Está Vd. en

Documento BOE-A-2015-13869

Recurso de inconstitucionalidad n.º 4308-2011, contra los apartados cuatro, cinco, siete, trece, catorce, quince, treinta y cuarenta y ocho del artículo único de la Ley 9/2010, de 18 de octubre, de modificación de la Ley 15/2001, de 14 de diciembre, de Suelo y Ordenación Territorial de Extremadura.

Publicado en:
«BOE» núm. 303, de 19 de diciembre de 2015, páginas 119699 a 119699 (1 pág.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Tribunal Constitucional
Referencia:
BOE-A-2015-13869

TEXTO ORIGINAL

El Pleno del Tribunal Constitucional, por auto de 15 de diciembre actual, ha acordado tener por desistido al Abogado del Estado, en la representación que legalmente ostenta, en el recurso de inconstitucionalidad número 4308-2011, promovido contra los apartados cuatro, cinco, siete, trece, catorce, quince, treinta y cuarenta y ocho del artículo único de la Ley 9/2010, de 18 de octubre, de modificación de la Ley 15/2001, de 14 de diciembre, de Suelo y Ordenación Territorial de Extremadura, declarando extinguido el proceso. Dicho recurso fue admitido a trámite por providencia de 13 de septiembre de 2011, publicada en el «Boletín Oficial del Estado» núm. 232, de 27 de septiembre de 2011.

Madrid, 15 de diciembre de 2015.–La Secretaria de Justicia del Pleno del Tribunal Constitucional, Herminia Palencia Guerra.

ANÁLISIS

  • Rango: Auto
  • Fecha de disposición: 15/12/2015
  • Fecha de publicación: 19/12/2015
Referencias anteriores
  • DECLARA:
    • la extinción, por desistimiento del recurrente, del Recurso 4308/2011 (Ref. BOE-A-2011-15161).
    • la extinción, por desistimiento del recurrente, en relación con el art. único.4, 5, 7, 13 a 15, 30 y 48 de la Ley 9/2010, de 18 de octubre, de modificación de la Ley 15/2001, de 14 de diciembre (Ref. BOE-A-2010-16823) y (Ref. BOE-A-2002-2286).
Materias
  • Extremadura
  • Ordenación del territorio
  • Suelo
  • Urbanismo

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid