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Documento BOE-A-2015-2246

Resolución de 12 de febrero de 2015, de la Dirección General de Innovación y Competitividad, por la que se publica la Adenda al Convenio de colaboración con la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para la adopción de medidas de acompañamiento en la financiación de los proyectos científicos - singulares y de carácter estratégico que se desarrollan en la región.

Publicado en:
«BOE» núm. 52, de 2 de marzo de 2015, páginas 19844 a 19846 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Economía y Competitividad
Referencia:
BOE-A-2015-2246

TEXTO ORIGINAL

El 10 de noviembre de 2006 se firmó un Convenio de colaboración entre la Administración General del Estado y la Junta de Comunidades de Castilla La Mancha para la adopción de medidas de acompañamiento en la financiación de los proyectos científico-singulares y de carácter estratégico que se desarrollen en esa Región.

Para conseguir dicho objetivo el Ministerio aportó un préstamo anticipado a la Junta. La amortización de dicho préstamo por parte de la Junta comenzaba en el año 2012. Por su parte, la Junta de Comunidades de Castilla La Mancha realizó varias convocatorias de ayudas, quedando un remanente que la Junta reintegró al Tesoro Público.

El Ministerio de Economía y Competitividad y la Junta de Comunidades de Castilla La Mancha han suscrito una adenda al Convenio de colaboración mencionado, firmada con fecha 25 de junio de 2014, por la que se modifica el Convenio estableciendo un nuevo cuadro de amortización del préstamo que se ajusta a las cantidades pendientes de amortizar por la Junta tras haber realizado el reintegro mencionado y la amortización de la primera anualidad.

Por tanto, en cumplimiento del artículo 8.2 párrafo tercero de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, y del Acuerdo de Consejo de Ministros de 2 de marzo de 1990, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicha adenda al convenio.

En su virtud resuelvo:

Único.

Hacer pública la presente adenda al convenio de colaboración, mediante su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 12 de febrero de 2015 – La Directora General de Innovación y Competitividad, Maria Luisa Castaño Marín.

ADENDA AL CONVENIO ESPECÍFICO DE COLABORACIÓN ENTRE EL MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y CIENCIA Y LA CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y CIENCIA DE LA JUNTA DE COMUNIDADES DE CASTILLA-LA MANCHA PARA LA ADOPCIÓN DE MEDIDAS DE ACOMPAÑAMIENTO EN LA FINANCIACIÓN DE LOS PROYECTOS CIENTÍFICOS-SINGULARES Y DE CARÁCTER ESTRATÉGICO QUE SE DESARROLLAN EN LA REGIÓN

En Madrid, 25 de junio de 2014.

REUNIDOS

De una parte, D. Luis de Guindos Jurado, Ministro de Economía y Competitividad, nombrado por Real Decreto 1823/2011, de 21 de diciembre, actuando en el ejercicio de la competencia atribuida por el artículo 12.1.g) de la Ley 6/1997,de 14 de abril de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado.

De otra parte, D. Marcial Marín Hellín, Consejero de Educación, Cultura y Deportes de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, nombrado por Decreto 73/2011, de 27 de junio, en representación de la misma y en el ejercicio de las funciones que le están conferidas por la Ley 11/2003, de 25 de septiembre, del Gobierno y del Consejo Consultivo de Castilla-La Mancha.

Ambas partes se reconocen recíprocamente la capacidad legal para la formalización del presente Convenio, así como la representación que tienen acreditada, y en su virtud,

MANIFIESTAN

Primero.

Que con fecha 10 de noviembre de 2006 se firmó un convenio específico de colaboración entre el Ministerio de Educación y Ciencia y la Consejería de Educación y Ciencia de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para la adopción de medidas de acompañamiento en la financiación de los proyectos científico-singulares y de carácter estratégico que se desarrollen en esta Región.

Segundo.

Que para conseguir dicho objetivo se recogía el compromiso de aportar por el Ministerio, de manera anticipada a la ejecución de las actividades a realizar, la cantidad de 12.000.000 euros en forma de crédito reembolsable, a pagar en su totalidad en 2006. El préstamo se otorgaba sin interés y con un plazo de amortización de 20 años, incluidos 5 de carencia a contar desde 2007, realizándose el reembolso entre los años 2012 y 2026 mediante cuota anual de 800.000 euros.

Tercero.

Que del importe total del préstamo (12.000.000 euros), se concedieron y pagaron ayudas por importe de 9.519.872,74 euros, mediante el desarrollo de las cuatro convocatorias efectuadas por esa Consejería:

Convocatoria

Importe

Euros

Orden de 14 de febrero de 2007

3.720.306,75

Orden de 4 de junio de 2008

432.350,15

Orden de 20 de mayo de 2009

1.038.639,00

Orden de 25 de mayo de 2010

4.328.576,84

Cuarto.

Que, una vez realizadas las citadas convocatorias y presentadas las justificaciones correspondientes, quedó un remanente del préstamo por importe de 2.480.127,26 euros, que no ha podido ser aplicado para acompañar a nuevas convocatorias estatales dado que las mismas han dejado de publicarse, por lo que la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha procedió a su devolución al Tesoro Público, con fecha 20 de junio de 2012.

Quinto.

Que, asimismo, la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, con fecha 21 de diciembre de 2012, ingresó la primera cuota de amortización del préstamo por importe de 800.000 euros, de acuerdo con lo previsto en la cláusula segunda del Convenio.

Sexto.

Que, en consideración a lo anteriormente expuesto, y de acuerdo con la Resolución de 8 de mayo de 2013, de la Secretaría de Estado de Investigación, Desarrollo e Innovación, se procede a partir del ejercicio 2013 a sustituir las cuotas anuales inicialmente previstas (800.000 euros) por las establecidas en el nuevo cuadro de amortización, con la finalidad de adecuar las cantidades a reembolsar al importe que actualmente está pendiente de devolver el Ministerio y que asciende a 8.719.872,74 euros.

Séptimo.

Que la Comisión de Seguimiento regulada en el convenio, en su reunión de 26 de septiembre de 2013 aprobó el cuadro de amortización resultante de las modificaciones habidas como consecuencia del reembolso del remanente del préstamo por importe de 2.480.127,26 euros, así como del ingreso de la primera cuota de amortización por importe de 800.000 euros.

De conformidad con todo lo expuesto anteriormente, ambas partes acuerdan la suscripción de esta adenda por la que se modifica el Convenio suscrito el 10 de noviembre de 2006, con arreglo a las siguientes cláusulas:

Primera. Modificación de la cláusula cuarta.

Se modifica el último párrafo del punto dos de la cláusula cuarta, quedando de la siguiente forma:

El préstamo se otorgará sin interés y con un plazo de amortización de 20 años, incluidos 5 de carencia, a contar desde 2007. El reembolso del préstamo pendiente de devolver se realizará de acuerdo con el siguiente cuadro de amortización:

Anualidad

Cuota (€)

2012

800.000,00

2013

622.848,05

2014

622.848,05

2015

622.848,05

2016

622.848,05

2017

622.848,05

2018

622.848,05

2019

622.848,05

2020

622.848,05

2021

622.848,05

2022

622.848,05

2023

622.848,05

2024

622.848,05

2025

622.848,05

2026

622.848,09

Total

9.519.872,74

Segunda. Vigencia.

La presente adenda surtirá efectos desde su firma hasta la extinción del Convenio.

Estando las partes conformes con el contenido de esta adenda, y para que conste, se firma la misma, por duplicado, en el lugar y fecha arriba indicados.–El Ministro de Economía y Competitividad. Luis de Guindos Jurado.–El Consejero de Educación, Cultura y Deportes de la Junta de Comunidades de Castilla La Mancha, Marcial Marín Hellín.

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