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Documento BOE-A-2015-13062

Acuerdo de 19 de noviembre de 2015, de la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial, por el que se nombran Magistrada suplente y Juezas sustitutas para el año judicial 2015/2016, en el ámbito de los Tribunales Superiores de Justicia de Cantabria y Cataluña.

Publicado en:
«BOE» núm. 288, de 2 de diciembre de 2015, páginas 113826 a 113826 (1 pág.)
Sección:
II. Autoridades y personal - Nombramientos, situaciones e incidencias
Departamento:
Consejo General del Poder Judicial
Referencia:
BOE-A-2015-13062

TEXTO ORIGINAL

La Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial, en su reunión del día de la fecha, ha acordado nombrar para el año judicial 2015/2016, de conformidad con lo dispuesto en los articulos 105.3 y 109 del Reglamento 2/2011, de 28 de abril, de la Carrera Judicial, a la magistrada suplente y juezas sustitutas que a continuación se relacionan, en el ámbito de los Tribunales Superiores de Justicia de Cantabria y Cataluña:

Doña Ana Gutiérrez Castañeda, magistrada suplente de la Audiencia Provincial de Cantabria.

Doña Encarnación Sánchez Salelles, doña Yolanda Pardo González, doña Mireia Peña Vigorós, doña Yolanda Vara Alen y doña Eva Cañadas Parellada, juezas sustitutas de los Juzgados de Arenys de Mar, Badalona, Berga, Cerdanyola del Vallés, Cornellá de Llobregat, El Prat de Llobregat, Esplugues de Llobregat, Gavá, Granollers, Igualada, L’Hospitalet de Llobregat, Manresa, Martorell, Mataró, Mollet del Vallés, Rubí, Sabadell, Sant Boi de Llobregat, Sant Feliú de Llobregat, Santa Coloma de Gramenet, Terrassa, Vic, Vilafranca del Penedés y Vilanova i la Geltrú (Barcelona).

Doña María José LLanes del Barrio, jueza sustituta de los Juzgados de Tarragona, Amposta, Falset, Gandesa, Reus, Tortosa, Valls y El Vendrell (Tarragona).

Contra el presente acuerdo cabe interponer recurso Contencioso-Administrativo ante la Sala Tercera del Tribunal Supremo en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado». Potestativamente, podrá interponerse recurso de reposición ante la Comisión Permanente, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a la publicación del presente acuerdo. En este último caso, no se podrá interponer el recurso contencioso-administrativo, hasta que se haya resuelto el recurso de reposición o se haya producido la desestimación presunta del mismo.

Madrid, 19 de noviembre de 2015.–El Presidente del Consejo General del Poder Judicial, Carlos Lesmes Serrano.

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