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Documento BOE-A-2015-1349

Real Decreto 61/2015, de 2 de febrero, por el que se desafecta un bien del Patrimonio Nacional y se incorpora al patrimonio de la Administración General del Estado.

Publicado en:
«BOE» núm. 36, de 11 de febrero de 2015, páginas 11771 a 11771 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de la Presidencia
Referencia:
BOE-A-2015-1349

TEXTO ORIGINAL

El Consejo de Administración del Patrimonio Nacional, en su sesión de 19 de junio de 2012, acordó aceptar la donación de un automóvil (n.º de chasis ZFF73SKT2C0180466).

Posteriormente, y previa propuesta de S.M. el Rey, el Consejo de Administración del Patrimonio Nacional, en su sesión de 16 de diciembre de 2014, adoptó el acuerdo de iniciación de los trámites necesarios para la desafectación del citado automóvil.

Para proceder en ese sentido, el Ministerio de la Presidencia, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 19 del Reglamento de la Ley reguladora del Patrimonio Nacional, aprobado por Real Decreto 496/1987, de 18 de marzo, ha solicitado el preceptivo informe de la Dirección General del Patrimonio del Estado, que ha sido evacuado en un sentido favorable a la desafectación del citado bien.

Según el artículo 20 de esta misma norma reglamentaria, la desafectación se debe acordar por el Consejo de Ministros mediante real decreto.

En su virtud, a propuesta de la Vicepresidenta del Gobierno y Ministra de la Presidencia, y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 30 de enero de 2015,

DISPONGO:

Artículo 1. Desafectación.

El automóvil con n.º de chasis ZFF73SKT2C0180466 queda desafectado del Patrimonio Nacional.

Artículo 2. Integración en el patrimonio del Estado.

Practicadas las actuaciones previstas en el artículo 20.2 del Reglamento de la Ley 23/1982, de 16 de junio, reguladora del Patrimonio Nacional, aprobado por el Real Decreto 496/1987, de 18 de marzo, el bien desafectado quedará integrado en el patrimonio de la Administración General del Estado.

Disposición final única. Eficacia jurídica.

El presente real decreto producirá efectos jurídicos desde el mismo día de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Dado en Madrid, el 2 de febrero de 2015.

FELIPE R.

La Vicepresidenta del Gobierno y Ministra de la Presidencia,

SORAYA SÁENZ DE SANTAMARÍA ANTÓN

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