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Documento BOE-A-2015-13749

Resolución de 26 de octubre de 2015, de la Dirección General de Agricultura y Ganadería de la Consejería de Medio Ambiente, Administración Local y Ordenación del Territorio, por la que se resuelve favorablemente la modificación del pliego de condiciones de la Denominación de Origen "Vinos de Madrid".

Publicado en:
«BOE» núm. 301, de 17 de diciembre de 2015, páginas 119006 a 119006 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Comunidad de Madrid
Referencia:
BOE-A-2015-13749

TEXTO ORIGINAL

Con fecha 22 de mayo de 2014, el Consejo Regulador de la Denominación de Origen «Vinos de Madrid» solicitó la modificación del pliego de condiciones de esta denominación.

Mediante Resolución de 14 de abril de 2015 de la Dirección General del Medio Ambiente, de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio de la Comunidad de Madrid, se dio publicidad a la solicitud de modificación de la Denominación de Origen «Vinos de Madrid». Esta Resolución fue publicada en el «Boletín Oficial del Estado» de fecha 21 de mayo de 2015, y con ella se inició el procedimiento nacional de oposición, abriéndose un plazo de información pública para oposición de terceros de dos meses, de acuerdo con el artículo 10 del Real Decreto 1335/2011, de 3 de octubre, por el que se regula el procedimiento para la tramitación de las solicitudes de inscripción de las denominaciones de origen protegidas y de las indicaciones geográficas protegidas en el registro comunitario y la oposición a ellas, modificado por el Real Decreto 149/2014, de 7 de marzo.

El plazo para la presentación de las declaraciones de oposición acabó el 21 de julio de 2015 sin que haya habido oposición alguna; por ello, se da por finalizado este procedimiento preliminar y procede dictar la resolución favorable a la modificación del pliego de condiciones de la Denominación de Origen «Vinos de Madrid».

La Comunidad de Madrid, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 26.3.1.4 de la Ley Orgánica 3/1983, de 25 de febrero de Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Madrid, en la redacción dada por la Ley Orgánica 5/1998, de 7 de julio, tiene la competencia exclusiva en materia de agricultura, ganadería e industrias agroalimentarias, de acuerdo con las bases y la ordenación de la actividad económica general.

La Consejería de Medio Ambiente, Administración Local y Ordenación del Territorio tiene competencias en la materia, de acuerdo con lo establecido en el Decreto 194/2015, de 4 de agosto, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica la Consejería de Medio Ambiente, Administración Local y Ordenación del Territorio.

Por todo ello, cumplidos los preceptivos trámites reglamentarios, vistas las disposiciones citadas y demás de general y pertinente aplicación, resuelvo:

Otorgar la decisión favorable a la modificación del pliego de condiciones de la Denominación de Origen «Vinos de Madrid» y ordenar la publicación de esta Resolución en el «Boletín Oficial del Estado».

El pliego de condiciones y el documento único pueden consultarse en la página web de la Comunidad de Madrid, en la dirección siguiente:

http://www.madrid.org.

Contra esta Resolución, que no agota la vía administrativa, cabe interponer recurso de alzada en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado» ante el Viceconsejero de Medio Ambiente, Administración Local y Ordenación del Territorio, conforme a lo establecido en el artículo 114.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común».

Madrid, 26 de octubre de 2015.–El Director General de Agricultura y Ganadería, José Luis Sanz Vicente.

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