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Documento BOE-A-2015-3787

Orden AAA/604/2015, de 25 de marzo, por la que se modifica la composición del Tribunal Calificador de las pruebas selectivas para ingreso, por el sistema de promoción interna, en el Cuerpo de Ingenieros Agrónomos, convocadas por Orden AAA/1619/2014, de 1 de septiembre.

Publicado en:
«BOE» núm. 85, de 9 de abril de 2015, páginas 29890 a 29890 (1 pág.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente
Referencia:
BOE-A-2015-3787

TEXTO ORIGINAL

Por Orden AAA/1619/2014, de 1 de septiembre (BOE de 11 de septiembre), se convocaron pruebas selectivas para ingreso, por el sistema de promoción interna, en el Cuerpo de Ingenieros Agrónomos, figurando en su anexo III la composición del Tribunal calificador de estas pruebas.

Habiendo presentado la correspondiente renuncia dos miembros de dicho Tribunal, procede la sustitución de los mismos, quedando el mencionado anexo III modificado en los términos siguientes:

Tribunal titular:

Baja:

Vocal: D. Antonio Flores Lorenzo, Cuerpo de Ingenieros Agrónomos.

Alta:

Vocal: D. José Luis Montero Casado de Amezúa, Escala de Técnicos Facultativos Superiores de Organismos Autónomos del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación.

Tribunal suplente:

Baja:

Secretaria: D.ª Miriam Letón Ruiz, Cuerpo de Ingenieros Agrónomos.

Alta:

Secretaria: D.ª María Dolores Alba Rubio, Cuerpo de Ingenieros Agrónomos.

Contra la presente Orden se podrá interponer, con carácter potestativo, recurso de reposición ante la Ministra de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente en el plazo de un mes desde su publicación o bien recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses desde su publicación, ante los Juzgados Centrales de lo Contencioso Administrativo, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, significándose, que en caso de interponer recurso de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del mismo.

Madrid, 25 de marzo de 2015.–La Ministra de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, P.D. (Orden AAA/838/2012, de 20 de abril), el Subsecretario de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, Jaime Haddad Sánchez de Cueto.

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