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Documento BOE-A-2015-6266

Resolución de 20 de mayo de 2015, de la Secretaría General de Universidades, por la que se corrigen errores en la de 13 de noviembre de 2012, por la que se fija la cuantía de la compensación económica a las entidades colaboradoras por la gestión de las subvenciones para la movilidad de profesores visitantes y de estudiantes en el marco de implantación de estrategias de formación doctoral e impulso de la excelencia e internacionalización de los programas de doctorado gestionadas por la Dirección General de Política Universitaria.

Publicado en:
«BOE» núm. 134, de 5 de junio de 2015, páginas 48233 a 48233 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación, Cultura y Deporte
Referencia:
BOE-A-2015-6266

TEXTO ORIGINAL

Por Resolución de 13 de noviembre de 2012, de la Secretaría General de Universidades, se fijó la cuantía de la compensación económica a las entidades colaboradoras por la gestión de las subvenciones para la movilidad de profesores visitantes y de estudiantes en el marco de implantación de estrategias de formación doctoral e impulso de la excelencia e internacionalización de los programas de doctorado, gestionadas por la Dirección General de Política Universitaria, en el marco de las convocatorias de movilidad de posgrado, posdoctorado y estancias de movilidad de profesores e investigadores en centros extranjeros y profesores e investigadores en centros españoles, indicándose en el Anexo los gastos de gestión correspondientes a los organismos colabores («BOE» de 7 de diciembre de 2012).

Advertido error por la omisión de un organismo en el Anexo de dicha resolución, se procedió a la corrección de errores por Resolución de 23 de enero de 2013, de la Secretaría General de Universidades («BOE» de 11 de febrero de 2013).

Detectado error en la denominación del organismo incluido en la citada corrección de errores, se resuelve corregirlo:

Donde dice:

«Organismo

N.º de beneficiarios

Importe total gastos de gestión

Universidad Ramón Llull.

7

875,00 euros»

Debe decir:

«Organismo

N.º de beneficiarios

Importe total gastos de gestión

Fundación Privada de Catalunya per a la Universidad Ramón Llull.

7

875,00 euros»

Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse en el plazo de un mes recurso potestativo de reposición. Asimismo podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a la fecha de su notificación. Dicho recurso no podrá ser interpuesto hasta que el anterior recurso de reposición sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta.

Madrid, 20 de mayo de 2015.–El Secretario General de Universidades, Juan María Vázquez Rojas.

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