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Documento BOE-A-2015-6139

Orden ECD/1030/2015, de 28 de mayo, por la que se resuelve el concurso específico, convocado por Orden ECD/296/2015, de 12 de febrero.

Publicado en:
«BOE» núm. 132, de 3 de junio de 2015, páginas 47135 a 47138 (4 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - Nombramientos, situaciones e incidencias
Departamento:
Ministerio de Educación, Cultura y Deporte
Referencia:
BOE-A-2015-6139

TEXTO ORIGINAL

Por Orden ECD/296/2015, de 12 de febrero («Boletín Oficial del Estado» de 25 de febrero), se convocó concurso específico para la provisión de puestos de trabajo.

De acuerdo con lo dispuesto en las bases de la convocatoria, así como en el artículo 47 del Reglamento General de Ingreso del Personal al servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado, previa actuación de la Comisión de Valoración a que hace referencia la base séptima de la citada convocatoria, y a la vista de los méritos alegados por los aspirantes que constan en las actas de la mencionada Comisión,

Este Ministerio acuerda:

Primero.

Resolver la adjudicación de los puestos de trabajo convocados, conforme al anexo de la presente orden.

Segundo.

Declarar desiertos los puestos que se especifican en el citado anexo.

Tercero.

De acuerdo con lo previsto en la base décima de la convocatoria, los interesados deberán tomar posesión de los nuevos destinos en el plazo de tres días hábiles si no implica cambio de residencia, o de un mes, si comporta cambio de residencia o el reingreso al servicio activo.

Dicho plazo comenzará a contar a partir del día siguiente al del cese, que deberá efectuarse dentro de los tres días hábiles siguientes a la publicación de la resolución del concurso. Si la resolución comporta el reingreso al servicio activo, el plazo de toma de posesión deberá contarse desde dicha publicación.

El cómputo de los plazos posesorios se iniciará cuando finalicen los permisos o licencias que, en su caso, hayan sido concedidos a los interesados, salvo que, excepcionalmente y por causas justificadas, el órgano convocante acuerde suspender el disfrute de los mismos.

Cuarto.

Contra la presente orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse, en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de su publicación, recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados Centrales de lo Contencioso-administrativo, conforme a lo establecido en los artículos 9.a) y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa o, potestativamente y con carácter previo, recurso de reposición en el plazo de un mes, ante el mismo órgano que la ha dictado, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

Madrid, 28 de mayo de 2015.–El Ministro de Educación, Cultura y Deporte, P. D. (Orden ECD/465/2012, de 2 de marzo), el Subsecretario de Educación, Cultura y Deporte, Fernando Benzo Sainz.

Aquí aparecen varias imágenes en el original. Consulte el documento PDF oficial y auténtico.

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