Está Vd. en

Documento BOE-A-2015-2881

Resolución de 4 de marzo de 2015, de la Secretaría de Estado de Medio Ambiente, sobre la evaluación de impacto ambiental del proyecto Aumento de capacidad de transporte de la línea eléctrica 400 kV Aragón-Peñaflor.

Publicado en:
«BOE» núm. 65, de 17 de marzo de 2015, páginas 24241 a 24246 (6 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente
Referencia:
BOE-A-2015-2881

TEXTO ORIGINAL

El texto refundido de la Ley de Evaluación de Impacto Ambiental de proyectos, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2008, de 11 de enero (Ley de Evaluación de Impacto Ambiental), prevé que los proyectos públicos o privados consistentes en la realización de las obras, instalaciones o de cualquier otra actividad comprendida en el anexo II, así como cualquier proyecto no incluido en su anexo I que pueda afectar directa o indirectamente a los espacios de la Red Natura 2000, deben ser evaluados por el órgano ambiental a los efectos de determinar con claridad las posibles afecciones y medidas correctoras aplicables al mismo, o, en su caso, el sometimiento al procedimiento de evaluación de impacto ambiental regulado en la sección 1.ª del capítulo II de dicha Ley.

El proyecto Aumento de capacidad de transporte de la línea eléctrica 400 kV Aragón-Peñaflor se encuentra encuadrado en el punto 5 del apartado k, del grupo 9, del referido anexo II.

Los principales elementos del análisis ambiental del proyecto son los siguientes:

1. Objeto, descripción y localización del proyecto. Promotor y órgano sustantivo.

El objeto del proyecto es dotar de mayor capacidad de transporte a la línea existente de 400 kV Aragón-Peñaflor.

Para ello, se realizará el recrecido de 13 apoyos, el retensado de los conductores y el refuerzo de las cimentaciones, lo que requerirá la apertura de caminos de acceso a esos apoyos.

La línea discurre entre la subestación Aragón, en el municipio de Castelnou (Teruel), y la subestación Peñaflor, en el municipio de Zaragoza, y tiene una longitud total de 70 km, pasando por los términos municipales de Escatrón, Sástago, Velilla de Ebro, Gelsa, Pina de Ebro, Osera de Ebro, Villafranca de Ebro y Alfajarín.

El promotor del proyecto es Red Eléctrica de España y el órgano sustantivo es la Dirección General de Política Energética y Minas del Ministerio de Industria, Energía y Turismo.

2. Tramitación y consultas.

El proyecto tenía entrada en la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental y Medio Natural con fecha 16 de noviembre de 2012.

Con fecha 23 de enero de 2013 se iniciaba el periodo de consultas previas, consultándose a las siguientes entidades:

Organismo consultado

Respuesta

Confederación Hidrográfica del Ebro del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente.

X

Ayuntamiento de Gelsa.

 

Ayuntamiento de Osera de Ebro.

X

Ayuntamiento de Pina de Ebro.

 

Ayuntamiento de Velilla de Ebro.

 

Ayuntamiento de Villafranca de Ebro.

 

Asociación Naturalista de Aragón (ANSAR).

 

SEO/Birdlife.

 

Dirección General de Patrimonio Cultural del Departamento de Educación, Universidad Cultura y Deporte del Gobierno de Aragón.

X

Dirección General de Calidad Ambiental del Departamento de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente Gobierno de Aragón.

 

Diputación Provincial de Zaragoza.

 

Subdelegación del Gobierno en Zaragoza.

X

Ecologistas en Acción de Aragón.

 

Instituto Aragonés de Gestión Ambiental del Departamento de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente del Gobierno de Aragón.

X

Dirección General de Conservación de Medio natural del Departamento de Agricultura, Ganadería y Medio ambiente del Gobierno de Aragón.

 

Subdirección General de Medio Natural de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental y Medio Natural del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente.

 

Como consecuencia de las consultas y del análisis realizado, se solicitó información adicional al promotor. En concreto, debía dar respuesta a la petición del INAGA de ampliar el análisis a las actuaciones que se realizasen fuera de la Red Natura 2000, y completar el documento aportando un calendario de obras, medidas para reducir al máximo la ocupación en los apoyos situados sobre el hábitat 1520 Vegetación gipsícola ibérica (Gypsophiletalia) y la definición de las medidas para cumplir los requisitos del Real Decreto 1432/2008, de 29 de agosto, por el que se establecen medidas para la protección de la avifauna contra la colisión y la electrocución el líneas de alta tensión, y del Decreto 34/2005, del Gobierno de Aragón, por el que se establecen las normas de carácter técnico para las instalaciones eléctricas aéreas con objeto de proteger la avifauna.

La nueva documentación recibida incluye esos análisis y medidas preventivas y correctoras adicionales que se recogen en el apartado siguiente, además del acta de la reunión mantenida entre REE y el personal del Servicio de Biodiversidad del Gobierno de Aragón para consensuar las medidas, y el informe final del INAGA, en el que informa favorablemente el proyecto.

3. Análisis según los criterios del anexo III.

Una vez analizada la documentación que obra en el expediente, y considerando las respuestas recibidas a las consultas practicadas, y teniendo en cuenta el diseño finalmente adoptado para el proyecto, se realiza el siguiente análisis para determinar la necesidad de sometimiento del proyecto al procedimiento previsto en la sección 1.ª del capítulo II del texto refundido de la Ley de Evaluación de Impacto Ambiental de proyectos, según los criterios del anexo III.

Características del proyecto. Las actuaciones que se llevarán a cabo para ejecutar el proyecto serán:

Recrecimiento de algunos apoyos para aumentar la distancia respecto al suelo, la vegetación o las infraestructuras.

Refuerzo de obra civil: en los apoyos recrecidos deberá reforzarse la cimentación, para lo que se realizará una excavación de 5 m3 y se necesitará habilitar un área de ocupación temporal.

Retensado de vanos: tensado del cable entre algunos vanos para aumentar la distancia respecto al suelo, la vegetación o las infraestructuras.

Caminos de acceso: para llevar la maquinaria necesaria para la excavación y montaje de apoyos (grúas, vehículos 4x4, camión pluma, etc) y el tensado del cable (en este caso solo hará falta un vehículo 4x4 para los operarios).

Los apoyos a recrecer y su localización son los siguientes:

Término municipal

Provincia

Apoyo Nº

Recrecido (m)

Escatrón.

Zaragoza.

10

5

Escatrón.

Zaragoza.

11

5

Escatrón.

Zaragoza.

17

5

Escatrón.

Zaragoza.

20

4

Sástago.

Zaragoza.

22

4

Sástago.

Zaragoza.

31

4

Gelsa.

Zaragoza.

61

4

Pina de Ebro.

Zaragoza.

77

5

Pina de Ebro.

Zaragoza.

101

5

Villafranca del Ebro.

Zaragoza.

109

4

Villafranca del Ebro.

Zaragoza.

110

4

Alfajarín.

Zaragoza.

131

5

Villamayor de Gállego.

Zaragoza.

156

4

Ubicación del proyecto. La unidad de vegetación predominante en el ámbito de estudio es el terreno agrícola, principalmente formado por cultivos herbáceos de cereal de secano en su mayor parte, cultivos leñosos de olivos y almendros, y zonas de regadío en la vega del Ebro.

Aparecen también matorrales gipsófilos asociados a suelos con yesos y otras sales y que coinciden con el hábitat de interés comunitario prioritario 1520 Vegetación gipsícola ibérica (Gypsophiletalia).

En lugares alterados y de sustratos removidos aparece el matorral halonitrófilo, en el que destaca la presencia del al-arba (Krascheninnikovia ceratoides), especie relicta incluida en el Catálogo de Especies amenazadas de Aragón como vulnerable.

Existen también zonas de pastizal xerofítico con presencia del hábitat de interés comunitario prioritario 6220 Zonas de subestépicas de gramíneas y anuales del Thero-Brachypodietea, y zonas con vegetación de ribera.

En cuanto a las fauna, y centrándose en las aves que son las que presentan mayor interés en estos proyectos, en general aparecen especies típicas de medios abiertos de ambiente mesomediterráneo, que usan la zona sobro todo como área de campeo. Entre ellas, cabe destacar el milano real, aguilucho pálido, cernícalo primilla, aguilucho cenizo, alimoche, águila azor-perdicera, sisón común, ganga ibérica, ganga ortega, avutarda.

El proyecto discurre por los Lugares de Importancia Comunitaria (LIC) ES2430082 Monegros y ES2430083 Montes de Alfajarín-Saso de Osera, y a las Zonas de Especial Protección para las Aves (ZEPA) ES0000181 La Retuerta y Saladas de Sástago y ES0000180 Estepas de Monegrillo y Pina.

Se sitúa también en áreas críticas para el cernícalo primilla, a las áreas de importancia para las aves (IBA) Los Monegros (Sur) y Estepas de Monegrillo-Pina, al ámbito de aplicación del Plan de Ordenación de los Recursos Naturales de los Sotos y Galachos del río Ebro y al ámbito de aplicación del Plan de Ordenación de los Recursos Naturales de las Zonas Esteparias de Monegros Sur.

Características del potencial impacto. De los 13 apoyos a recrecer 7 se localizan en campos de cultivo, 5 en áreas de vegetación natural y 1 en un campo de cultivo abandonado que ha recuperado la vegetación silvestre.

Puesto que no se cambia el trazado de la línea, ni la disposición de cables, ni su sección, no son previsibles impactos nuevos apreciables sobre las especies de avifauna de la zona. No obstante, los riesgos existentes podrán reducirse con las medidas de señalización de los cables de tierra en los vanos entre los apoyos a recrecer indicadas por el INAGA. Además, se ha fijado un calendario de obras entre los meses de agosto a febrero que evitará posibles molestias durante el periodo de cría.

En cuanto a la posible afección a la vegetación se limita a los entornos de los apoyos a recrecer y los accesos a acondicionar, que, dada la red de caminos existentes, en todo caso serán mínimos, por lo que solo habrá desbroces puntuales y en la mayoría de los casos inexistentes. Además, se prevé restaurar las zonas afectadas tras las obras.

Para el caso de los apoyos 17, 20, 22, 31 y 77 y 109, se prevén desbroces puntuales para el acondicionamiento de los accesos, y en el apoyo 22 puede necesitarse la tala o poda de algún pie de pino carrasco. En concreto en el 109, la vegetación de los márgenes del camino a acondicionar en sus primeros 100 m está formada por matorral halonitrófilo correspondiente al hábitat de interés comunitario 1430 Matorrales halonitrófilos (Pegano-Salsoletea), y el resto (a lo largo de unos 175 m) y en la zona dónde se realizarán las excavaciones necesarias para el refuerzo de la cimentación del apoyo, se corresponde con matorral gipsófilo, considerado hábitat de interés prioritario 1520* Vegetación gipsícola ibérica (Gypsophiletalia).

También en los apoyos 20, 22, 31, 77, 101 será necesario eliminar puntualmente la cubierta vegetal natural para la excavación de la cimentación. El 101 también se encuentra sobre el hábitat de interés comunitario 1520, pero la afección será puntual y solo en la base del apoyo.

Durante la fase de campo se recorrieron las zonas de vegetación natural próximas a los apoyos a recrecer incluidos en el ámbito de protección del al-arba (Krascheninnikovia ceratoides) y a los viales de acceso a los mismos y no se detectó la presencia de la especie. No obstante, está prevista la realización de una prospección botánica previa para localizar ejemplares en aquellas zonas de ubicación de accesos y en el entorno de los apoyos a recrecer que se encuentren dentro del Plan de Conservación de esta especie, especialmente en el n.º 77 y 109. El INAGA indica que debe prospectarse también los accesos y zonas de obra de los apoyos 110 a 61 para la especie Boleum asperum, y 31 para la especie Thymus loscosii.

Por tanto, no es previsible que se causen efectos apreciables sobre la vegetación y los LIC analizados.

Teniendo en cuenta todo ello, y a propuesta de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental y Medio Natural, este Ministerio resuelve de acuerdo con la evaluación de impacto ambiental practicada según la sección 2.ª del capítulo II, artículos 16 y 17, y el análisis realizado con los criterios del anexo III del texto refundido de la Ley de Evaluación de Impacto Ambiental de proyectos, no es previsible que el proyecto Aumento de capacidad de transporte de la línea eléctrica 400 kV Aragón-Peñaflor, cumpliendo los requisitos ambientales que se desprenden de la presente Resolución, vaya a producir impactos adversos significativos, por lo que no se considera necesaria la tramitación prevista en la sección 1.ª del capítulo II de dicha Ley.

Esta Resolución se hará pública a través del Boletín Oficial del Estado y de la página web del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente (www.magrama.es), debiendo entenderse que no exime al promotor de obtener las autorizaciones ambientales que resulten legalmente exigibles.

Contra esta Resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer potestativamente recurso de reposición ante esta Secretaría de Estado, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de su notificación, de conformidad con lo establecido en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, o bien recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, en el plazo de dos meses, a partir del día siguiente al de su notificación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 11.1.a) de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Dicho recurso no podrá ser interpuesto hasta que el anterior recurso potestativo de reposición sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta.

Madrid, 4 de marzo de 2015.–El Secretario de Estado de Medio Ambiente, Federico Ramos de Armas.

Aquí aparece una imagen en el original. Consulte el documento PDF oficial y auténtico.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid