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Documento BOE-A-2015-3849

Resolución de 8 de abril de 2015, de la Subsecretaría, por la que se publica el Acuerdo de la Comisión para la determinación de tarifas TRAGSA por el que se actualizan las tarifas de los precios simples de las encomiendas de prestación de servicios.

Publicado en:
«BOE» núm. 86, de 10 de abril de 2015, páginas 31175 a 31176 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas
Referencia:
BOE-A-2015-3849

TEXTO ORIGINAL

El Real Decreto 1072/2010, de 20 de agosto, por el que se desarrolla el régimen jurídico de la Empresa de Transformación Agraria, Sociedad Anónima, y de sus filiales, establece en el punto 8 del artículo 3, que la resolución por la que se aprueben las tarifas se publicará en el «Boletín Oficial del Estado» por el Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, a propuesta del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente.

En consecuencia, una vez aprobada por Acuerdo de la Comisión para la determinación de las tarifas de TRAGSA, la actualización de las tarifas de los precios simples de las encomiendas de prestación de servicios, tras la entrada en vigor de la Ley 28/2014, de 27 de noviembre, por la que se modifica entre otra la Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicho Acuerdo, que figura como anexo a esta Resolución.

Madrid, 8 de abril de 2015.–La Subsecretaria de Hacienda y Administraciones Públicas, Pilar Platero Sanz.

ANEXO
Acuerdo Comisión para la determinación de las Tarifas de TRAGSA y TRAGSATEC

Encomiendas de prestación de servicios

1. Antecedentes.

Con motivo de la entrada en vigor de la Ley 28/2014, de 27 de noviembre, por la que se modifica entre otras la Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del impuesto sobre el valor añadido, a partir del 1 de enero de 2015 quedan no sujetas al impuesto sobre el valor añadido (IVA) e impuesto general indirecto canario (IGIC) las encomiendas de prestación de servicios a las empresas del Grupo Tragsa (atendiendo a la clasificación de entrega de bienes y prestación de servicios en la Ley 37/1992, artículos 8 y 11 respectivamente).

2. Aplicación.

Como consecuencia de la entrada en vigor de la nueva Ley 28/2014, se acuerda incrementar los precios simples de las tarifas Tragsa con los coeficientes aprobados con el objeto de incorporar el mayor coste de producción que suponen las cuotas soportadas por impuestos indirectos que no son fiscalmente deducibles, para su aplicación en los presupuestos de las actuaciones no sujetas al impuesto sobre el valor añadido (IVA) e impuesto general indirecto canario (IGIC) el porcentaje aprobado a continuación.

Estos coeficientes también serán de aplicación en las unidades valoradas mediante precios de usuario específicos por no disponer de una tarifa aprobada.

En consecuencia, el presupuesto total de ejecución por Administración de las actuaciones no sujetas a IVA o IGIC será el resultado de aplicar exclusivamente las tarifas aprobadas en el presente acuerdo y, cuando proceda, los precios de usuario calculados de acuerdo con lo previsto en el párrafo anterior.

Estas tarifas permanecerán en vigor durante toda la vida de la encomienda.

En el supuesto de alteración de la proporción que representen las cuotas de impuestos indirectos no deducibles, dichos coeficientes serán actualizados anualmente para su aplicación a las encomiendas que se formalicen después de cada actualización.

3. Coeficiente para la actualización de los precios simples.

El coeficiente a aplicar representa la proporción del importe total de la cuota del impuesto soportado que no es fiscalmente deducible (IVA e IGIC) respecto del total de ingresos (producción neta) del conjunto de actuaciones de prestación de servicios no sujetos a dichos impuestos correspondiente al último ejercicio contable cerrado inmediatamente anterior al de su aplicación.

Los coeficientes por impuestos soportados que no son fiscalmente deducibles calculados con los datos del ejercicio 2014 y que serán de aplicación a las encomiendas quedan establecidos en:

Coeficientes aprobados

 

Resto del territorio nacional

Canarias

TRAGSA

1,1060

1,0188

TRAGSATEC

1,0522

1,0222

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