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Documento BOE-A-2014-9413

Orden IET/1659/2014, de 9 de septiembre, por la que se convoca la provisión de puesto de trabajo por el sistema de libre designación, en las Consejerías de Turismo en las Misiones Diplomáticas de España.

Publicado en:
«BOE» núm. 224, de 15 de septiembre de 2014, páginas 71951 a 71955 (5 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Ministerio de Industria, Energía y Turismo
Referencia:
BOE-A-2014-9413

TEXTO ORIGINAL

Conforme a lo dispuesto en el artículo 80 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público y en el artículo 20.1.b) de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, y de conformidad con el Real Decreto 810/2006, de 30 de junio, de organización, funciones y provisión de puestos de trabajo de las Consejerías de Turismo en las Misiones Diplomáticas de España («Boletín Oficial del Estado» número 167, de 14 de julio de 2006), el Instituto de Turismo de España acuerda anunciar la provisión, por el procedimiento de libre designación, del puesto de trabajo que se relaciona en el anexo I de la presente orden, con arreglo a las siguientes bases:

Primera.

El puesto de trabajo que se convoca por la presente orden podrá ser solicitado por los funcionarios que reúnan los requisitos establecidos para el desempeño del mismo.

De acuerdo con el Real Decreto 810/2006, de 30 de junio, para poder ser designado para un puesto de Consejero/Consejera o Consejero/Consejera Adjunto en una Consejería de Turismo se exigirán los siguientes requisitos:

a) Pertenecer a alguno de los cuerpos de funcionarios de la Administración General del Estado clasificados en el grupo A1 según lo establecido en la correspondiente relación de puestos de trabajo y cumplir los demás requisitos establecidos en el Real Decreto 810/2006, de 30 de junio.

b) Encontrarse a la fecha de publicación de la convocatoria en alguna de las situaciones administrativas relacionadas en el artículo 2 del Reglamento de Situaciones Administrativas de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado, aprobado por Real Decreto 365/1995, de 10 de marzo, excluidas la excedencia voluntaria por interés particular, la excedencia voluntaria incentivada y la suspensión de funciones.

c) Conocer los idiomas que requiera la correspondiente relación de puestos de trabajo y que se especifican en el anexo I de esta convocatoria.

Segunda.

Los interesados dirigirán su solicitud a la Secretaria de Estado de Turismo (Dirección General del Instituto de Turismo de España, calle Capitán Haya, 41 28020 Madrid) alegando los méritos que se consideren oportunos en el anexo II que se adjunta, en el plazo de los quince días hábiles siguientes al de la publicación de esta orden conforme al artículo 53 del Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios de la Administración General del Estado, aprobado por el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo.

Dicha solicitud podrá presentarse en los Registros y oficinas previstos en el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Tercera.

Además de los datos personales y el número de registro de personal, los aspirantes incluirán en la solicitud su currículum vítae, en el que consten títulos académicos, años de servicio, puestos de trabajo desempeñados en las Administraciones Públicas, estudios y cursos realizados, conocimiento de idiomas y otros méritos que estime oportuno poner de manifiesto, y harán constar detalladamente las características del puesto que vinieran desempeñando y el nivel del mismo.

Además deberán aportar una certificación expedida por la unidad de personal del ministerio donde estén destinados. En caso de estar en situación administrativa distinta de la de servicio activo dicha certificación será expedida por el ministerio de adscripción del cuerpo al que pertenezcan. En ella deberá constar la relación de puestos desempeñados desde su ingreso en la Administración General del Estado (con las fechas de toma de posesión y cese en cada uno de los mismos y los años de servicio prestados, todo ello referido a la fecha de publicación de la convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado»).

Cuarta.

La resolución de la presente convocatoria se realizará a propuesta no vinculante de la Comisión Asesora de Destinos en el Exterior.

Dicha resolución, que deberá publicarse en el «Boletín Oficial del Estado», se realizará en el plazo máximo de un mes contado desde la finalización de la presentación de solicitudes. Dicho plazo podrá prorrogarse hasta un mes más.

Quinta.

La Secretaria de Estado de Turismo nombrará al funcionario, oído el Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación. Una vez efectuado dicho nombramiento, se dará traslado del mismo al Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación, a quien corresponde la acreditación ante el Estado receptor.

Debido a la especial característica del puesto convocado, la incorporación al puesto de destino se realizará de manera inmediata a partir de la publicación del nombramiento en el «Boletín Oficial del Estado».

Sexta.

El funcionario público en servicio activo al que se adjudique el puesto deberá adjuntar certificado extendido por la unidad de personal donde se encuentre destinado, especificando el grado personal consolidado y la fecha de consolidación, el nivel del puesto de trabajo que estuvieran desempeñando y el tiempo de servicios reconocidos para el cómputo de trienios.

Séptima.

El funcionario público adjudicatario del puesto de Consejero/Consejera Adjunto de Turismo deberá permanecer en el puesto de trabajo dos años. Este plazo podrá ser prorrogado por períodos anuales hasta tres años más. Las prórrogas se concederán o denegarán, previa petición del funcionario, que tendrá que solicitarlo por escrito antes del 1 de enero del año en que finaliza el plazo inicial de dos años o la prórroga concedida.

Octava.

En lo no previsto en la presente orden se estará a lo dispuesto en el Real Decreto 810/2006, de 30 de junio.

Novena.

Contra la presente orden que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse, potestativamente, recurso de reposición en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de su publicación, ante el órgano que lo ha dictado, o recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses ante el órgano judicial competente (Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa).

Madrid, 9 de septiembre de 2014.–El Ministro de Industria, Energía y Turismo, P.D. (Orden ITC/556/2012, de 15 de marzo), la Secretaria de Estado de Turismo, Isabel María Borrego Cortés.

ANEXO I

Número de orden: 1. Localidad: Dubái. Puesto de trabajo: Consejería de Turismo en Mumbai, Consejero/Consejera Adjunto de Turismo (puesto 2618366). Nivel: 28. Grupo: A1. Complemento específico: 11.769,24. Idioma exigido en RPT: Inglés. Méritos preferentes a valorar:

Haber prestado servicios en la Administración turística del Estado.

Tener experiencia mínima de dos años en puestos o funciones directamente relacionadas con la actividad turística.

Estar desempeñando puestos de trabajo en la Administración turística al tiempo de la publicación de la convocatoria.

Aquí aparecen varias imágenes en el original. Consulte el documento PDF oficial y auténtico.

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