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Documento BOE-A-2015-3310

Resolución de 4 de marzo de 2015, de la Dirección de Trabajo y Seguridad Social, del Departamento de Empleo y Políticas Sociales, por la que se acredita al Laboratorio de Análisis Higiénicos de Osalan como laboratorio especializado en el análisis (recuento) de fibras de amianto.

Publicado en:
«BOE» núm. 74, de 27 de marzo de 2015, páginas 26597 a 26598 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Comunidad Autónoma del País Vasco
Referencia:
BOE-A-2015-3310

TEXTO ORIGINAL

Antecedentes de hecho

Primero.

En fecha 31 de julio de 2013, doña Izaskun Urien Azpitarte, Directora general del Instituto Vasco de Seguridad y Salud Laborales/OSALAN, presenta en esta Dirección solicitud de acreditación de idoneidad para el recuento de fibras de amianto para el Laboratorio de Análisis Higiénicos de OSALAN, sito en camino de la Dinamita, s/n, 48903 Barakaldo (Bizkaia), al amparo de lo dispuesto en el anexo II del Real Decreto 396/2006, de 31 de marzo, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud aplicables a los trabajos con riesgo de exposición al amianto.

De conformidad con el procedimiento establecido, este centro directivo remite en fecha 14 de octubre de 2013 dicha solicitud al Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo (INSHT), para su informe.

En fecha 22 de noviembre de 2013 se recibe en esta dirección requerimiento de documentación adicional del INSHT, del que se da traslado a OSALAN.

En fecha 9 de julio de 2014, la Directora de OSALAN aporta la documentación requerida.

Segundo.

En fecha 30 de septiembre de 2014, el INSHT gira la pertinente visita de inspección a las instalaciones del laboratorio de acuerdo con la establecido en el punto 8.3 del anexo II del Real Decreto 396/2006, de 31 de marzo, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud aplicables a los trabajos con riesgo de exposición al amianto.

Tercero.

En fecha 25 de febrero de 2015, tiene entrada en este departamento informe de evaluación y propuesta de acreditación del Laboratorio de Análisis Higiénicos del Instituto Vasco de Seguridad y Salud Laborales / OSALAN remitido por el Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo, en el que se concluye que el laboratorio cumple con lo dispuesto en el protocolo de acreditación del anexo II del Real Decreto 396/2006, de 31 de marzo, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud aplicables a los trabajos con riesgo de exposición al amianto.

Asimismo, en cumplimiento del acuerdo de 26 de marzo de 2009 del Comité Técnico Mixto MTIN-CCAA sobre armonización de homologaciones concedidas por las diferentes autoridades laborales, el informe asigna como contraseña de acreditación del laboratorio a efectos de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado» el código PV-ALA número 1.

Fundamentos de Derecho

Primero.

La competencia para resolver el presente expediente viene atribuida a la autoridad laboral en virtud de lo establecido en Real Decreto 396/2006, de 31 de marzo, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud aplicables a los trabajos con riesgo de exposición al amianto, ostentando en esta comunidad autónoma dicha condición la Dirección de Trabajo y Seguridad Social, de conformidad con lo establecido en los Decretos 20/2012, de 15 de diciembre, del Lehendakari, de creación, supresión y modificación de los Departamentos de la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco y de determinación de funciones y áreas de actuación, y Decreto 191/2013, de 9 de abril, de estructura orgánica y funcional del Departamento de Empleo y Políticas.

Segundo.

El anexo II del Real Decreto 396/2006, de 31 de marzo, antecitado establece tanto los requisitos cuanto el procedimiento para el reconocimiento de la capacidad técnica de los laboratorios especializados en el análisis (recuento) de fibras de amianto.

Tercero.

La resolución que conceda la acreditación se entenderá otorgada con carácter indefinido, tendrá validez en todo el territorio del Estado nacional y surtirá efectos al día siguiente de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Vistos el Real Decreto 396/2006, de 31 de marzo, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud aplicables a los trabajos con riesgo de exposición al amianto, la Ley 30/1992, del 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y demás normas de aplicación, resuelvo:

Primero.

Acreditar el Laboratorio de Análisis Higiénicos del Instituto Vasco de Seguridad y Salud Laborales-OSALAN, situado camino de la Dinamita, s/n, 48903 Barakaldo (Bizkaia), como laboratorio especializado en el análisis (recuento) de fibras de amianto, de acuerdo con lo establecido en el anexo II del Real Decreto 396/2006, de 31 de marzo, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud aplicables a los trabajos con riesgo de exposición al amianto, asignándole la contraseña de acreditación PV-ALA n.º 1.

El laboratorio deberá mantener las condiciones en que se basó su acreditación, extremos que serán verificados en la forma establecida en el protocolo de acreditación. Si como resultado de las comprobaciones efectuadas, la autoridad laboral tuviera constancia del incumplimiento de requisitos que determinaron aquélla, dictará resolución de extinción de la acreditación otorgada.

Segundo.

Notificar esta resolución al interesado para su conocimiento y a los efectos oportunos, haciéndole saber que contra ella puede interponer recurso de alzada ante el Viceconsejero de Empleo y Trabajo en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su notificación, de conformidad con el artículo 114 y concordantes de la Ley 30/1992 del 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, del 13 de enero.

Tercero.

Ordenar la publicación de la presente resolución en el «Boletín Oficial del Estado».

Vitoria-Gasteiz, 4 de marzo de 2015.–El Director de Trabajo y Seguridad Social, José Javier Losantos Omar.

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