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Documento BOE-A-2015-6423

Resolución de 26 de mayo de 2015, de la Agencia Española de Protección de Datos, por la que se convoca el Premio Comunicación de Protección de Datos Personales.

Publicado en:
«BOE» núm. 137, de 9 de junio de 2015, páginas 49039 a 49042 (4 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Agencia Española de Protección de Datos
Referencia:
BOE-A-2015-6423

TEXTO ORIGINAL

La Agencia Española de Protección de Datos, en el ejercicio de las competencias que la Ley le atribuye y con la finalidad de promover y fomentar la difusión del derecho fundamental a la protección de datos por los medios de comunicación social, ha acordado proceder a la convocatoria del «Premio Comunicación de Protección de Datos», correspondiente a 2015 que habrá de ajustarse a las siguientes bases:

Base primera. Objeto.

Se convoca el «Premio Comunicación de Protección de Datos» correspondiente a 2015.

Constituye su objeto premiar los trabajos que a juicio del jurado:

1. Signifiquen una aportación destacada a la promoción del conocimiento de los ciudadanos de los principios del derecho fundamental a la protección de datos personales.

2. Contribuyan a fomentar la concienciación de quienes manejan información personal sobre sus responsabilidades en la garantía de este derecho.

Base segunda. Premio.

Podrán ser merecedores de este premio:

1. Aquellos trabajos individuales tales como un editorial, noticia, reportaje o programa de radio o televisión puntualmente dedicados a la materia objeto de la convocatoria.

2. Proyectos periodísticos tales como series de noticias o secciones especializadas que definan un compromiso editorial con la promoción del derecho fundamental a la protección de datos.

Pueden optar al premio aquellos trabajos individuales o proyectos periodísticos difundidos a través de cualquier medio de comunicación social (televisión, radio, prensa escrita y digital, y agencias de noticias) entre el 16 de octubre de 2014 y 15 de octubre de 2015.

El premio podrá otorgarse a uno o varios trabajos relativos al tema de la convocatoria publicados o difundidos en un mismo medio de comunicación. En el caso de tratarse de varios trabajos éstos se considerarán conjuntamente a efectos de valoración por parte del jurado.

La presentación de los trabajos comporta la reproducción o copia de los mismos.

El incumplimiento de alguno de estos requisitos dará lugar a la exclusión de la propuesta.

Base tercera. Dotación del premio.

El «Premio Comunicación de Protección de Datos Personales» estará dotado con una cantidad de tres mil euros, así como un accésit de mil quinientos euros.

En caso de declararse desierto el premio el Jurado podrá otorgar un accésit adicional dotado con mil quinientos euros.

Los premiados contarán con mención honorífica, mediante diploma concedido al efecto.

Base cuarta. Solicitudes.

Los trabajos presentados deberán acompañarse del modelo de solicitud que figura en el anexo 1.

Los trabajos deberán ser dirigidos a la Secretaría General de la Agencia Española de Protección de Datos y podrán presentarse en el Registro de la Agencia Española de Protección de Datos, c/ Jorge Juan nº 6, planta baja, 28001, Madrid, o en cualquiera de los Registros u oficinas previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, haciendo constar en el sobre la misma dirección. El plazo de presentación de los trabajos concluye el 15 de octubre de 2015.

De acuerdo con lo establecido en el artículo 71 de la citada Ley 30/1992, si la solicitud y documentación presentada no reuniese los requisitos precisos, se requerirá al interesado para que en un plazo de diez días, subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos, indicándose que, si así no lo hiciera se le tendrá por desistido de su petición, archivándose ésta, previa resolución que deberá ser dictada en los términos del artículo 42.1 de la indicada Ley.

Base quinta. Jurado.

Concederá el premio un Jurado cuya composición será:

Presidente: Director de la Agencia Española de Protección de Datos.

Vocales: Miembros del Consejo Consultivo que se encuentren ejerciendo su mandato en el momento de efectuarse el fallo.

La Secretaría, con voz y sin voto, corresponderá a la Secretaria de dicho Consejo. En caso de empate decidirá la votación el voto del Presidente.

El Director de la Agencia Española de Protección de Datos podrá designar un Consejo Asesor para proponer candidaturas que deberá contar entre sus miembros con profesionales de la comunicación.

Si el Jurado lo estimara oportuno, podrá distribuir el premio por partes iguales entre los trabajos presentados que se consideren de igual mérito.

Los miembros del Consejo Consultivo de la Agencia Española de Protección de Datos podrán proponer aquellos trabajos que, a su juicio, aún no habiendo concurrido a la convocatoria, reúnan méritos suficientes.

Base sexta. Resolución.

La decisión del Jurado, que podrá declarar desierto el premio, se hará pública el 28 de enero de 2016, Día de la Protección de Datos en Europa. El fallo, frente al que no cabrá recurso administrativo, se notificará formalmente a todos los participantes.

Base séptima. Propiedad Intelectual.

La Agencia Española de Protección de Datos podrá reproducir total o parcialmente, el trabajo premiado tanto en soporte papel como en soporte CD, citando el nombre de los autores así como el medio de comunicación de que se trate.

Base octava. Aceptación de las Bases.

La participación en el concurso implica la aceptación de todas las bases de la convocatoria.

Base novena. Protección de datos

Los datos de los participantes se incorporarán al fichero denominado «Formación, Premios y Eventos», del que es responsable la Agencia Española de Protección de Datos. Los participantes podrán ejercitar sus derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición en el domicilio señalado en la Base Cuarta. Sus datos personales serán utilizados únicamente para la evaluación de su trabajo y para la organización gestión y resolución del premio «Protección de Datos Personales».

Madrid, 26 de mayo de 2015.–El Director de la Agencia Española de Protección de Datos, José Luis Rodríguez Álvarez.

ANEXO 1

Aquí aparece una imagen en el original. Consulte el documento PDF oficial y auténtico.

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