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Documento BOE-A-2015-4083

Resolución de 1 de abril de 2015, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se establece el importe pendiente de cobro a 31 de diciembre de 2014, de los derechos de cobro cedidos al fondo de titulización del déficit del sistema eléctrico.

Publicado en:
«BOE» núm. 90, de 15 de abril de 2015, páginas 32141 a 32143 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Industria, Energía y Turismo
Referencia:
BOE-A-2015-4083

TEXTO ORIGINAL

El Real Decreto 437/2010, de 9 de abril, por el que se desarrolla la regulación del proceso de titulización del déficit del sistema eléctrico desarrolla los apartados 4 y 5 de la disposición adicional vigésima primera de la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del Sector Eléctrico.

El artículo 9 de este real decreto, determina el procedimiento para el cálculo del importe pendiente de cobro de los derechos de cobro cedidos al Fondo de Titulización del Déficit del Sistema Eléctrico (FADE). Este artículo también recoge que, la Comisión Nacional de Energía comunicará a la Dirección General de Política Energética y Minas y a la Sociedad Gestora el importe pendiente de cobro a 31 de diciembre, respecto de cada uno de los derechos de cobro cedidos al término de cada ejercicio, que deberá ser aprobado mediante resolución de la Dirección General de Política Energética y Minas.

La disposición adicional segunda de la Ley 3/2013, de 4 de junio, de creación de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, establece en su apartado segundo que «las referencias que la legislación vigente contiene a la Comisión Nacional de la Competencia, la Comisión Nacional de Energía, la Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones, la Comisión Nacional del Sector Postal, el Consejo Estatal de Medios Audiovisuales, la Comisión de Regulación Económica Aeroportuaria y el Comité de Regulación Ferroviaria se entenderán realizadas a la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia o al ministerio correspondiente según la función de que se trate».

Con fecha 27 de febrero de 2015 la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, de conformidad con lo establecido en el Real Decreto 437/2010, de 9 de abril, ha remitido a la Dirección General de Política Energética y Minas el informe denominado «Informe sobre el cálculo del importe pendiente de cobro a 31 de diciembre de 2014, de los derechos de cobro cedidos al Fondo de Titulización del Déficit del Sistema Eléctrico (FADE)» aprobado por la Sala de Supervisión Regulatoria en su sesión de fecha 22 de enero de 2015.

En dicho informe, de acuerdo con lo establecido en el artículo 9 del Real Decreto 437/2010, de 9 de abril, la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia ha remitido el importe pendiente de cobro a 31 de diciembre de 2014, de cada uno de los derechos de cobro cedidos al Fondo de Titulización del Déficit del Sistema Eléctrico. En el texto del mismo se recoge que «Para calcular el importe pendiente de cobro a 31 de diciembre de 2014, se ha seguido el procedimiento establecido en el artículo 9.2.ii del Real Decreto 437/2010, de 9 de abril, y que se detalla a continuación:

1. Se toma como importe inicial el importe pendiente de cobro a 31 de diciembre de 2013 reconocido en la Resolución de 18 de febrero de 2014 de la Dirección General de Política Energética y Minas…

2. Dicha cantidad se incrementa con los intereses anuales reconocidos, resultantes de la aplicación del tipo de interés de devengo, conforme a lo dispuesto en el artículo 9.2.ii.b).

El tipo de interés aplicable es la tasa interna de rendimiento (TIR) media ponderada de las emisiones vivas a 30 de noviembre de 2013, incluidas comisiones, más un diferencial de 30 puntos básicos, según lo establecido en el artículo 8.2 del R.D. 437/2010. El cálculo ha sido remitido por parte de la Sociedad Gestora a la CNMC en fecha 30 de diciembre de 2013, resultando un tipo de interés del 4,768%.

3. De la cantidad resultante de la operación descrita en el punto 2, se deduce el importe de la anualidad reconocida a dichas emisiones en la Orden IET/107/2014, de 31 de enero, por la que se revisan los peajes de acceso a partir del 1 de enero de 2014.»

Por todo ello, de acuerdo con lo establecido en la disposición adicional vigésimo primera de la Ley 54/1997, de 27 de noviembre y en el Real Decreto 437/2010, de 9 de abril, la Dirección General de Política Energética y Minas resuelve:

Establecer el importe pendiente de cobro a 31 de diciembre de 2014, de conformidad con lo establecido en el artículo 9 del Real Decreto 437/2010, de 9 de abril, por el que se desarrolla la regulación del proceso de titulización del déficit del sistema eléctrico, de cada uno de los derechos de cobro cedidos al Fondo de Titulización del Déficit del Sistema Eléctrico, que asciende a 21.145.047.212,16 euros, con el desglose siguiente:

Emisión

Importe en € pendiente de cobro a 31/12/2014

1ª emisión

1.610.929.472,03

2ª emisión

1.619.378.503,50

3ª emisión

1.627.471.718,69

4ª emisión

824.298.992,83

5ª emisión

1.263.849.531,04

6ª emisión

267.310.059,29

7ª emisión

81.343.507,54

8ª emisión

103.526.847,10

9ª emisión

81.393.712,52

10ª emisión

484.625.660,66

11ª emisión

124.375.406,76

12ª emisión

213.419.030,52

13ª emisión

193.099.714,91

14ª emisión

312.786.634,44

15ª emisión

140.474.757,65

16ª emisión

137.844.965,31

17ª emisión

171.093.428,03

18ª emisión

202.235.029,30

19ª emisión

498.250.475,03

20ª emisión

113.564.320,86

21ª emisión

107.382.392,50

22ª emisión

728.342.328,00

25ª emisión

69.506.682,25

26ª emisión

100.765.730,03

27ª emisión

1.574.960.474,10

28ª emisión

89.706.301,93

29ª emisión

145.154.700,58

30ª emisión

151.644.378,55

31ª emisión

631.182.608,73

32ª emisión

79.770.962,12

33ª emisión

153.961.667,93

34ª emisión

61.857.665,92

35ª emisión

87.923.020,10

36ª emisión

80.365.714,97

37ª emisión

1.366.418.750,78

38ª emisión

68.825.908,12

39ª emisión

1.648.893.809,13

40ª emisión

58.154.200,96

41ª emisión

1.877.305.607,71

42ª emisión

249.386.793,68

43ª emisión

418.239.890,65

44ª emisión

286.871.679,18

45ª emisión

1.037.154.176,23

Total

21.145.047.212,16

Contra la presente resolución cabe interponer Recurso de Alzada ante el Secretario de Estado de Energía en el plazo de un mes, de acuerdo con lo establecido en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Madrid, 1 de abril de 2015.–La Directora General de Política Energética y Minas, María Teresa Baquedano Martín.

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