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Documento BOE-A-2015-2403

Orden JUS/378/2015, de 23 de febrero, por la que se determina la estructura y se aprueban las relaciones de puestos de trabajo de la oficina judicial de Barakaldo.

Publicado en:
«BOE» núm. 56, de 6 de marzo de 2015, páginas 20537 a 20539 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Justicia
Referencia:
BOE-A-2015-2403

TEXTO ORIGINAL

Las relaciones de puestos de trabajo se configuran como un instrumento de ordenación de las estructuras internas de la Administración de Justicia, por lo que se debe proceder a su aprobación, todo ello a efectos de dar cumplimiento a previsto en los artículos 521, 522 y 523 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, y 100 y 101 del Reglamento Orgánico del Cuerpo de Secretarios Judiciales, aprobado por el Real Decreto 1608/2005, de 30 de diciembre.

La ordenación del personal y su integración en las distintas unidades que conforman la estructura de las Oficinas Judiciales, tal y como se establece en el artículo 521 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, se realizará a través de las relaciones de puestos de trabajo que se aprueben y que, en todo caso, serán públicas.

Por ello, se hace preciso adaptar la actual plantilla orgánica de puestos de trabajo a las previsiones contenidas en la referida Ley Orgánica a través de las Relaciones de Puestos de Trabajo con las especificaciones contenidas en el artículo 521 de la referida Ley.

Esta orden ministerial ha sido informada por el Consejo General del Poder Judicial, negociada con las organizaciones sindicales más representativas, oído el Consejo del Secretariado y teniendo en consideración las propuestas y comentarios de las Comunidades Autónomas afectadas.

En su virtud dispongo:

Artículo 1. Aprobación de las Relaciones de Puestos de Trabajo de determinadas unidades de la Oficina Judicial y los códigos a valorar.

Se aprueban las relaciones de puestos de trabajo de las unidades que componen la oficina judicial en los partidos judiciales en Barakaldo que se contienen en el anexo I de esta orden así como los códigos de méritos a valorar recogidos en el anexo II.

Disposición final única. Entrada en vigor.

La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 23 de febrero de 2015.–El Ministro de Justicia, Rafael Catalá Polo.

ANEXO I

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ANEXO II
Descripción de códigos de méritos a valorar

Experiencia en:

121 Orden Jurisdiccional Civil.

122 Orden Jurisdiccional Penal.

123 Orden Jurisdiccional Contencioso.

124 Orden Jurisdiccional Social.

125 Oficinas de Registro y Reparto.

126 Juzgados Mercantil.

127 Juzgados de Familia.

129 Órganos Colegiados.

132 Juzgados de Vigilancia Penitenciaria.

590 Conocimientos en Mediación.

591 Experiencia en Mediación Intrajudicial.

592 Experiencia en Dirección de Grupos de Trabajo.

593 Amplia experiencia en Gestión de Aplicaciones Informáticas.

594 Experiencia en Ejecución Civil.

595 Experiencia en Ejecución Penal.

Observaciones:

DE Dedicación exclusiva.

GU Guardias.

ANÁLISIS

  • Rango: Orden
  • Fecha de disposición: 23/02/2015
  • Fecha de publicación: 06/03/2015
  • Fecha de entrada en vigor: 07/03/2015
Materias
  • Administración de Justicia
  • Bizkaia
  • Demarcación judicial
  • Oficina judicial
  • Relaciones de Puestos de Trabajo

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