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Documento BOE-A-2015-4090

Resolución de 23 de marzo de 2015, de la Secretaría General de Sanidad y Consumo, por la que se publica el Convenio de colaboración con la Comunidad Foral de Navarra sobre cesión de materiales para la realización de un curso de formación on-line dirigido a los profesionales sanitarios de atención primaria de salud.

Publicado en:
«BOE» núm. 90, de 15 de abril de 2015, páginas 32177 a 32180 (4 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad
Referencia:
BOE-A-2015-4090

TEXTO ORIGINAL

Suscrito el 23 de marzo de 2015, Convenio de colaboración entre el Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad y el Departamento de Salud de la Comunidad Foral de Navarra sobre cesión de materiales para la realización de un curso de formación on-line dirigido a los profesionales sanitarios de atención primaria de salud, y en cumplimiento de lo dispuesto en el apartado dos del artículo 8 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicho Convenio, que figura como anexo de esta resolución.

Madrid, 23 de marzo de 2015.–El Secretario General de Sanidad y Consumo, Rubén Moreno Palanques.

ANEXO
Convenio de colaboración entre el Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad y el Departamento de Salud de la Comunidad Foral de Navarra

Madrid, a 23 de marzo de 2015.

REUNIDOS

De una parte, don José Javier Castrodeza Sanz, Director General de Salud Pública, Calidad e Innovación del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, nombrado por el Real Decreto 1100/2014, de 19 de diciembre («BOE» núm. 307, del 20), con competencia para celebrar contratos y convenios, según consta en la disposición sexta del capítulo I de la Orden SSI/131/2013, de 17 de enero, sobre delegación de competencias en el Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad.

De otra parte, doña María Soledad Aranguren Balerdi, Directora Gerente del Instituto de Salud Pública y Laboral (ISPLN) de la Comunidad Foral de Navarra nombrada por Decreto Foral 63/2012, de 8 de julio, por el que se crea y se aprueban los Estatutos del Organismo Autónomo Instituto de Salud Pública y Laboral de Navarra, con competencias para celebrar, modificar y rescindir Convenios y conciertos con otras entidades y organismos, dentro de los límites establecidos por la normativa vigente.

Ambos, que actúan en razón de sus respectivos cargos, se reconocen, mutua y recíprocamente, capacidad legal necesaria para la formalización del presente Convenio de colaboración y, a tal efecto,

EXPONEN

Que la Estrategia de Promoción de la Salud y Prevención en el Sistema Nacional de Salud, aprobada por el pleno del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud del día 27 de junio de 2012, propone el desarrollo progresivo de intervenciones dirigidas a ganar salud y a prevenir las enfermedades, las lesiones y la discapacidad. Su objetivo general establece el fomento de la salud y el bienestar de la población promoviendo entornos y estilos de vida saludables y potenciando la seguridad frente a las lesiones.

Que la Atención Primaria es el nivel asistencial más accesible al que llega la mayoría de población y por tanto, un ámbito con gran capacidad para influir sobre sus conductas a lo largo del ciclo vital. Por esta razón, una de las líneas fundamentales de desarrollo de la estrategia es la capacitación de los profesionales de atención primaria en Consejo Integral y Educación Individual sobre Estilo de Vida Saludable, vinculado a recursos comunitarios, identificando objetivos, aspectos clave y cronograma de la intervención.

Que el Instituto de Salud Pública y Laboral de la Comunidad Foral de Navarra ha sido pionero en el diseño y puesta en marcha de cursos, elaboración de materiales de apoyo y de diferentes experiencias y proyectos educativos sobre consejo integral y educación para la salud sobre estilo de vida saludable, abordando diferentes factores de riesgo (tabaco, alimentación, actividad física, control del estrés, etc.) y dirigidos a distintos grupos de población (tanto a nivel individual como comunitario). Estos cursos y materiales tienen como finalidad formar a los profesionales sanitarios de Atención Primaria y a otros servicios sociosanitarios y organismos de la comunidad interesados e implicados en educar para la salud.

Que, tanto el Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad (MSSSI), como el Departamento de Salud de la Comunidad Foral de Navarra, en el ámbito de sus respectivas competencias, están de acuerdo en establecer una colaboración mutua en la materia expuesta, por lo que formalizan el presente convenio de colaboración de acuerdo con las siguientes

CLÁUSULAS

Primera. Objeto.

El objeto del Convenio es colaborar en el desarrollo de un proyecto de formación para la capacitación de los profesionales de Atención Primaria en Educación Individual sobre Estilo de Vida Saludable, vinculado a recursos comunitarios, que se realizará en formato on-line, y que el MSSSI pondrá a disposición de las comunidades y ciudades autónomas, con el fin de complementar el proceso formativo que ya existe en sus servicios de salud.

La capacitación estará basada fundamentalmente en metodología on-line.

Segunda. Compromiso de la Comunidad Foral de Navarra.

La Comunidad Foral de Navarra se compromete a ceder al MSSSI durante la vigencia del presente Convenio de colaboración, los materiales que se citan a continuación:

1. Documentación escrita en formato electrónico relacionada con la educación individual sobre estilo de vida saludable en atención primaria.

2. Material audiovisual relacionado con la educación individual sobre estilo de vida saludable en atención primaria.

No obstante, se reserva el derecho de utilización de dichos materiales para actividades formativas o divulgativas propias.

Tercera. Compromiso del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad.

El MSSSI podrá utilizar, para la elaboración del programa de formación on-line para capacitación de profesionales en Educación Individual sobre Estilo de Vida Saludable, vinculado a recursos comunitarios y para formación de otros colectivos, en el marco de promoción de la salud y prevención, todos los materiales de prevención, promoción y educación para la salud nombrados en el anexo 1, realizados por el Instituto de Salud Pública y Laboral de Navarra del Departamento de Salud de la Comunidad Foral de Navarra durante la vigencia del presente convenio de colaboración. En el curso que se diseñe se hará constar la autoría y su uso exclusivo para fines formativos.

El MSSSI pondrá a disposición de la Comunidad Foral de Navarra el uso de los módulos que configuren el programa de formación on-line y la plataforma en la que se aloja de manera gratuita, para que pueda ser utilizada como complemento a las acciones docentes que se llevan a cabo desde el Instituto de Salud Pública y Laboral de Navarra.

El MSSSI facilitará con carácter preferente y gratuito el acceso a los profesionales que el Instituto de Salud Pública y Laboral de Navarra designe, a otros programas de formación on-line en el marco de promoción de la salud y prevención complementarios (entre otros, el programa ACTIVATE).

Cuarta. Efectos del Convenio.

El presente Convenio de colaboración surtirá efectos desde la fecha de la firma y hasta el 31 de diciembre de 2020; pudiendo quedar sin efecto por decisión de cualquiera de las partes, mediante una manifestación de voluntad realizada por los representantes de las entidades firmantes, por escrito y de manera expresa, y en un plazo no inferior a un año.

Quinta. Extinción del Convenio.

La extinción del presente Convenio podrá producirse por diferentes causas, entre ellas: fin de la producción de los efectos del convenio, por fuerza mayor, por mutuo acuerdo de las partes, imposibilidad sobrevenida para el cumplimiento de su objeto y por incumplimiento de los compromisos por alguna de las partes en cuyo caso, la otra parte, podrá instar la resolución del mismo.

Sexta. Régimen jurídico.

De conformidad con el artículo 4.1.C) del texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, el presente Convenio queda fuera del ámbito de aplicación de la citada Ley, realizándose al amparo de lo dispuesto en los artículos 20 y 21 de la Ley 16/2003, de 28 de mayo, modificados por el artículo 2.6 y 2.7 del Real Decreto-ley 16/2012, de 20 de abril, y del artículo 6 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Las dudas o controversias que surjan con motivo de la interpretación y aplicación del presente convenio y no puedan ser resueltas por la Comisión Mixta de Seguimiento se resolverán de conformidad con las normas aplicables en Derecho y serán de la competencia de la jurisdicción contencioso-administrativa.

Séptima. Comisión de Seguimiento.

Se constituirá para el seguimiento del presente Convenio una Comisión Mixta de Seguimiento. Esta Comisión estará formada:

La Subdirectora General de Promoción de la Salud y Epidemiología, o persona en quien delegue.

Un técnico de la Subdirección General de Promoción de la Salud y Epidemiología designado por la subdirectora general.

En representación de la Consejería de Sanidad de la Comunidad de Navarra: La Jefa de Sección de Promoción de Salud o persona en quien delegue, y

Un Técnico de la Sección de Promoción de Salud.

Además de la función genérica de vigilancia y seguimiento de la ejecución del presente convenio, la comisión, resolverá las dudas que puedan surgir en la interpretación y aplicación del mismo.

En relación con la convocatoria de reuniones, deliberaciones y adopción de acuerdos de la presente Comisión Mixta de Seguimiento, se atenderá a lo dispuesto en el Capítulo II del Título II de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (artículos 22 al 27).

Octava. Financiación.

El presente Convenio no tiene contenido económico. Todas las acciones de colaboración contenidas en el mismo se enmarcan dentro de la actividad habitual de cada parte y no conlleva ningún gasto adicional a las previsiones presupuestarias ya establecidas.

Y para que conste a los efectos oportunos, en prueba de conformidad, las partes firman el presente convenio por duplicado en el lugar y fecha arriba indicados.–El Director General de Salud Pública, Calidad e Innovación, José Javier Castrodeza Sanz.–La Directora Gerente del Instituto de Salud Pública y Laboral de Navarra, María Soledad Aranguren Balerdi.

ANEXO 1
Curso EpS Individual

1. Documentación escrita en formato electrónico relacionada con la educación individual sobre estilo de vida saludable en atención primaria:

Título y autores.

Introducción.

Capítulo 1. Bases de la Educación para la Salud (EpS).

Capítulo 2. Contenidos de la EpS. Qué trabajar.

Capítulo 3. Técnicas educativas individuales. Cómo trabajar.

Capítulo 4. Rol educador. Cómo trabajar.

Capítulo 5. Programación y realización de las consultas de EpS.

2. Material audiovisual relacionado con la educación individual sobre estilo de vida saludable en atención primaria (formato MP4):

Técnicas de relación. Acogida, presentación.

Técnica de expresión. Escucha.

Técnicas de información. Información participada.

Técnicas de análisis. Resumir y ordenar.

Técnicas de desarrollo de habilidades. Ayuda a la toma de decisiones.

Realización de las consultas de EpS1.

Realización de las consultas de EpS2.

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