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Documento BOE-A-2015-644

Resolución de 7 de enero de 2015, del Departamento de Justicia, por la que se otorga destino a los funcionarios del Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa de la Administración de Justicia, turno libre, que superaron las pruebas selectivas convocadas por Orden JUS/1959/2013, 17 de octubre.

Publicado en:
«BOE» núm. 22, de 26 de enero de 2015, páginas 5533 a 5536 (4 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - Nombramientos, situaciones e incidencias
Departamento:
Comunidad Autónoma de Cataluña
Referencia:
BOE-A-2015-644

TEXTO ORIGINAL

Mediante la Resolución de 4 de diciembre de 2014, se hizo pública la relación de plazas correspondientes al ámbito de Cataluña que se ofrecieron a los aspirantes aprobados en las pruebas selectivas para el ingreso en el cuerpo de gestión procesal y administrativa de la Administración de justicia (turno libre), convocadas por la Orden de 17 de octubre de 2013 («BOE» número 255, de 24 de octubre de 2013, y «DOGC» número 6492, de 31 de octubre de 2013).

De conformidad con los artículos 28 y 29 del Real Decreto 1451/2005, de 7 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de ingreso, provisión de puestos de trabajo y promoción profesional del personal funcionario al servicio de la Administración de justicia, así como la Orden de la Secretaría de Estado de Justicia de 7 de enero de 2015, por la que se nombran funcionarios del cuerpo de gestión procesal y administrativa a las personas que han superado las pruebas selectivas convocadas por la Orden de 17 de octubre de 2013, en el ámbito de Cataluña (turno libre), y vistas las solicitudes presentadas por los funcionarios mencionados, es procedente adjudicarles destino.

Por todo ello, resuelvo:

1. Adjudicar destinos a los órganos judiciales que se detallan en el anexo a las personas que se mencionan en el mismo.

2. Los funcionarios del cuerpo de gestión procesal y administrativa destinados en virtud de esta Resolución deberán tomar posesión de su cargo ante el responsable del órgano correspondiente, dentro del plazo de veinte días naturales contados desde el día siguiente al de la publicación de esta Resolución en el «DOGC» o contados a partir del día siguiente al de la publicación en el «BOE» en caso de que la publicación de esta Resolución no sea simultánea en el «BOE» y en el «DOGC», de acuerdo con lo que establece el artículo 29 del Real Decreto 1451/2005, de 7 de diciembre.

3. Los funcionarios destinados de acuerdo con esta Resolución que pertenezcan al cuerpo de tramitación procesal y administrativa o auxilio judicial y opten por continuar en activo en dicho cuerpo, no es necesario que se desplacen a tomar posesión al puesto de trabajo adjudicado para tomar posesión; bastará con que, dentro del plazo de toma de posesión señalado en el párrafo segundo comuniquen al Departamento de Justicia de la Generalidad de Cataluña, concretamente a la Subdirección General de Recursos Humanos y Económicos de la Secretaría de Relaciones con la Administración de Justicia, la opción mencionada, a los efectos de declaración de la excedencia voluntaria prevista en el artículo 506.d) de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial.

Se deberá enviar al registro central de personal de la Subdirección General de Medios Personales de la Administración de Justicia una copia de la resolución por la que se les declara en situación de excedencia voluntaria.

4. En el caso de que los funcionarios opten por ingresar en el cuerpo de gestión procesal y administrativa y no quieran interrumpir su relación de servicio con la Administración de justicia, dada la necesidad de disponer del tiempo indispensable para tomar posesión, podrán solicitar de la gerencia territorial correspondiente a su destino, como funcionario del cuerpo de tramitación procesal y administrativa o auxilio judicial, un permiso retribuido de un día si no hay cambio de localidad, o de dos días en caso contrario, excepto aquellos que deban desplazarse desde las islas Canarias, islas Baleares, Ceuta o Melilla, en cuyo caso el permiso podrá ser de hasta tres días para tomar posesión de su nuevo cargo, el cual se tendrá que disfrutar, en cualquier caso, dentro del plazo posesorio. La toma de posesión en el nuevo destino se efectuará durante los días de permiso señalados.

Si el/la funcionario/a procede del ámbito de competencia de otra gerencia territorial o comunidad autónoma que haya recibido el traspaso de medios personales, se deberá remitir esta documentación a dichos órganos para que puedan proceder a conceder la excedencia voluntaria de oficio en el cuerpo de tramitación procesal y administrativa o auxilio judicial del destino en el que se le/la tendrá por cesado/a automáticamente en la misma fecha en que se produzca la toma de posesión en el cuerpo de gestión procesal y administrativa, con el fin de evitar la interrupción en la percepción de sus haberes.

5. El/la funcionario/a interino/a que actualmente ocupe plaza que ha sido adjudicada al/a la aspirante aprobado/a cesará el mismo día en que se produzca la toma de posesión del/de la titular, de acuerdo con lo que establece el artículo 18.a) de la Orden JUS/250/2009, de 13 de mayo, del Departamento de Justicia, por la que se regula la selección, formación y nombramiento de personal interino de los cuerpos funcionarios al servicio de la Administración de justicia en Cataluña.

6. En cumplimiento de la legislación sobre incompatibilidades del personal al servicio de la Administración pública (Ley 53/1984, de 26 de diciembre), aplicable al personal al servicio de la Administración de justicia, en virtud del artículo 498 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, reformada por la Ley 19/2003, de 23 de diciembre, los aspirantes que ya sean funcionarios de carrera han de manifestar su opción en el acto de toma de posesión.

7. Los funcionarios del cuerpo de gestión procesal y administrativa destinados en virtud de esta Resolución, a pesar de haber sido destinados con carácter forzoso por el orden de calificación según sus preferencias, no pueden participar en un concurso de traslado hasta que transcurran dos años desde la fecha de esta Resolución. Para el cómputo de los dos años se estará a lo que establece el párrafo segundo del artículo 529.3 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial.

8. Las plazas ofrecidas a los aspirantes mediante la Resolución de 4 de diciembre de 2014, no adjudicadas a los aspirantes de nuevo ingreso en el cuerpo de gestión procesal y administrativa, turno libre, mantienen la condición de plazas desiertas.

9. Información sobre los recursos a interponer.

9.1 Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, las personas interesadas pueden interponer, con carácter potestativo, recurso de reposición ante este órgano en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación en el último diario oficial («BOE» o «DOGC») en que esta Resolución se haya publicado, de acuerdo con lo que establecen los artículos 107, 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, o bien pueden impugnar esta Resolución directamente mediante recurso contencioso administrativo, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de la publicación en el último diario oficial («BOE» o «DOGC») en que esta Resolución se haya publicado, ante el juzgado de lo contencioso administrativo competente de Barcelona, de conformidad con lo que disponen los artículos 14.2, 25 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, o cualquier otro recurso que consideren conveniente para la defensa de sus intereses.

9.2 De acuerdo con el artículo 59.6 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y el artículo 49 de la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, la interposición de los recursos contenciosos-administrativos que se tengan que comunicar a los interesados se notificarán mediante la publicación en el «DOGC» y mediante la exposición en los tablones de anuncios de la sede central Departamento de Justicia (c. Pau Claris, 81, 08010 Barcelona); Gerencia Territorial de Barcelona Ciudad y L’Hospitalet de Llobregat (Gran Via de les Corts Catalanes, 111, edificio I, 14.ª planta, 08075 Barcelona); Gerencia Territorial de Barcelona Comarcas (c. Pau Claris, 158-160, ático 2.ª, 08009 Barcelona); Servicios Territoriales del Departamento de Justicia en Girona (pl. de Pompeu Fabra, 1, edificio de la Generalidad, 17002 Girona), Lleida (c. Sant Martí, 1, 25004 Lleida), Tarragona (c. Sant Antoni Maria Claret, 17, 43002 Tarragona) y Les Terres de l’Ebre (c. Santa Anna, 3-5, 2.ª planta, 43500 Tortosa); Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (ps. Lluís Companys, 14-16, 08018 Barcelona); audiencias provinciales de Barcelona (ps. Lluís Companys, 14-16, 08018 Barcelona), Girona (pl. de Josep Maria Lidón, 1, 17001 Girona), Lleida (c. Canyeret, 1, 25001 Lleida) y Tarragona (av. Lluís Companys, 10, 43005 Tarragona); decanatos de Barcelona (Gran Via de les Corts Catalanes, 111, 08075 Barcelona), Lleida (c. Canyeret, 3-5, 25007 Lleida) y Tarragona (av. Lluís Companys, 10, 43005 Tarragona); Servicio Común Procesal General de Girona (pl. de Josep Maria Lidón, 1, 17001 Girona); divisiones del Instituto de Medicina Legal de Cataluña de Barcelona Ciudad y L’Hospitalet de Llobregat (Gran Via de les Corts Catalanes, 111, 08075 Barcelona), Girona (av. Ramon Folch, 4-6, 17001 Girona), Lleida (c. Canyeret, 1, 25007 Lleida), Tarragona (av. Lluís Companys, 10, 43005 Tarragona) y Les Terres de l’Ebre (pl. de Els Estudis, s/n, 43500 Tortosa); fiscalías provinciales de Barcelona (Gran Via de les Corts Catalanes, 111, 08075 Barcelona), Girona (pl. de Josep Maria Lidón, 1, 17001 Girona), Lleida (c. Canyeret, 3-5, 25007 Lleida) y Tarragona (av. Lluís Companys, 10, 43005 Tarragona), y sitio web del Departamento de Justicia (http://justicia.gencat.cat/ofertes).

Barcelona, 7 de enero de 2015.–El Consejero de Justicia, P.D. (Resolución JUS/498/2013, de 8 de marzo), el Secretario General, Enric Colet i Petit.

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