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Documento BOE-A-2015-12965

Orden DEF/2531/2015, de 23 de noviembre, por la que se modifica la Orden DEF/974/2012, de 23 de abril, sobre delegación de competencias en materia de administración de los créditos del presupuesto, de aprobación del gasto y de su compromiso y de propuestas de pago, en el ámbito del Ministerio de Defensa.

Publicado en:
«BOE» núm. 286, de 30 de noviembre de 2015, páginas 113047 a 113048 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Defensa
Referencia:
BOE-A-2015-12965
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/o/2015/11/23/def2531

TEXTO ORIGINAL

Desde el año 2012, fecha de promulgación de la Orden DEF/974/2012, hasta el presente año de 2015, se ha ido evolucionando desde una organización de gestión de las retribuciones del personal totalmente descentralizada en el Órgano Central y los Ejércitos, a una organización mixta, con los créditos de personal centralizados en la Subdirección General de Servicios Económicos y Pagadurías, con gestión descentralizada de los mismos en los Ejércitos, para, finalmente, quedar implantada desde el 1 de enero de 2015 una organización y una gestión íntegramente centralizadas en la Subdirección General de Servicios Económicos y Pagadurías.

Todo este proceso ha tenido su fundamentación en las sucesivas modificaciones de las competencias delegadas por el Sr. Ministro de Defensa en los diversos órganos participantes en la gestión de las retribuciones.

En este sentido, tal como se indica en la introducción de la Orden DEF/2427/2013, de 17 de diciembre, la nómina, hasta 2013, se gestionaba de forma descentralizada (Órgano Central. Ejércitos y Armada). Dada la complejidad de la gestión de los procesos de la nómina y del poco tiempo disponible para la centralización de la gestión de la misma en el Servicio Presupuestario 01. Ministerio y Subsecretaría (SP01), razones de prudencia aconsejan establecer un régimen transitorio durante 2014, de forma que si bien los créditos están consignados en el SP01, la gestión de los mismos se seguirá llevando a cabo durante dicho año 2014 en el Órgano Central (OC), Ejércitos y la Armada.

La Orden DEF/2519/2014, de 16 de diciembre, indica que el 1 de enero de 2015 estarán centralizados en el SP01 tanto los créditos del Capítulo 1, como la gestión de la nómina, y añade que establecidos los diferentes procesos y medios necesarios para poder llevar a cabo esta centralización, se considera que la reclamación y abono de retribuciones e indemnizaciones por la participación en Operaciones de Mantenimiento de la Paz y Ayuda Humanitaria, que venía realizándose por los Ejércitos, se están llevando a cabo con una mayor economía de medios, desde el 1 de enero de 2015 por la citada Subdirección General de Servicios Económicos y Pagadurías.

Mediante lo dispuesto en la Orden DEF/2519/2014, de 16 de diciembre, se modifica nuevamente la Orden DEF/974/2012, de 23 de abril, con el fin de completar la transición ya iniciada en el Ejercicio 2013, dando una nueva redacción al ya señalado artículo 4, que queda redactado definitivamente como sigue: se delegan las facultades de aprobación del gasto y su compromiso, del reconocimiento de las obligaciones correspondientes, así como la de proponer los pagos. en el Subdirector General de Servicios Económicos y Pagadurías, en relación con los créditos referentes a la nómina del personal, incluidos los correspondientes a las cuotas sociales, así como los créditos asignados para los gastos de personal originados por los miembros de la Guardia Civil y los intérpretes, con motivo de su participación en las diferentes Operaciones de Mantenimiento de la Paz y Ayuda Humanitaria».

Se aprecia que la existencia de una tipología de personal: Guardia Civil e Intérpretes, con motivo de su participación en las diferentes Operaciones de Paz y Ayuda Humanitaria, restringe la posible inclusión en el futuro de cualesquiera otro personal –Técnicos cualificados de otras administraciones, personal del CNI, o cualquier otro que se decida– y que resulte necesario en aquellas operaciones en que sea autorizada su participación por las instancias competentes, a tenor del perfil profesional requerido para cada Zona de Operaciones.

Queda, por tanto, concluida la asunción de todas las competencias en materia retributiva del personal en el Subdirector General de Servicios Económicos y Pagadurías.

Con este fin, se considera necesario modificar lo dispuesto en el artículo 4.1.a) de la Orden DEF/2427/2013, de 17 de diciembre, por la que se modifica la Orden DEF/974/2012, de 23 de abril, sobre delegación de competencias en materia de administración de los créditos del presupuesto, de aprobación del gasto y de su compromiso y de propuestas de pago, en el ámbito del Ministerio de Defensa, al objeto que el personal participante en OMP,s y de Ayuda Humanitaria u otras Operaciones en el exterior, pueda percibir las indemnizaciones y retribuciones que devengue, a través de la Subdirección General de Servicios Económicos y Pagadurías.

Finalmente, como consecuencia de la entrada en vigor de la Orden Ministerial 8/2015, de 21 de enero, por la que se desarrolla la organización básica de las Fuerzas Armadas, y aprobado en fecha 2 de febrero de 2015 el Plan de transición a la estructura orgánica revisada del Ejército del Aire, procede efectuar la supresión del Centro de Responsabilidad de Gasto 220 «Jefatura de Apoyo Operativo», del Mando Aéreo General, cuyas funciones y responsabilidades en materia presupuestaria pasarán al Mando de Apoyo Logístico.

En su virtud, y al amparo de lo dispuesto en el artículo 13 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, dispongo:

Artículo único.

La Orden DEF/974/2012, de 23 de abril, sobre delegación de competencias en materia de administración de los créditos del presupuesto, de aprobación del gasto y de su compromiso y de propuestas de pago, en el ámbito del Ministerio de Defensa, queda modificada como sigue:

Uno. El artículo 1 f) queda redactado como sigue:

«f) Servicio Presupuestario 22. Ejército del Aire:

Centros de Responsabilidad de Gasto del Servicio Presupuestario 22 “Ejército del Aireˮ.

221 MALOG.222 Mando de Personal.

223 Dirección de Asuntos Económicos.

228 Jefatura de Servicios Técnicos y Sistemas de Información.»

Dos. El artículo 4.1 queda redactado como sigue:

«Se delegan en el Subdirector General de Servicios Económicos y Pagadurías las facultades de aprobación del gasto y su compromiso, reconocimiento de las obligaciones correspondientes y propuesta de los pagos en relación con los créditos del Capítulo 1 referentes a la nómina de personal, incluido el personal ajeno al departamento que participe en Operaciones de Mantenimiento de la Paz y de Ayuda Humanitaria; sin perjuicio de la delegación de facultades contenida en el párrafo dos de este artículo para el resto de créditos de dicho capítulo.»

Disposición derogatoria única. Quedan derogadas cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan a lo establecido en esta Orden ministerial.
Disposición final única. Entrada en vigor.

La presente Orden ministerial entrará en vigor el día siguiente de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 23 de noviembre de 2015.–El Ministro de Defensa, Pedro Morenés Eulate.

ANÁLISIS

  • Rango: Orden
  • Fecha de disposición: 23/11/2015
  • Fecha de publicación: 30/11/2015
  • Fecha de entrada en vigor: 01/12/2015
Referencias anteriores
  • MODIFICA los arts. 1 f) y 4.1 de la Orden DEF/974/2012, de 23 de abril (Ref. BOE-A-2012-6204).
  • DE CONFORMIDAD con el art. 13 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre (Ref. BOE-A-1992-26318).
  • CITA Orden DEF/166/2015, de 21 de enero (Ref. BOE-A-2015-1232).
Materias
  • Delegación de atribuciones
  • Ministerio de Defensa

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