Vista la instancia suscrita por don Diego Egea Quesada, funcionario de carrera del Cuerpo de Profesores Técnicos de Formación Profesional, de la Comunidad Autónoma de Andalucía, en solicitud de que le sea aceptada la renuncia a su condición de funcionario con efectos de 20 de agosto de 2015.
Teniendo en cuenta la Resolución de 20 de agosto de 2015, de la Dirección General del Profesorado y Gestión de Recursos Humanos, de la Consejería de Educación, de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
Este Ministerio, ha dispuesto:
Aceptar la renuncia formulada por don Diego Egea Quesada, Número de Registro de Personal 7519622457 A0591 y DNI 75196224, a su condición de funcionario de carrera del Cuerpo de Profesores Técnicos de Formación Profesional, con pérdida de todos los derechos adquiridos y causando baja en el citado cuerpo desde el día 20 de agosto de 2015.
La presente orden podrá ser recurrida potestativamente en reposición, en el plazo de un mes y ante el mismo órgano que la ha dictado, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Asimismo, contra esta Orden cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, conforme a lo establecido en el artículo 11.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, y artículo 66 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio del Poder Judicial, en la redacción dada por la Ley Orgánica 6/1998, de 13 de julio, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la fecha de su publicación, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 46.1 de la citada Ley 29/1998.
Madrid, 13 de octubre de 2015.–El Ministro de Educación, Cultura y Deporte, P.D. (Orden ECD/465/2012, de 2 de marzo), el Subsecretario de Educación, Cultura y Deporte, Fernando Benzo Sainz.
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