas, salvo declaración expresa y firmada por el mismo.

Madrid, 3 de julio de 2015.–La Subsecretaria de Defensa, P. D. (Resolución 400/38239/2009, de 23 de octubre), la Directora General de Personal, Adoración Mateos Tejada.

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