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Documento BOE-A-2015-5877

Resolución de 12 de mayo de 2015, de la Presidencia del Consejo Superior de Deportes, por la que se modifica la de 24 de abril de 2012, por la que se publica el plan formativo de las especialidades de tai jitsu, kenpo y kung fu, pertenecientes a la modalidad deportiva de kárate.

Publicado en:
«BOE» núm. 127, de 28 de mayo de 2015, páginas 45775 a 45776 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación, Cultura y Deporte
Referencia:
BOE-A-2015-5877

TEXTO ORIGINAL

A propuesta de la Real Federación Española de Karate y Deportes Asociados, y con el fin de adaptar el plan formativo de la modalidad a la oferta parcial de nivel I, tal como se establece en el artículo 4.5 de la Orden ECD/158/2014, de 5 de febrero, por la que se regulan los aspectos curriculares, los requisitos generales y los efectos de las actividades de formación deportiva, a los que se refiere la disposición transitoria primera del Real Decreto 1363/2007, de 24 de octubre, se procede a efectuar las siguientes modificaciones de la Resolución de 24 de abril de 2012, de la Presidencia del Consejo Superior de Deportes, por la que se publica el plan formativo de las especialidades de Tai jitsu, Kenpo y Kung fu, pertenecientes a la modalidad deportiva de Karate, insertada en el «Boletín Oficial del Estado» número 124, de 24 de mayo de 2012.

Por todo ello, en virtud de las facultades que confiere a la Presidencia del Consejo Superior de Deportes el artículo 8 de la Orden ECD/158/2014, de 5 de febrero, resuelvo:

Primero.

Se añade un nuevo apartado séptimo bis con la siguiente redacción:

«Séptimo bis. Oferta parcial del nivel I del plan formativo de la especialidad deportiva de Tai-jitsu.

1. La oferta parcial del nivel I, de acuerdo con lo establecido en el artículo 4.5 de la Orden ECD/158/2014, de 5 de febrero, está formada por las siguientes áreas:

• Área: Didáctica del Tai-jitsu. 10 horas.

• Área: Kumite I. 10 horas.

• Área: Goshin shobu I. 10 horas.

2. Para el acceso a esta oferta parcial del nivel I, se deben acreditar los requisitos generales y superar los requisitos específicos de acceso, establecidos para el nivel I.»

Segundo.

Se añade un nuevo apartado séptimo ter con la siguiente redacción:

«Séptimo ter. Oferta parcial del nivel I del plan formativo de la especialidad deportiva de Kenpo.

1. La oferta parcial del nivel I, de acuerdo con lo establecido en el artículo 4.5 de la Orden ECD/158/2014, de 5 de febrero, está formada por las siguientes áreas:

• Área: Didáctica del Kenpo. 15 horas.

• Área: Combate I. 15 horas.

• Área: Formas /katas. 10 horas.

2. Para el acceso a esta oferta parcial del nivel I, se deben acreditar los requisitos generales y superar los requisitos específicos de acceso, establecidos para el nivel I.»

Tercero.

Se añade un nuevo apartado séptimo quáter con la siguiente redacción:

«Séptimo quáter. Oferta parcial del nivel I del plan formativo de la especialidad deportiva de Kung fu.

1. La oferta parcial del nivel I, de acuerdo con lo establecido en el artículo 4.5 de la Orden ECD/158/2014, de 5 de febrero, está formada por las siguientes áreas:

• Área: Didáctica del Kung fu. 20 horas.

• Área: Combate. 15 horas.

• Área: Tao lu I. 10 horas.

2. Para el acceso a esta oferta parcial del nivel I, se deben acreditar los requisitos generales y superar los requisitos específicos de acceso, establecidos para el nivel I.»

Madrid, 12 de mayo de 2015.–El Presidente del Consejo Superior de Deportes, Miguel Cardenal Carro.

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