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Documento BOE-A-2015-5945

Resolución de 20 de mayo de 2015, del Banco de España, por la que se publican las sanciones de multa por infracciones muy graves impuestas a Financuba Internacional, SA, don Roberto Jesús Medina Torres y don Víctor Hugo Anaya Fernández.

Publicado en:
«BOE» núm. 128, de 29 de mayo de 2015, páginas 46241 a 46241 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Banco de España
Referencia:
BOE-A-2015-5945

TEXTO ORIGINAL

Con fecha 30 de enero de 2015 el Consejo de Gobierno del Banco de España adoptó la Resolución del expediente de referencia IE/NEP-1/2014, incoado por Acuerdo de la Comisión Ejecutiva del Banco de España de fecha 4 de marzo de 2014, a Financuba Internacional, S.A., a don Roberto Jesús Medina Torres y a don Víctor Hugo Anaya Fernández.

Siendo firme en vía administrativa procede, al amparo de lo establecido en el artículo 115.5 de la Ley 10/2014, de 26 de junio, de Ordenación, Supervisión y Solvencia de Entidades de Crédito, dar publicidad en el «Boletín Oficial del Estado» de las siguientes sanciones de multa impuestas en dicha Resolución sancionadora del Consejo de Gobierno del Banco de España en la que se acordó:

Imponer a Financuba Internacional, S.A., conforme a lo dispuesto en el artículo 29.1 de la Ley 26/1988, de 29 de julio, de Disciplina e Intervención de las Entidades de Crédito, una multa por importe de cien mil euros (100.000 euros), por la comisión de una infracción muy grave, prevista en dicho artículo en relación con el artículo 4 de la Ley 16/2009, de 13 de noviembre, de Servicios de Pago, consistente en la realización de actividades reservadas legalmente a los proveedores de servicios de pago, sin haber obtenido la preceptiva autorización ni hallarse inscrita en los correspondientes registros.

Imponer a don Roberto Jesús Medina Torres, conforme a lo dispuesto en el artículo 29.1 de la Ley 26/1988, de 29 de julio, de Disciplina e Intervención de las Entidades de Crédito, una multa por importe de cincuenta y cinco mil euros (55.000 euros), por la comisión de una infracción muy grave, prevista en dicho artículo en relación con el artículo 4 de la Ley 16/2009, de 13 de noviembre, de Servicios de Pago, consistente en la realización de actividades reservadas legalmente a los proveedores de servicios de pago, sin haber obtenido la preceptiva autorización ni hallarse inscrita en los correspondientes registros.

Imponer a don Víctor Hugo Anaya Fernández, conforme a lo dispuesto en el artículo 29.1 de la Ley 26/1988, de 29 de julio, de Disciplina e Intervención de las Entidades de Crédito, una multa por importe de cincuenta y cinco mil euros (55.000 euros), por la comisión de una infracción muy grave, prevista en dicho artículo en relación con el artículo 4 de la Ley 16/2009, de 13 de noviembre, de Servicios de Pago, consistente en la realización de actividades reservadas legalmente a los proveedores de servicios de pago, sin haber obtenido la preceptiva autorización ni hallarse inscrita en los correspondientes registros.

Madrid, 20 de mayo de 2015.–El Secretario General del Banco de España, Francisco Javier Priego Pérez.

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