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Documento BOE-A-2015-10612

Resolución 420/38138/2015, de 23 de septiembre, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio específico de colaboración con la Universidad Rey Juan Carlos para el desarrollo de diversas actividades relacionadas con la seguridad y la defensa.

Publicado en:
«BOE» núm. 236, de 2 de octubre de 2015, páginas 89701 a 89706 (6 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Defensa
Referencia:
BOE-A-2015-10612

TEXTO ORIGINAL

Suscrito el 30 de julio de 2015, el Convenio específico de colaboración entre el Ministerio de Defensa y la Universidad Rey Juan Carlos para el desarrollo de diversas actividades relacionadas con la Seguridad y la Defensa, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 8.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicho Convenio, que figura como anexo de esta resolución.

Madrid, 23 de septiembre de 2015.–El Secretario General Técnico del Ministerio de Defensa, David Javier Santos Sánchez.

ANEXO
Convenio específico de colaboración entre el Ministerio de Defensa y la Universidad Rey Juan Carlos para el desarrollo de diversas actividades relacionadas con la Seguridad y la Defensa

En Madrid, a 30 de julio de 2015.

REUNIDOS

De una parte, el Excmo. Sr. Almirante General don Fernando García Sánchez, Jefe de Estado Mayor de la Defensa, en uso de las facultades que le fueron delegadas por el titular del Ministerio de Defensa de acuerdo con la Orden DEF/3015/2004, de 17 de septiembre, sobre delegación de competencias en autoridades del Ministerio de Defensa en materia de convenios de colaboración.

De otra parte, el Excmo. Sr. don Fernando Suárez Bilbao, Rector Magnífico de la Universidad Rey Juan Carlos, nombrado mediante Decreto 61/2013, de 18 de julio, del Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid, publicado en el B.O.C.M. núm. 170, de 19 de julio de 2013, de conformidad con el artículo 20 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, así como el artículo 81.1.b) de los Estatutos de la Universidad Rey Juan Carlos, aprobados mediante Decreto 22/2003, de 27 de febrero, del Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid, publicado en el B.O.C.M. núm. 54, de 5 de marzo de 2003, posteriormente modificados mediante Decreto 28/2010, de 20 de mayo, emanado de idéntico órgano, publicado en el B.O.C.M. núm. 137, de 10 de junio de 2010, en nombre y representación de la misma, domiciliada en Móstoles (Madrid) CP 28933, calle Tulipán, s/n, y con C.I.F. Q-2803011B.

Ambas partes, en la representación que ostentan, se reconocen mutua capacidad para obligarse y convenir y

EXPONEN

Primero.

Que el artículo 31 de la Ley Orgánica 5/2005, de 17 de noviembre, de la Defensa Nacional, establece que el Ministerio de Defensa promoverá el desarrollo de la cultura de defensa con la finalidad de que la sociedad española conozca, valore y se identifique con su historia y con el esfuerzo solidario y efectivo mediante el que las Fuerzas Armadas salvaguardan los intereses nacionales. Asimismo, el resto de los poderes públicos contribuirán al logro de este fin.

Por otra parte, la Directiva de Defensa Nacional 2012, de julio de 2012, hace referencia al desarrollo de una comunicación estratégica de la defensa que tendrá como finalidad fomentar una conciencia de defensa de España y, en más profundidad, una cultura de defensa.

Segundo.

Que la Universidad Rey Juan Carlos de Madrid tiene entre sus fines la contribución al desarrollo de la ciencia y la cultura, el compromiso con la sociedad y sus organizaciones de desarrollar programas de formación y especialización profesional superior, así como la promoción y desarrollo de programas de formación continua, propios o en colaboración, que faciliten la inserción laboral y la mejor adaptación de los ciudadanos a los cambios que se operan en el mundo profesional.

Que entre la Universidad Rey Juan Carlos y el Ministerio de Defensa, a través del Centro Superior de Estudios de la Defensa Nacional, en adelante CESEDEN, hay un Acuerdo marco de colaboración, de fecha 7 de marzo de 2000, para enmarcar estos convenios específicos, realizados por medio de la Cátedra de Estudios de la Defensa «Francisco Villamartín», que actúa como agente para la ejecución de actividades docentes, académicas e investigadoras relacionadas con la Seguridad y la Defensa y que fue sustituido por el Convenio marco de colaboración de fecha 7 de agosto de 2012.

Por lo expuesto, las partes acuerdan suscribir el presente convenio específico, que se regirá por las siguientes

CLÁUSULAS

Primera. Objeto del convenio.

Este convenio tiene por objeto articular la colaboración entre el Ministerio de Defensa, en adelante MINISDEF, y la Universidad Rey Juan Carlos, en adelante URJC, para el desarrollo de las siguientes actividades, que por parte del Ministerio de Defensa serán ejecutadas por el CESEDEN:

a) Organizar un Seminario permanente sobre Seguridad y Defensa.

b) Organizar anualmente una Jornada de estudio sobre Seguridad y Defensa.

c) Impartir conferencias relacionadas con la Seguridad y la Defensa dentro del ámbito de los másteres oficiales de la URJC.

d) Participar en alguna actividad del Máster de Formación de Profesorado de Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato, Formación Profesional y Enseñanza de Idiomas.

e) Otras actividades relacionadas con las anteriores, no especificadas y relacionadas con la Seguridad y Defensa.

La docencia correspondiente a estas actividades académicas será impartida por profesores de la URJC y expertos designados por la URJC y el CESEDEN. La responsabilidad de la coordinación y el seguimiento académico recaerá, en todo caso, en el director de la Cátedra «Francisco Villamartín», nombrado por la URJC.

Segunda. Aportaciones de las partes.

1. La URJC se compromete, durante el tercer cuatrimestre del año 2015 y el año natural 2016, a:

a) Organizar, con la colaboración del CESEDEN, el Seminario permanente sobre Seguridad y Defensa. Este seminario consistirá en un ciclo de conferencias, que se impartirán de forma rotatoria en los diversos campus, estructuradas y definidas con un programa que se ofrecerá a los alumnos de la URJC al principio de curso. El seminario llevará el reconocimiento de hasta un máximo de 2 ECTS («European Credit Transfer System») para los alumnos de la URJC. Todos aquellos alumnos que realicen el seminario completo podrán presentar un trabajo final, que podrá ser reconocido con un máximo de 0,5 ECTS. En este convenio se contemplan las conferencias correspondientes al VIII Seminario, que se iniciará en el tercer cuatrimestre de 2015 y las correspondientes al IX Seminario, que se iniciará en el segundo cuatrimestre de 2016.

b) Organizar, junto con el CESEDEN, una jornada de estudio anual sobre Seguridad y Defensa. Se realizará alternativamente en la URJC y en el CESEDEN, con cargo a sus propios presupuestos.

c) Participar en actividades relacionadas con la cultura de Seguridad y Defensa en el «Máster de Formación de Profesorado de Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato, Formación Profesional y Enseñanza de Idiomas», del curso 2015, que convoca la URJC, así como en la convocatoria de 2016.

d) Impartir las asignaturas de máster sobre temas relacionados con la Seguridad y la Defensa que a continuación se relacionan:

1. Tercer cuatrimestre del año 2015.

– Asignatura «Perspectivas históricas del terrorismo», dentro del «Máster Universitario en Análisis y Prevención del Terrorismo» (6 ECTS).

2. Año 2016.

– Una asignatura de interés para la temática de Seguridad y Defensa dentro del «Máster Universitario en Ingeniería de Sistemas de Decisión» (6 ECTS).

– Una asignatura de interés para la temática de Seguridad y Defensa dentro del «Máster Universitario en Análisis y Prevención del Terrorismo» (6 ECTS).

– Una actividad de obligada asistencia relacionada con Seguridad y Defensa dentro del «Máster de Formación de Profesorado de Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato, Formación Profesional y Enseñanza de Idiomas».

e) Organizar, junto con el CESEDEN y organismos de Defensa, jornadas de estudio sobre temas específicos. Cada una llevará el reconocimiento de hasta un máximo de 0,5 ECTS:

1. En el tercer cuatrimestre del año 2015:

– Jornada jurídico-militar.

2. En el año 2016:

– Jornada sobre sanidad militar y misiones internacionales.

f) El CESEDEN ofertará a los alumnos de la URJC las actividades académicas que se desarrollen durante el curso en este centro, que serán reconocidas por la URJC como reconocimiento académico de créditos hasta un máximo de 0,6 ECTS.

g) Participar, con profesores e investigadores de la URJC, en actividades específicas del CESEDEN que se consideren convenientes.

h) Intercambio de publicaciones y acceso a los fondos de documentación no clasificada.

i) Colaborar en proyectos de investigación.

j) Apoyar con medios económicos y materiales, según se establece en la cláusula tercera de este convenio.

2. La aportación del MINISDEF se concretará en:

a) Colaborar con la URJC en la organización de los citados Seminarios permanentes sobre Seguridad y Defensa, así como organizar, conjuntamente con la URJC, visitas a instalaciones militares.

b) Organizar, junto con la URJC, la jornada de estudio sobre Seguridad y Defensa y las de carácter específico.

c) Aportar profesores o conferenciantes para las materias que se impartan en la URJC sobre temas relacionados con la Seguridad y la Defensa.

d) Participar con profesores e investigadores del CESEDEN en seminarios, ciclos de conferencias y otras actividades que en el marco de la Universidad pudieran organizarse.

e) Cooperar en la elaboración de los contenidos que pudieran formar parte de los planes de estudios y títulos de las distintas escuelas, facultades o institutos universitarios, dentro de las áreas relacionadas con la Seguridad y la Defensa.

f) Colaborar en proyectos de investigación.

g) Intercambiar publicaciones y acceso a los fondos de documentación no clasificada.

h) Apoyar con medios económicos y materiales, según se establece en la cláusula tercera de este convenio.

i) El CESEDEN otorgará el Certificado de Formación Continua en Estudios permanentes en Seguridad y Defensa a aquellos alumnos que, a criterio de la Comisión Mixta de la Cátedra «Francisco Villamartín», se hayan hecho acreedores del mismo, participando en las actividades ofertadas cada año por el CESEDEN y reconocidas por la URJC.

Tercera. Financiación.

Las actividades amparadas por este convenio serán cofinanciadas con imputación a los presupuestos de gastos de las instituciones firmantes según el siguiente detalle:

a) La URJC cofinanciará el seminario permanente, las asignaturas sobre Seguridad y Defensa y las jornadas de estudio de carácter específico, comprometiéndose, en todo caso, a buscar participación, como entidades colaboradoras, de otras instituciones, a los efectos de financiación y apoyo en las condiciones establecidas por la Comisión Mixta.

b) La jornada de estudios CESEDEN/URJC sobre Seguridad y Defensa no tiene dotación económica.

c) La aportación máxima del MINISDEF para este convenio será de cuatro mil ochocientos cincuenta euros (4.850 euros), imputables al ejercicio económico 2015 y once mil ciento cincuenta euros (11.150 euros), imputables al ejercicio económico 2016. La financiación se hará con cargo a la aplicación presupuestaria 14.02.121N1.226.06 correspondiente a cada ejercicio.

d) La forma de pago será previa presentación de factura por actividad realizada, antes del 10 de diciembre de 2015 para las actividades de ese ejercicio, y del 10 de diciembre de 2016 para las del ejercicio de ese año, junto con la memoria económica y memoria docente, a la que se acompañará la certificación de conformidad del MINISDEF con la realización de dichas actividades y según lo expuesto en el siguiente desglose:

1. Para las asignaturas y actividades a realizar durante el tercer cuatrimestre del ejercicio económico del año 2015:

− Asignatura «Perspectivas históricas del terrorismo» dentro del «Máster Universitario en Análisis y Prevención del Terrorismo», dotada con mil quinientos euros (1.500 euros).

− Sesiones del VIII Seminario Permanente de Seguridad y Defensa (1.ª parte), dotadas con dos mil setecientos cincuenta euros (2.750 euros).

− Jornada de estudio jurídico-militar, dotada con seiscientos euros (600 euros).

2. Para las asignaturas y actividades a realizar durante el año 2016:

− Asignatura «Ingeniería de Sistemas de Decisión,» dentro del «Máster Universitario en Ingeniería de la Decisión», dotada con mil quinientos euros (1.500 euros).

− Sesiones del VIII Seminario Permanente de Seguridad y Defensa (2.ª parte), dotadas con dos mil setecientos cincuenta euros (2.750 euros).

− Jornada de estudio Sanidad militar, dotada con seiscientos euros (600 euros).

− Asignatura «Perspectivas históricas del terrorismo», dentro del «Máster Universitario en Análisis y Prevención del Terrorismo», dotada con mil quinientos euros (1.500 euros).

− Sesiones del IX Seminario Permanente de Seguridad y Defensa (1.ª parte), dotadas con dos mil setecientos cincuenta euros (2.750 euros).

− Sesión teórico práctica en el «Máster de Formación de Profesorado de Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato, Formación Profesional y Enseñanza de Idiomas, dotada con mil quinientos euros (1.500 euros).

− Gestión y difusión de actividades, dotado con quinientos cincuenta euros (550 euros).

Cuarta. Medidas de control y seguimiento.

A partir de la firma del presente convenio se constituirá una Comisión Mixta de Control y Seguimiento, en régimen de paridad, que estará constituida de la siguiente forma:

Por parte de la URJC:

El Director de la Cátedra.

Un profesor de la Universidad.

Por parte del MINISDEF:

El Director del CESEDEN o persona en quien delegue.

Un profesor o analista del CESEDEN.

Dicha Comisión será la encargada de la planificación, seguimiento y evaluación de las acciones derivadas de este convenio, así como de resolver los problemas de interpretación y cumplimiento que pudieran presentarse y en concreto:

a) Supervisar, organizar y controlar los detalles de ejecución de las actividades previstas en el presente convenio.

b) Proponer la relación de actividades a realizar y asignaturas a impartir en el curso siguiente, junto con la programación correspondiente y los profesores, coordinadores y departamentos responsables de los mismos.

c) Proponer el tema, lugar y la fecha de realización de la jornada de estudio CESEDEN sobre Seguridad y Defensa.

d) Proponer el tema, lugar y fecha de realización de las jornadas de estudio de carácter específico.

e) Proponer los temas del Seminario permanente sobre Seguridad y Defensa, sus fechas y demás detalles de ejecución.

f) Proponer los temas, lugar y fecha de realización de la jornada de estudio del Máster de Formación de Profesorado de Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato, Formación Profesional y Enseñanza de Idiomas.

g) Remitir al Vicerrectorado de Ordenación Académica la relación de asignaturas y actividades relacionadas con este convenio para las que se solicita el reconocimiento de créditos.

h) Remitir al Vicerrectorado de «Alumnos, Títulos Propios, Postgrado y Unidades Docentes Delegadas» la relación de asignaturas que se solicita incluir en los másteres oficiales.

La periodicidad de las reuniones será anual, con carácter ordinario, y, con carácter extraordinario, cuando se considere necesario a criterio de la Presidencia. El mecanismo de toma de decisiones será el consenso entre las partes.

Quinta. Legislación aplicable y jurisdicción competente.

El presente convenio de colaboración tiene naturaleza administrativa, no siéndole de aplicación el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, en virtud de lo dispuesto en el artículo 4.1. c) del citado texto refundido, salvo que, en ejecución de este convenio, hubieran de suscribirse contratos que, por su naturaleza, tengan la consideración de contratos sujetos a esa Ley.

Con carácter general, para solventar las dudas interpretativas que pudieran plantearse, se observarán los principios establecidos en la indicada Ley y en las demás disposiciones del ordenamiento jurídico administrativo.

En materia presupuestaria, económica y financiera se atendrá al contenido de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria.

Para resolver las controversias y cuestiones litigiosas que pudieran surgir las partes se someten al orden jurisdiccional contencioso-administrativo.

Sexta. Vigencia.

La vigencia de este convenio se extenderá desde el 1 de septiembre de 2015 hasta el 31 de diciembre de 2016 y, en todo caso, hasta la completa ejecución de las obligaciones contempladas en el mismo.

Séptima. Causas de resolución.

Este Convenio podrá resolverse por cualquiera de las siguientes causas:

a) El mutuo acuerdo expreso de las partes, en sus propios términos.

b) La imposibilidad sobrevenida de cumplir el fin.

c) El incumplimiento o irregularidades graves en la ejecución del convenio acreditado por una de las partes.

d) La denuncia del convenio por cualquiera de las partes.

e) Las demás causas establecidas en la legislación vigente.

La decisión de denunciar el convenio por una de las partes será puesta en conocimiento de la otra, de la forma establecida en la normativa vigente, con al menos cuatro meses de antelación a la fecha de su efectividad, teniendo en cuenta, no obstante, que habrán de ser finalizadas con arreglo al mismo, las acciones que en su momento se hallen en curso o este comprometida su realización.

Y en prueba de conformidad de cuanto antecede, firman el presente Convenio en dos ejemplares originales, igualmente válidos, en el lugar y fecha arriba indicados.–Por el Ministerio de Defensa, el Jefe de Estado Mayor de la Defensa, Fernando García Sánchez.–Por la Universidad de Rey Juan Carlos, el Rector Magnífico, Fernando Suárez Bilbao.

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