En cumplimiento de lo dispuesto sobre revisión anual del censo, en el artículo 2, referente a la publicación de los censos, de la Orden AAA/1510/2014, de 1 de agosto, por la que se establece un plan de gestión para los buques de los censos de las flotas de altura, gran altura y buques palangreros mayores y menores de 100 toneladas de registro bruto, que operan dentro de los límites geográficos de la Comisión de Pesca del Atlántico Nordeste.
Teniendo en cuenta, así mismo, aquellos artículos de esta misma Orden en los que se regula la transmisión de posibilidades de pesca entre buques de las flotas de altura, gran altura y buques palangreros mayores y menores de 100 toneladas de registro bruto, que operan dentro de los límites geográficos de la Comisión de Pesca del Atlántico Nordeste.
Esta Secretaría General de Pesca, oído el sector interesado, resuelve:
Publicar como anexo I de la presente Resolución, las posibilidades de pesca del censo de la flota de altura, gran altura y buques palangreros mayores y menores de 100 toneladas de registro bruto, que tienen derecho a pescar durante el año 2015 dentro de los límites geográficos de la Comisión de Pesca del Atlántico Nordeste.
Publicar como anexo II de la presente Resolución, los coeficientes de esfuerzo del censo de la flota de altura, gran altura y buques palangreros mayores y menores de 100 toneladas de registro bruto, que tienen derecho a pescar durante el año 2015 dentro de los límites geográficos de la Comisión de Pesca del Atlántico Nordeste.
Junto al nombre, código de buque pesquero y asociación a la que pertenece, se indican las posibilidades de pesca, a 31 de diciembre de 2014, para cada una de las especies repartidas con su stock correspondiente, y en el segundo anexo el coeficiente de esfuerzo.
Publicar como anexo III el número de buques, posibilidades de pesca y coeficiente de esfuerzo por zona, de cada asociación.
Esta Resolución producirá efectos a partir del 1 de enero de 2015.
Madrid, 17 de marzo de 2015.–El Secretario General de Pesca, Andrés Hermida Trastoy.
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