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Documento BOE-A-2015-10691

Orden ESS/2029/2015, de 25 de septiembre, por la que se anula, en todo lo que se oponga a ésta, la Orden ESS/1607/2015, de 21 de julio, por la que se pone fin al procedimiento convocado por Orden TIN/815/2010, de 18 de marzo.

Publicado en:
«BOE» núm. 238, de 5 de octubre de 2015, páginas 90094 a 90096 (3 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Ministerio de Empleo y Seguridad Social
Referencia:
BOE-A-2015-10691

TEXTO ORIGINAL

Por auto del Juzgado Central de lo Contencioso-administrativo n.º 6, de fecha 11 de septiembre de 2015, se anuló la Orden ESS/1607/2015, de 21 de julio, dictada en ejecución de la sentencia y autos recaídos en la pieza de ejecución 14/2012, seguida en el Juzgado Central de lo Contencioso-administrativo n.º 6, requiriendo a este Ministerio para que en el término de diez días dictara una nueva orden en la que estableciera como día final de efectos del nombramiento del ejecutante el de la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de la citada orden.

Con la finalidad de dar cumplimiento al auto mencionado, a través de la presente orden se resuelve la convocatoria aprobada por la Orden TIN/815/2010, de 18 de marzo, sobre la base de los siguientes:

Antecedentes de hecho

Primero.

Por Orden ESS/1607/2015, de 21 de julio, se puso fin al procedimiento convocado por Orden TIN/815/2010, de 18 de marzo, adjudicando la plaza en ejecución de sentencia a don Nicolás Vázquez de Castro, con efectos iniciales de 18 de noviembre de 2011, fecha de la Orden TIN/3145/2011, anulada por la sentencia de 9 de octubre de 2012, y efectos finales de 18 de octubre de 2012, día anterior a la Orden ESS/2293/2012, por la que se resuelve la posterior convocatoria del puesto de Consejero de Empleo y Seguridad Social en Argentina.

Segundo.

Sobre la citada orden se planteó incidente de ejecución, dando lugar al auto de fecha 11 de septiembre que lo estimó parcialmente, anulando la Orden ESS/1607/2015, de 21 de julio, exclusivamente en el extremo referido al día final de los efectos del nombramiento del ejecutante como Consejero de Empleo y Seguridad Social en Argentina.

Tercero.

La parte dispositiva del auto de 11 de septiembre considera que la Orden ESS/1607/2015, de 21 de julio, es conforme con la ejecución de lo sentenciado, salvo en el extremo en que determina el día final de efectos del nombramiento del ejecutante, debiéndose dictar nueva orden que modifique la anterior, lo que se lleva a cabo en la presente resolución y en base a los siguientes:

Fundamentos de Derecho

Primero.

La presente orden tiene por finalidad dar cumplimiento al citado auto de 11 de septiembre de 2015, acordando la resolución de la convocatoria aprobada por la Orden TIN/815/2010, de 18 de marzo.

Segundo.

La convocatoria aprobada por la Orden TIN/815/2010 tenía por finalidad cubrir la plaza de Consejero del entonces Ministerio de Trabajo e Inmigración en Argentina.

Tercero.

La plaza convocada por la Orden TIN/815/2010 no se halla en la actualidad vacante, al haber sido adjudicada, a través del correspondiente procedimiento administrativo de selección, al que no concurrió el Sr. Vázquez, por Orden ESS/2293/2012, que adjudicó la plaza al actual Consejero de Empleo y Seguridad Social en Argentina y que ha devenido firme al haber desistido el Sr. Vázquez de su impugnación ante los tribunales.

Cuarto.

Resultado de lo anterior fue que la Orden ESS/1607/2015, de 21 de julio, pusiera fin al procedimiento convocado adjudicando la plaza en ejecución de sentencia a don Nicolás Vázquez de Castro, con efectos iniciales de 18 de noviembre de 2011, fecha de la Orden TIN/3145/2011, anulada por la sentencia de 9 de octubre de 2012, y efectos finales de 18 de octubre de 2012, día anterior a la Orden ESS/2293/2012, por la que se resuelve la posterior convocatoria del puesto de Consejero de Empleo y Seguridad Social en Argentina.

Quinto.

Considera el auto que se ejecuta por la presente orden, que la Orden ESS/1607/2015, de 21 de julio, es conforme con la ejecución de la sentencia dictada en las presentes actuaciones, salvo en lo relativo al día final de efectos del nombramiento del ejecutante, pues sólo en el momento de publicarse en el «Boletín Oficial del Estado» la presente orden es cuando se entiende que no puede ejecutarse en su plenitud lo acordado y darse posesión al ejecutante, ya que el puesto está provisto legalmente por un acto posterior firme y no anulado. Hasta ese momento, la resolución producirá todos los efectos valorables para el funcionario ejecutante.

Sexto.

Procede en consecuencia dictar nueva orden que anule la anterior en lo que se refiere a la fecha de finalización de efectos del nombramiento del ejecutante como Consejero de Empleo y Seguridad Social en Argentina y disponga extenderlos hasta la fecha de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», dada la imposibilidad de tomar posesión en un puesto legalmente provisto por un acto firme y consentido por el ejecutante, imposibilidad que de manera literal recoge el fundamento jurídico segundo del citado auto cuando afirma que «esa situación de imposibilidad legal se produce en un momento posterior que es el de la toma de posesión consiguiente al nombramiento del ejecutante. Es a ese momento, en el que la resolución de nombramiento no puede llevarse a cabo con plenitud de sus efectos dando posesión al nombrado por estar ya el puesto provisto por acto firme posterior, al que ha de referirse el día final de los efectos de la adjudicación de aquel que se acuerda en la resolución de la Subsecretaría de 21 de julio de 2015, y no al de la toma de posesión del Consejero actual en virtud de la Orden ESS/2293/2012».

De acuerdo con los anteriores hechos y fundamentos de derecho, se resuelve en el siguiente sentido:

En atención a cuanto se ha expuesto, este Ministerio, en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 13.7 de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado, ha dispuesto poner fin al procedimiento convocado por Orden TIN/815/2010, de 18 de marzo, adjudicando la plaza en ejecución de sentencia a don Nicolás Vázquez de Castro, con efectos iniciales de 18 de noviembre de 2011, fecha de la Orden TIN/3145/2011 que se anula por la sentencia de 9 de octubre de 2012, y efectos finales hasta el día de la publicación de la presente orden en el «Boletín Oficial del Estado», anulándose la Orden ESS/1607/2015, de 21 de julio, en todo lo que se oponga a ésta.

Contra esta orden, que pone fin a la vía administrativa, puede interponerse recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado Central de lo Contencioso-Administrativo, con arreglo a lo dispuesto en el artículo 9.a) de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de su notificación o publicación, o potestativamente y con carácter previo, recurso administrativo de reposición en el plazo de un mes ante el mismo órgano que lo dictó.

Madrid, 25 de septiembre de 2015.–La Ministra de Empleo y Seguridad Social, P.D. (Orden ESS/619/2012, de 22 de marzo), el Subsecretario de Empleo y Seguridad Social, Pedro Llorente Cachorro.

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