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Documento BOE-A-2015-12117

Resolución de 23 de octubre de 2015, de la Secretaría General de Universidades, por la que se fija la cuantía de la compensación económica de los ejercicios 2014 y 2015, para las entidades colaboradoras en la gestión de las ayudas para estancias de movilidad posdoctoral en centros extranjeros, gestionadas por la Dirección General de Política Universitaria, en el marco del Estatuto del personal investigador en formación.

Publicado en:
«BOE» núm. 268, de 9 de noviembre de 2015, páginas 106197 a 106198 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación, Cultura y Deporte
Referencia:
BOE-A-2015-12117

TEXTO ORIGINAL

Por Orden ECI/266/2008, de 6 de febrero, («Boletín Oficial del Estado» de 9 de febrero de 2008) se establecieron las bases reguladoras de la concesión de subvenciones públicas en el marco de la línea instrumental de actuación en recursos humanos del Plan Nacional de Investigación Científica, Desarrollo e Innovación Tecnológica (I+D+i) 2008-2011.

En el apartado 5 del punto cuarto de dicha orden, relativo a los beneficiarios y sus requisitos y las entidades colaboradoras, se indica que las convocatorias podrán recoger la existencia de entidades colaboradoras que habrán de cumplir los requisitos y las obligaciones recogidas en la Ley General de Subvenciones para los beneficiarios de las subvenciones. Así mismo en el apartado 6 se dice que a través de las entidades colaboradoras se podrá efectuar el pago de la ayuda a los beneficiarios cuando así lo disponga la convocatoria.

De conformidad con dicha normativa y las respectivas convocatorias, las universidades y organismos de adscripción de beneficiarios de ayudas para estancias de movilidad posdoctoral, han venido suscribiendo el correspondiente convenio de colaboración. En el mencionado convenio se establece que, de conformidad con el artículo 16, número 3 m) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, la entidad colaboradora recibirá como compensación por los costes derivados por su participación en la gestión de las ayudas, una subvención proporcional al número de beneficiarios activos, cuya cuantía se fijará anualmente a través de resolución de la Secretaría General de Universidades.

Las ayudas concedidas para el programa de estancias de movilidad posdoctoral en centros extranjeros gestionado por la Dirección General de Política Universitaria, de la Secretaría General de Universidades, estaban sujetas al ámbito de aplicación del Real Decreto 63/2006, por el que se aprueba el Estatuto del personal investigador en formación lo que se reflejaba en las diferentes convocatorias.

Por las razones expuestas, esta Secretaría General ha resuelto:

1. Con el objeto de dar cumplimiento a lo establecido para el subprograma de ayudas para estancias de movilidad posdoctoral en centros extranjeros, del Programa Nacional de Movilidad de Recursos Humanos de Investigación, en el marco del Plan Nacional de Investigación Científica, Desarrollo e Innovación 2008-2011 y en los correspondientes convenios firmados con las entidades colaboradoras, la compensación económica por los costes derivados por su participación en la gestión de estas ayudas se establece en doscientos cincuenta euros por beneficiario y año. .

2. La compensación correspondiente al ejercicio 2014, por importe de 20.750 euros y la cantidad de 250 euros por el ejercicio de 2015, por la única beneficiaria activa en este ejercicio, se financiará con cargo a la aplicación presupuestaria 18.07.463A.788.06 de los Presupuestos Generales del Estado del ejercicio 2015.

3. En el Anexo de la presente resolución se relacionan las entidades colaboradoras y la cuantía de la compensación que les corresponde por el número de beneficiarios en activo durante los ejercicios 2014 y 2015.

Madrid, 23 de octubre de 2015.–El Secretario General de Universidades, P. D. (Orden ECD 465/2012, de 2 de marzo), el Director General de Política Universitaria, Jorge Sainz González.

ANEXO
Importe de la compensación económica a las entidades colaboradoras, por la gestión de ayudas para estancias de movilidad posdoctoral en centros extranjeros, en el marco del Estatuto del Personal investigador en formación y convenio de colaboración

Ejercicio 2014

Organismo

Beneficiarios

Importe total por Organismo

Consejo Superior de Investigaciones Cientificas

4

1.000

Fundació per a la Universitat Oberta de Catalunya

1

250

Fundacion Española para la Ciencia y la Tecnología

53

13.250

Inst. Nal. de Invest. y Tecnología Agraria y Alimentaria (INIA)

1

250

Instituto Español de Oceanografía

1

250

Universidad Autónoma de Barcelona

2

500

Universidad Autónoma De Madrid

1

250

Universidad Carlos III

1

250

Universidad Complutense de Madrid

2

500

Universidad de Alcalá de Henares

2

500

Universidad de Almería

1

250

Universidad de Cantabria

1

250

Universidad de Granada

4

1.000

Universidad de La Rioja

1

250

Universidad de las Islas Baleares

1

250

Universidad de Murcia

1

250

Universidad de Valencia / Estudi General

1

250

Universidad de Vigo

1

250

Universidad Pablo Olavide de Sevilla

2

500

Universidad Politécnica de Madrid

1

250

Universidad Pompeu Fabra

1

250

Total beneficiarios

83

20.750

Ejercicio 2015

Organismo

Beneficiarios

Importe total por Organismo

Fundación Española para la Ciencia y la Tecnología

1

250

Total beneficiarios

1

250

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