En el recurso contencioso-administrativo núm. 913/2014, interpuesto por Acerinox Europa SAU ante la Sala Tercera de lo Contencioso-Administrativo, Sección 3.ª del Tribunal Supremo, contra Orden IET/2013/2013, de 31 de octubre, por la que se regula el mecanismo competitivo de asignación del servicio de gestión de la demanda de interrumpibilidad se ha presentado escrito de ampliación de dicho recurso al artículo 8 de la Orden IET 107/2014, de 31 de enero, por la que se revisan los peajes de acceso de energía eléctrica para 2014, Orden IET/346/2014, de 7 de marzo, por la que se modifica la Orden IET 2013/2013 y Orden IET/1752/2014, de 26 de septiembre, por la que se establece el calendario correspondiente, a la temporada eléctrica de gestión de la demanda de interrumpibilidad.
En consecuencia, esta Subsecretaría ha resuelto emplazar a los interesados en el mismo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 49 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, para que comparezcan y se personen en autos ante la referida Sala en el plazo de nueve días, siguientes a la publicación de la presente resolución.
Madrid, 13 de abril de 2015.–El Subsecretario de Industria, Energía y Turismo, Enrique Hernández Bento.
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