De conformidad con lo establecido en los artículos 119 a 125 del Real Decreto 1608/2005, de 30 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico del Cuerpo de Secretarios Judiciales, se anuncia la provisión, por el sistema de libre designación, de los puestos de trabajo cuya descripción se especifica en el anexo de la presente convocatoria con arreglo a las siguientes bases:
1. Los puestos de trabajo que se convocan podrán ser solicitados por los funcionarios pertenecientes al Cuerpo de Letrados de la Administración de Justicia de la categoría primera, segunda y tercera, que se encuentren en situación de servicio activo o en cualesquiera otras que comporten la reserva del puesto de trabajo, en el momento de finalización del plazo de presentación de solicitudes.
2. No podrán tomar parte en este concurso:
a) Los declarados suspensos en firme, mientras dure la suspensión.
b) Los Letrados de la Administración de Justicia que se encuentren en situación de excedencia voluntaria sin reserva de plaza.
c) Los sancionados con traslado forzoso fuera del municipio de destino hasta que trascurran los plazos de uno o tres años a los que se refiere el artículo 538 de la Ley Orgánica del Poder Judicial.
d) No podrán participar los Secretarios de Gobierno o Secretarios Coordinadores a los efectos de lo dispuesto en la Disposición transitoria Cuarta de la Ley Orgánica 7/2015, de 21 de julio, por la que se modifica la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial.
3. Podrán participar en este proceso los Letrados de la Administración de Justicia destinados en cualquier partido judicial del territorio nacional que cumplan los requisitos anteriores en la fecha en que termine el plazo de presentación de las solicitudes de participación y las mantengan hasta la resolución definitiva del concurso.
Los interesados deberán presentar sus solicitudes, en las que harán constar sus datos personales, puesto de trabajo actual y puesto al que aspiren así como indicar los méritos que aleguen, en el plazo de diez días naturales contados desde el siguiente al de la publicación de la presente convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.
Las solicitudes se dirigirán al Sr. Secretario General de la Administración de Justicia, debiendo tener entrada en el Registro General del Ministerio de Justicia, calle Bolsa, n.º 8 (28071 Madrid) o en la forma prevista en la normativa de procedimiento administrativo vigente.
Dentro del plazo de presentación de instancias y con carácter obligatorio se deberá remitir copia de la instancia a la siguiente dirección de correo electrónico: letradosaj@mjusticia.es. En los diez días siguientes a la finalización de aquel plazo, los interesados deberán presentar toda la documentación que quieran hacer valer, junto con la copia sellada de su solicitud, en la Secretaría de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia que corresponda al puesto para cuya cobertura participan, así como copia compulsada de la documentación acreditativa de los méritos que se aleguen, entre los que se pueden encontrar el conocimiento del idioma y el derecho foral propio de la Comunidad Autónoma en la que radique el puesto de trabajo que se solicita.
Ningún participante podrá anular o modificar su instancia una vez terminado el plazo de presentación de las mismas, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 71 de la Ley 30/1192, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Junto con la documentación se presentará una memoria firmada en la que, en una extensión no superior a diez folios, el candidato realizará un análisis de las tareas del puesto solicitado, condiciones y medios necesarios para su desempeño, propuesta de mejora en el desarrollo de las funciones y todas aquellas funciones que el aspirante considere de interés o importancia con base en las funciones del puesto.
El Ministerio de Justicia o el Secretario de Gobierno correspondiente podrán realizar una entrevista personal a los solicitantes.
1. Transcurrido el plazo correspondiente para la presentación de las solicitudes y examinadas y valoradas todas ellas, el Secretario de Gobierno propondrá al candidato que considere más idóneo para desempeñar el puesto de Director de los Servicios Comunes, que será nombrado por el Ministerio de Justicia, previo informe del órgano competente de las Comunidades Autónomas con competencias asumidas en materia de Justicia respecto de los puestos de trabajo radicados en sus territorios.
2. Junto con la propuesta, los Secretarios de Gobierno, remitirán al Ministerio de Justicia toda la documentación relacionada con las solicitudes tramitadas.
La resolución de la presente convocatoria se llevará a cabo mediante Orden del Ministro de Justicia.
Los nombramientos deberán efectuarse en un plazo no superior a tres meses a partir de la finalización del plazo de presentación de solicitudes y se realizará a propuesta del Secretario de Gobierno del territorio en el que se encuentre el puesto de trabajo.
Las plazas ofertadas podrán declararse desiertas.
Contra la presente orden, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso contencioso administrativo, de conformidad con lo establecido en la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente a la publicación de la presente Orden en el «Boletín Oficial del Estado». Todo ello sin perjuicio de la interposición de Recurso potestativo de Reposición, ante el mismo órgano que lo dictó, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a su publicación, conforme lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 4/1999, de 13 de enero, de modificación de la Ley de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Madrid, 4 de diciembre de 2015.–La Secretaria de Estado de Justicia, Carmen Sánchez-Cortés Martín.
I. Descripción del puesto.
Nombre del puesto |
Código |
Complemento específico (anual) |
---|---|---|
Director del Servicio Común Ordenación del Procedimiento, Murcia |
2010 |
11.308,80 |
Director del Servicio Común de Ejecuciones, Murcia |
2010 |
11.308,80 |
Director del Servicio Común General, Murcia |
2010 |
10.602,00 |
UPAP compatibiliza y Director del SCPG (GU), Azpeitia (Gipuzkoa) |
2236 |
13.226,04 |
Director del Servicio Común Procesal General y de Ejecución, Eibar (Gipuzkoa) |
2015 |
12.405,24 |
UPAD compatibiliza y Director del Servicio Común Procesal General (GU), Amurrio (Álava) |
2236 |
13.226,04 |
Director del Servicio Común Procesal General y de Ejecución, Bergara (Gipuzkoa) |
2015 |
12.405,24 |
Director del Servicio Común Procesal General y de Ejecución, Durango (Bizkaia) |
2015 |
12.405,24 |
Director del Servicio Común Procesal General y de Ejecución, Guernika-Lumo (Bizkaia) |
2015 |
12.405,24 |
UPAD compatibiliza y Director del Servicio Común General (GU), Olot (Girona) |
2242 |
8.242,20 |
UPAD compatibiliza y Director del Servicio Común General (GU), La Seu d´Urgell (Lleida) |
2242 |
8.242,20 |
II. Forma de provisión: Libre designación.
III. Especificaciones derivadas de las funciones a desempeñar:
Experiencia en gestión de grupos de trabajo y Recursos Humanos.
Experiencia en técnicas directivas.
Conocimientos de los correspondientes aplicativos informáticos de gestión procesal.
Experiencia en los distintos órdenes jurisdiccionales.
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