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Documento BOE-A-2014-9140

Orden HAP/1585/2014, de 26 de agosto, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema de promoción interna, en el Cuerpo Técnico de Gestión Catastral.

Publicado en:
«BOE» núm. 217, de 6 de septiembre de 2014, páginas 69819 a 69832 (14 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas
Referencia:
BOE-A-2014-9140

TEXTO ORIGINAL

En cumplimiento de lo dispuesto en el Real Decreto 228/2014, de 4 de abril, por el que se aprueba la oferta de empleo público para el año 2014, y con el fin de atender las necesidades de personal de la Administración Pública, este Ministerio, en uso de las competencias que le están atribuidas en el artículo 13 de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado, previo informe favorable de la Dirección General de la Función Pública, acuerda convocar proceso selectivo para ingreso, por el sistema de promoción interna, en el Cuerpo Técnico de Gestión Catastral.

La presente convocatoria tiene en cuenta el principio de igualdad de trato entre hombres y mujeres por lo que se refiere al acceso al empleo, de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución Española, la Ley 7/2007, de 12 de abril del Estatuto Básico del Empleado Público, la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres y el Acuerdo de Consejo de Ministros, de 28 de enero de 2011, por el que se aprueba el I Plan para la Igualdad entre hombres y mujeres en la Administración General del Estado y sus Organismos Autónomos, y se desarrollará de acuerdo con las siguientes:

Bases comunes

Las bases comunes por las que se regirá la presente convocatoria son las establecidas en la Orden APU/3416/2007, de 14 de noviembre, por la que se establecen las bases comunes que regirán los procesos selectivos para el ingreso o el acceso en cuerpos o escalas de la Administración General del Estado («BOE» del 27) modificada por la Orden PRE/2061/2009, de 23 de julio («BOE» del 30).

Bases específicas

La presente convocatoria se publicará en las páginas web www.060.es y www.minhap.gob.es

1. Descripción de las plazas

1.1 Se convoca proceso selectivo para proveer 4 plazas del Cuerpo Técnico de Gestión Catastral, código 0016, por el sistema de promoción interna.

2. Proceso Selectivo

2.1 El proceso selectivo se realizará mediante las fases de oposición y concurso, con las valoraciones, ejercicios y puntuaciones que se especifican en el anexo I.

Incluirá la superación de un curso selectivo. Para la realización del mismo, los aspirantes que hayan superado las fases de oposición y concurso serán nombrados funcionarios en prácticas por la autoridad convocante.

2.2 Si alguna de las aspirantes no pudiera completar el proceso selectivo a causa de embarazo de riesgo o parto debidamente acreditados, su situación quedará condicionada a la finalización del mismo y a la superación de las fases que hubieran quedado aplazadas, no pudiendo demorarse éstas de manera que se menoscabe el derecho del resto de los aspirantes a una resolución del proceso ajustada a tiempos razonables, lo que deberá ser valorado por el Tribunal, y en todo caso la realización de las mismas tendrá lugar antes de la publicación de la lista de aspirantes que han superado el proceso selectivo.

2.3 Las pruebas selectivas se desarrollarán de acuerdo con el siguiente calendario: el primer ejercicio de la oposición se iniciará a partir del mes de octubre de 2014.

3. Programa

El programa que ha de regir el proceso selectivo es el que figura como anexo II a esta Orden.

4. Titulación

Estar en posesión o en condiciones de obtener el título de Ingeniero Técnico, Diplomado universitario, Arquitecto Técnico o Grado, al finalizar el plazo de presentación de instancias.

Los aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán acreditar que están en posesión de la correspondiente convalidación o de la credencial que acredite, en su caso, la homologación. Este requisito no será de aplicación a los aspirantes que hubieran obtenido el reconocimiento de su cualificación profesional, en el ámbito de las profesiones reguladas, al amparo de las disposiciones de Derecho Comunitario.

5. Requisitos específicos de los aspirantes

Los aspirantes deberán cumplir, al finalizar el plazo de presentación de instancias, los siguientes requisitos:

Pertenecer como funcionario de carrera a alguno de los Cuerpos o Escalas del Subgrupo C1 (excepto suspensos):

1. De la Administración General del Estado.

2. De Cuerpos o Escalas Postales y Telegráficos.

3. Del resto de los ámbitos incluidos en el artículo 2.1 de la Ley 7/2007, de 12 de abril del Estatuto Básico del Empleado Público con destino definitivo en la Administración General del Estado.

Haber prestado servicios efectivos, durante al menos dos años, como funcionario de carrera en Cuerpos o Escalas del Subgrupo C1:

1. De la Administración General del Estado.

2. De Cuerpos o Escalas Postales y Telegráficos.

3. Del resto de los ámbitos incluidos en el artículo 2.1 de la Ley 7/2007, de 12 de abril del Estatuto Básico del Empleado Público.

6. Solicitudes

6.1 Quienes deseen participar en este proceso selectivo deberán hacerlo constar en el modelo oficial de solicitud (modelo 790) que será facilitado, gratuitamente, en internet en la página web del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas: www.060.es

6.2 La presentación se hará por alguno de los medios siguientes:

a) Los interesados podrán presentar solicitudes ante el Registro Telemático del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas «empleo público - Inscripción en procesos selectivos» a través de la dirección de Internet www.seap.minhap.gob.es o en el Portal del ciudadano www.060.es (Trabajo - inscripción en pruebas selectivas).

La presentación de solicitudes por esta vía conllevará en su caso el pago telemático de la tasa de derechos de examen.

En aquellos casos que deba presentarse documentación adicional junto con la solicitud de participación telemática, de conformidad con lo previsto en las bases específicas, ésta deberá ser aportada presencialmente en los lugares previstos en el párrafo siguiente.

b) Igualmente, podrán presentarse en el Registro General del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, calle Alcalá, n.º 9, Madrid, así como en los registros de las Delegaciones y Subdelegaciones del Gobierno de la Administración General del Estado, y se dirigirán a la Subsecretaria del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado duodécimo de la Orden APU/3416/2007, de 14 de noviembre, por la que se establecen las bases comunes que regirán los procesos selectivos para el ingreso o el acceso en cuerpos o escalas de la Administración General del Estado («BOE» del 27) modificada por la Orden PRE/2061/2009, de 23 de julio («BOE» del 30).

6.3 Pago de la tasa de derechos de examen. El ingreso del importe correspondiente a los derechos de examen se efectuará, junto con la presentación de la solicitud, en cualquier banco, caja de ahorros o cooperativa de crédito de las que actúan como entidades colaboradoras en la recaudación tributaria. En la solicitud deberá constar que se ha realizado el correspondiente ingreso de los derechos de examen, mediante validación de la entidad colaboradora en la que se realice el ingreso, a través de certificación mecánica, o en su defecto, sello y firma autorizada de la misma en el espacio reservado a estos efectos.

En aquellos supuestos en los que se haya optado por realizar una presentación de solicitudes a través del Registro Telemático del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, el ingreso del importe se realizará en los términos previstos en la Orden HAC/729/2003, de 28 de marzo, por la que se establecen los supuestos y las condiciones generales para el pago por vía telemática de las tasas que constituyen recursos de la Administración General del Estado y sus organismos públicos, así como en sus resoluciones de desarrollo.

6.4 La presentación de solicitudes se realizará en el plazo de veinte días naturales contados a partir del día siguiente al de la fecha de publicación de la presente Orden en el «Boletín Oficial del Estado». La no presentación de ésta en tiempo y forma supondrá la exclusión del aspirante.

6.5 La solicitud se cumplimentará de acuerdo con las instrucciones del anexo IV.

7. Tribunal

7.1 El Tribunal calificador de este proceso selectivo es el que figura como anexo III a esta Orden y se someterá a lo dispuesto en el Capítulo II del Título II de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

7.2 El Tribunal, de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución Española, velará por el estricto cumplimiento del principio de igualdad de oportunidades entre ambos sexos.

Corresponderá al Tribunal la consideración, verificación y apreciación de las incidencias que pudieran surgir en el desarrollo de los ejercicios, adoptando al respecto las decisiones motivadas que estime pertinentes.

7.3 El Tribunal calificador no podrá introducir medidas de corrección o criterios de valoración y superación de las pruebas que no estén expresamente previstas en estas bases.

7.4 A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el Tribunal tendrá su sede en el Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, Subdirección General de Recursos Humanos, calle Alcalá, n.º 9, planta 4.ª de Madrid, teléfonos 91 5958933, 91 5958783, dirección de correo electrónico: oposiciones.funcionarios@minhap.es

8. Desarrollo del proceso selectivo

El orden de actuación de los aspirantes en la fase de oposición se iniciará alfabéticamente por el primero de la letra «C», según lo establecido en la Resolución de 5 de febrero de 2014, de la Secretaría de Estado de Administraciones Públicas, por la que se publica el resultado del sorteo a que se refiere el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración del Estado.

9. Norma final

Al presente proceso selectivo le será de aplicación la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, el resto de la legislación vigente en la materia y lo dispuesto en la presente Orden.

Contra la presente Orden, podrá interponerse, con carácter potestativo, recurso de reposición ante el Sr. Ministro de Hacienda y Administraciones Públicas en el plazo de un mes desde su publicación o bien recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses desde su publicación, ante los Juzgados Centrales de lo Contencioso-Administrativo, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, significándose, que en caso de interponer recurso de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del mismo.

Asimismo, la Administración podrá, en su caso, proceder a la revisión de las resoluciones del Tribunal, conforme a lo previsto en la citada Ley 30/1992.

Madrid, 26 de agosto de 2014. – El Ministro de Hacienda y Administraciones Públicas, P. D. (Orden HAP/1335/2012, de 14 de junio), la Subsecretaria de Hacienda y Administraciones Públicas, Pilar Platero Sanz.

ANEXO I
Descripción del Proceso Selectivo y Valoración

I. Proceso selectivo

El proceso selectivo constará de las siguientes fases:

A) Oposición.

B) Concurso.

C) Curso selectivo.

A) Fase de oposición.

La fase de oposición constará de tres ejercicios, todos ellos eliminatorios.

Los aspirantes que tengan la condición de funcionarios de organismos internacionales estarán exentos de la realización de aquellos ejercicios que la Comisión Permanente de Homologación considere que tienen por objeto acreditar conocimientos ya exigidos para el desempeño de sus puestos de origen en el organismo internacional correspondiente.

Primer ejercicio: consistirá en la contestación por escrito, en un tiempo máximo de dos horas, a un cuestionario de veinte preguntas, propuesto por el Tribunal, sobre el temario de Derecho Civil y Derecho Mercantil, que figura en el anexo II de la convocatoria.

Segundo ejercicio: consistirá en la resolución por escrito, en un tiempo máximo de cuatro horas, de un supuesto práctico que versará sobre temas relativos a la gestión catastral. Los aspirantes podrán utilizar los textos, libros y apuntes que consideren necesarios para la realización de dicho ejercicio.

Tercer ejercicio: este ejercicio se compondrá de dos partes:

a) Una primera, de dos horas de duración, que consistirá en la contestación por escrito a un cuestionario de quince preguntas propuestas por el Tribunal, sobre el temario de Derecho Financiero y Tributario y Gestión Catastral, que figura en el anexo II de la convocatoria.

b) Una segunda, de dos horas de duración, para desarrollar por escrito un tema propuesto por el Tribunal sobre el temario de Derecho Financiero y Tributario y Gestión Catastral, que figura en el anexo II de la convocatoria.

El tema deberá ser leído por el opositor, en sesión pública, ante el Tribunal, siendo eliminados aquellos opositores que no se presenten a la lectura. El ejercicio deberá escribirse de tal modo que permita su lectura por cualquier miembro del Tribunal, evitando la utilización de abreviaturas o signos no usuales en el lenguaje escrito.

Se adoptarán las medidas precisas para que los aspirantes con discapacidad gocen de similares condiciones que el resto de los aspirantes en la realización de los ejercicios. En este sentido, para las personas con discapacidad que así lo hagan constar en su solicitud, se establecerán las adaptaciones posibles en tiempos y medios para su realización.

B) Fase de concurso.

La fase de concurso, de carácter no eliminatorio, consistirá en la valoración de los siguientes méritos: antigüedad, grado personal consolidado y trabajo desarrollado. La certificación de méritos deberá realizarse según el modelo incluido como anexo V a esta Orden.

Los aprobados dispondrán de un plazo de 20 días naturales, contados a partir del día siguiente al de la publicación de las listas de aprobados de la fase de oposición, para la presentación de la certificación de méritos, debiendo ser expedida por los servicios de personal de los Ministerios u organismos donde presten, o en su caso hayan prestado, sus servicios y en la que consten los méritos a valorar en la fase de concurso.

La no presentación de la certificación en el plazo señalado supondrá la no valoración al aspirante en la fase de concurso.

En los tablones de anuncios de la sede del Tribunal, así como en la página web del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas (http://www.minhap.gob.es) y en el portal 060.es, el Tribunal publicará la relación que contenga la valoración provisional de méritos de la fase de concurso, disponiendo los aspirantes de un plazo de 10 días hábiles, a contar desde el día siguiente al de la publicación de dicha relación, para efectuar las alegaciones pertinentes. Finalizado el referido plazo, el Tribunal publicará la relación con la valoración definitiva de la fase de concurso.

En ningún caso la puntuación obtenida en la fase de concurso podrá aplicarse para superar la fase de oposición.

Finalizada la fase de concurso-oposición, el Tribunal hará pública la relación de aprobados por orden de puntuación en el tablón de anuncios de la sede del Tribunal y en la página web del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas y en el portal 060.es. Dicha relación se publicará mediante Orden en el «Boletín Oficial del Estado», disponiendo los aspirantes propuestos de un plazo de 20 días naturales, desde la publicación oficial, para presentar la documentación acreditativa de los requisitos exigidos en la convocatoria.

C) Curso selectivo.

En el curso se desarrollarán materias relacionadas con las siguientes Áreas: Jurídica, Inmobiliaria y Registral, Financiera, Tributaria, Catastral, así como las de carácter complementario e instrumental útiles para el desempeño de las funciones encomendadas al Cuerpo Técnico de Gestión Catastral, incluyendo un módulo en materia de igualdad de género entre hombres y mujeres y otro en materia de violencia de género.

Todos los aspirantes que superen las fases de oposición y concurso realizarán un curso selectivo en la Escuela de la Hacienda Pública del Instituto de Estudios Fiscales, que deberán superar con aprovechamiento.

Tendrá una duración máxima de tres meses lectivos y comenzará en el plazo máximo de dos meses, a partir de la finalización del plazo fijado para la presentación de la documentación requerida en la Orden por la que se publicará la lista de aprobados de las fases de oposición y concurso.

La asistencia a las clases y actividades que se organicen en el desarrollo del mismo será obligatoria. El incumplimiento de este requisito, salvo causas justificadas, valoradas por la Escuela de la Hacienda Pública del Instituto de Estudios Fiscales, originará la imposibilidad de concurrir a las pruebas que se realicen durante el mismo y, por tanto, se perderá el derecho a ser nombrado funcionario de carrera.

Con el fin de adecuar el disfrute de las vacaciones anuales, se establece que las vacaciones de estos funcionarios, por necesidades del servicio y de acuerdo con el artículo 74 del Texto Articulado de la Ley de Funcionarios Civiles del Estado, aprobado por Decreto 315/1964, de 7 de febrero, abarcarán desde el 1 al 31 del agosto del año en que se realice el curso selectivo.

Los aspirantes que no superen el curso selectivo de acuerdo con el procedimiento de calificación previsto en esta convocatoria, perderán el derecho a su nombramiento como funcionarios de carrera, de acuerdo con lo previsto en el art. 24.1 del Real Decreto 364/1995, mediante resolución motivada de la autoridad convocante, a propuesta del órgano responsable de la evaluación del curso selectivo.

Quienes no pudieran realizar el curso selectivo por causa de fuerza mayor, debidamente justificada y apreciada por la Administración, podrán incorporarse al inmediatamente posterior, intercalándose en el lugar que les corresponda de acuerdo con la puntuación obtenida.

II. Valoración

A) Fase de oposición:

Los ejercicios de la fase de oposición se calificarán de la forma siguiente:

Primer ejercicio: la calificación máxima será de 20 puntos, siendo necesario obtener un mínimo de 10 puntos para acceder al ejercicio siguiente.

Segundo ejercicio: la calificación máxima será de 30 puntos, siendo necesario obtener un mínimo de 15 puntos para acceder al ejercicio siguiente.

Tercer ejercicio: la calificación máxima será de 50 puntos, siendo necesario para superar el ejercicio obtener un mínimo de 25 puntos. Cada una de las dos partes se calificará de 0 a 25 puntos. No se admitirá la compensación en el caso de que la calificación fuera inferior a 9 puntos en alguna de las dos partes.

El Tribunal calificador hará públicas las listas de los aspirantes que hayan superado la calificación mínima de 9 puntos en la primera parte del tercer ejercicio y que, consecuentemente, pueden realizar la lectura del tema escrito. La calificación en la fase de lectura del tema del tercer ejercicio se obtendrá mediante el cálculo de la media aritmética de la suma de las calificaciones otorgadas por los miembros del Tribunal, previa eliminación de la más alta y la más baja.

La calificación final de la fase de oposición estará integrada por la suma de las calificaciones obtenidas en los tres ejercicios.

B) Fase de concurso:

Se valorarán los siguientes méritos:

a) Antigüedad: la antigüedad del funcionario en Cuerpos y Escalas de la Administración General del Estado, en Cuerpos y Escalas Postales y Telegráficos o en Cuerpos y Escalas del resto de Administraciones incluidas en el artículo 2.1 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, en este último caso, con destino definitivo en la Administración General del Estado, teniendo en cuenta los servicios efectivos prestados y reconocidos hasta la fecha de publicación de esta convocatoria al amparo de la Ley 70/1978, de 26 de diciembre, a razón de un punto por año completo de servicios, hasta un máximo de 28 puntos.

b) Grado personal consolidado: según el grado personal que se tenga consolidado el día de la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial del Estado y formalizado a través del acuerdo de reconocimiento de grado por la autoridad competente hasta la fecha de finalización del plazo de presentación del certificado a que se refiere el apartado decimosexto de la Orden APU/3416/2007. Se otorgará la siguiente puntuación:

Grados 11, 12, 13 y 14: 12 puntos.

Grados 15 y 16: 14 puntos.

Grados 17 y 18: 16 puntos.

Grados 19 y 20: 17 puntos.

Grados 21 y siguientes: 18 puntos.

c) Trabajo desarrollado: según el nivel de complemento de destino correspondiente al puesto de trabajo que se ocupe en la Administración General del Estado o en los órganos constitucionales el día de publicación de esta Orden, como funcionario del Subgrupo C1, se otorgará la siguiente puntuación:

Niveles 14 e inferior: 14 puntos.

Nivel 15: 15 puntos.

Nivel 16: 18 puntos.

Nivel 17: 19 puntos.

Nivel 18: 20 puntos.

Nivel 19: 22 puntos.

Nivel 20: 24 puntos.

Niveles 21 o superior: 25 puntos.

La valoración efectuada en este apartado no podrá ser modificada por posteriores reclasificaciones de nivel, con independencia de los efectos económicos de las mismas.

A los funcionarios en comisión de servicios se les valorará el nivel de complemento de destino de su puesto de origen y a los funcionarios en adscripción provisional se les valorará el nivel correspondiente al grado que tengan consolidado o, si no lo tuvieran, el nivel mínimo del Subgrupo C1.

A los funcionarios que se encuentren en la situación de excedencia por el cuidado de familiares se les valorará el nivel del puesto reservado en la Administración General del Estado u órganos constitucionales, y a los funcionarios en la situación de servicios especiales con derecho a reserva de puesto en la Administración General del Estado u órganos constitucionales el nivel del puesto de trabajo en el que les correspondería al efectuar el reingreso.

A los funcionarios que se encuentren desempeñando un puesto de trabajo en situación de servicio activo en órganos constitucionales, con carácter definitivo, se les valorará el nivel de complemento de destino correspondiente a dicho puesto.

C) Curso selectivo:

Se calificará con una puntuación máxima de 30 puntos por el total de los trabajos, necesitándose para aprobar obtener 15 puntos como mínimo.

III. Elección de destinos

La calificación final del proceso selectivo vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en cada una de las fases de oposición, concurso y curso selectivo y determinará la prioridad para la elección de destino.

En caso de empate, el orden se establecerá atendiendo a la mayor puntuación alcanzada en el curso selectivo y en caso de persistir el empate, a la mayor puntuación correspondiente a la fase de concurso y en caso de continuar el empate se atenderá a la nota correspondiente al primero, segundo y tercer ejercicio de la fase de oposición.

ANEXO II
Programa

I. Derecho Civil y Mercantil

Tema 1. El Derecho objetivo. Concepto y clasificaciones. Distinción entre Derecho objetivo y subjetivo. Derecho público y Derecho privado. El Derecho civil español: Sus rasgos distintivos y elementos de su formación histórica. El Código Civil y la legislación complementaria.

Tema 2. El sujeto del Derecho. La persona. Concepto y clases. Nacimiento, extinción. Capacidad. Representación. Nacionalidad. Domicilio. Estado civil. El Registro Civil. Los regímenes económicos del matrimonio.

Tema 3. El objeto del Derecho. Las cosas. Concepto y clasificación. Especial referencia a los bienes muebles e inmuebles, de dominio público y de propiedad privada. El patrimonio. Los frutos. Los gastos y las mejoras.

Tema 4. Los derechos reales. Concepto, naturaleza y caracteres. Diferencias con el derecho de crédito. Clasificación de los derechos reales. Derechos reales reconocidos en la legislación española. Adquisición, pérdida y extinción de los derechos reales.

Tema 5. El derecho real de dominio. Concepto y caracteres. Extensión y contenido. Límites y limitaciones de la propiedad. Protección del dominio y acciones que nacen del mismo. Adquisición del dominio. La teoría del título y el modo. La tradición en el Derecho español. La accesión. La usucapión. La pérdida del dominio.

Tema 6. La posesión. Naturaleza jurídica. Clases. Efectos de la posesión. Adquisición, conservación y pérdida de la posesión. Efectos y protección de la posesión. Deslinde y amojonamiento.

Tema 7. La comunidad de bienes: Concepto y clases. La propiedad horizontal. Naturaleza y ámbito de aplicación. Derechos y obligaciones de los propietarios. Elementos comunes y privativos. Régimen jurídico. Régimen de los complejos inmobiliarios privados. El derecho de aprovechamiento por turnos de bienes inmuebles.

Tema 8. Derechos reales de goce y disfrute. El derecho de usufructo: Concepto, naturaleza y caracteres. Constitución, extinción y transmisibilidad. Derechos y obligaciones del usufructuario y nudo propietario. Derechos de uso y habitación. Los derechos reales de censo, enfiteusis y foro. El derecho de superficie. El derecho de servidumbre.

Tema 9. Los derechos reales de garantía. La hipoteca: Concepto y caracteres. Hipotecas legales e hipotecas voluntarias. Constitución y contenido del derecho real de prenda. La prenda sin desplazamiento. La hipoteca mobiliaria. La anticresis.

Tema 10. El Registro de la Propiedad: Concepto, objeto y fines. Organización del Registro de la Propiedad. Principios que lo informan. La publicidad formal: las certificaciones registrales. La publicidad material: protección registral. Legislación reguladora. Contenido y efectos. Asientos registrales: clases y efectos.

Tema 11. La finca registral. Actos y derecho inscribibles. La inmatriculación de la finca. Medios de inmatriculación. Concordancia entre el Registro de la Propiedad y la realidad. El expediente de dominio y sus distintas finalidades. Su tramitación.

Tema 12. Las declaraciones de obra nueva y la división horizontal. Los excesos de cabida. Modificaciones de la finca registral: la agrupación, la agregación, la segregación y la división de fincas.

Tema 13. La protección del tercero: La fe pública registral. Alcance y ámbito de la fe pública registral. Los Documentos Públicos. Elevación a públicos de documentos privados. Valor probatorio de los documentos públicos y privados.

Tema 14. La obligación: Naturaleza, elementos y clases. El cumplimiento de las obligaciones. Extinción. Prueba de las obligaciones. El negocio jurídico: Concepto y clases. Elementos esenciales del negocio jurídico. La ineficacia e invalidez del negocio jurídico.

Tema 15. El contrato: concepto, fundamento y función. El principio de autonomía de la voluntad y sus limitaciones. Elementos y requisitos del contrato. Interpretación, ineficacia y rescisión. Clasificación de los contratos.

Tema 16. Contrato de compraventa. Derechos de tanteo y retracto. Contrato de permuta. El contrato de arrendamiento. Clases. Arrendamientos urbanos. Legislación especial. Constitución, contenido. Duración y extinción. Arrendamientos rústicos. Legislación especial. Constitución, contenido. Duración y extinción.

Tema 17. La donación: Concepto y clases. Elementos de la donación. Efectos de la donación. Revocación y reducción de donaciones. La sucesión «mortis causa»: Concepto y clases. La herencia: Concepto y situaciones en que puede encontrarse la herencia. Aceptación de la herencia. Heredero y legatario. La sucesión testamentaria: Concepto, caracteres y clases de testamentos. Sucesión forzosa. La sucesión intestada.

Tema 18. Las sociedades mercantiles. El contrato de sociedad. La sociedad irregular. Nacionalidad de las sociedades.

Tema 19. La sociedad anónima. La sociedad de responsabilidad limitada Sociedad comanditaria por acciones. La sociedad comanditaria simple. La sociedad regular colectiva.

Tema 20. El proceso extintivo de las sociedades mercantiles. Transformación y fusión de sociedades. Procedimientos concursales.

II. Derecho Financiero y Tributario

Tema 1. El Derecho financiero: Concepto y contenido. Los principios constitucionales en materia tributaria.El Derecho Presupuestario. La Ley General Presupuestaria: características y principios informadores.

Tema 2. Los Presupuestos Generales del Estado: Elaboración, aprobación, ejecución y liquidación del presupuesto. El control de la actividad financiera en España. Concepto y clases. Contenido y régimen jurídico.

Tema 3. El Derecho Tributario. Concepto y contenido. Las fuentes del Derecho Tributario. Los principios del ordenamiento tributario español. La Ley General Tributaria. El sistema tributario español vigente. Los tributos: concepto y clasificación.

Tema 4. La aplicación y la interpretación de las normas tributarias. La integración de las normas. Ámbito temporal y ámbito espacial. La analogía en el Derecho Tributario. El conflicto en la aplicación de la norma tributaria. La simulación.

Tema 5. La relación jurídica tributaria. Elementos esenciales del tributo. El obligado tributario. Concepto y clases: Especial referencia al sujeto pasivo. Responsables tributarios. Domicilio fiscal. El hecho imponible. La base imponible y la base liquidable. Tipos de gravamen. La exención tributaria. La cuota y la deuda tributaria.

Tema 6. Actuaciones y procedimientos de gestión tributaria. La autoliquidación. Procedimiento iniciado mediante declaración El Procedimiento de comprobación de valores. Procedimiento de verificación de datos. Procedimiento de comprobación limitada.

Tema 7. La extinción de las obligaciones tributarias. Especial referencia al pago y a la prescripción de las deudas tributarias. Otras formas de extinción. Garantías de pago.

Tema 8. El procedimiento recaudatorio. Órganos de recaudación. El ingreso del tributo en período voluntario. Aplazamiento y fraccionamiento del pago. Recaudación en periodo ejecutivo. El procedimiento de apremio. Privilegios para el cobro de las deudas tributarias.

Tema 9. El procedimiento de inspección de los tributos. Órganos. Funciones. Facultades. Documentación de las actuaciones inspectoras. Las infracciones y sanciones tributarias. El procedimiento sancionador de las infracciones tributarias simples. El delito contra la Hacienda Pública en materia tributaria.

Tema 10. La revisión de actos en vía administrativa. Procedimientos especiales de revisión: La revisión de oficio en materia tributaria. El recurso de reposición. Las reclamaciones económico-administrativas. Los órganos económico-administrativos.

Tema 11. El procedimiento económico-administrativo: Actos susceptibles de reclamación. Legitimación y extensión de la revisión. Suspensión del acto impugnado. Recurso de alzada ordinario. Recurso extraordinario de alzada para la unificación de criterio. Recurso extraordinario para la unificación de doctrina. Recurso extraordinario de revisión. Procedimiento abreviado ante órganos unipersonales.

Tema 12. Los derechos y garantías de los obligados tributarios. Desarrollo de las actuaciones en los procedimientos tributarios. El Consejo para la Defensa del Contribuyente.

Tema 13. El Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas: Hecho imponible. Rentas exentas. Sujetos pasivos. La base imponible: Rendimientos del trabajo, del capital, de actividades empresariales o profesionales. Ganancias y Pérdidas patrimoniales. Base Liquidable: reducciones. Determinación de la deuda tributaria. Gestión del impuesto.

Tema 14. El Impuesto sobre Sociedades. Hecho imponible. Sujeto pasivo. Base imponible. La deuda tributaria. Exenciones. Gestión del impuesto. El impuesto sobre la Renta de No residentes: Naturaleza, objeto y ámbito de aplicación. Gravamen especial sobre Bienes Inmuebles de Entidades no residentes.

Tema 15. El Impuesto sobre el Patrimonio de las Personas Físicas. Hecho imponible. Sujeto pasivo. Exenciones. Base imponible. Deuda Tributaria. Gestión del impuesto. El Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones: Hecho imponible. Sujetos pasivos. Base Imponible. Deuda Tributaria. Gestión del impuesto.

Tema 16. El Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados. Transmisiones patrimoniales onerosas: hecho imponible. Sujetos pasivos. Base imponible. Deuda tributaria. Operaciones societarias: hecho imponible. Sujetos pasivos. Base imponible. Deudas. Actos jurídicos documentados: hecho imponible. Sujetos pasivos. Base imponible y deuda tributaria. Exenciones. Gestión del impuesto.

Tema 17. El Impuesto sobre el Valor Añadido: naturaleza y ámbito de aplicación. Hecho imponible. Devengo del Impuesto. Exenciones. Sujetos pasivos. Base imponible. Tipos de gravamen. La repercusión del impuesto. Deducción del impuesto. Devoluciones. Gestión del impuesto.

Tema 18. Los Impuestos Especiales. La imposición aduanera. Las Tasas. Concepto. Hecho imponible. Sujetos pasivos. Devengo. Gestión y liquidación. Especial referencia a las tasas catastrales. Los precios públicos. Diferencia entre tasas y precios públicos. Las contribuciones especiales.

Tema 19. La financiación de las Comunidades Autónomas. Tributos propios y tributos cedidos por el Estado. Participación de las Comunidades Autónomas en los ingresos del Estado. El Fondo de Compensación Interterritorial.

Tema 20. El sistema impositivo local en el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales. Los impuestos municipales obligatorios. Los impuestos municipales potestativos. Impuesto sobre Actividades Económicas. Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras. El Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana.

Tema 21. El Impuesto sobre Bienes Inmuebles Naturaleza y hecho imponible. Concepto y clases de bienes inmuebles a efectos del impuesto. Los beneficios fiscales.

Tema 22. Los sujetos pasivos del Impuesto sobre Bienes Inmuebles. Base imponible. Base liquidable. Tipos de gravamen. Cuota. Recargos. Periodo impositivo y devengo. Gestión del impuesto. Distribución de competencias.

III. Gestión Catastral

Tema 1. El Catastro Inmobiliario: Modelos de Catastro existentes. Evolución histórica del Catastro en España. Principios informadores del Catastro Inmobiliario. La Dirección General del Catastro: su integración en el Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas. Estructura orgánica y funcional.

Tema 2. La actividad internacional del Catastro. El Catastro en Europa. Comité Permanente del Catastro en Europa. El Catastro en Iberoamérica: Comité Permanente del Catastro en Iberoamérica.

Tema 3. Marco normativo vigente en el Catastro español. El texto refundido de la Ley del Catastro Inmobiliario: antecedentes, justificación y estructura. Ámbito de aplicación de la Ley. Concepto, naturaleza y contenido del Catastro Inmobiliario: Bienes inmuebles a efectos catastrales.

Tema 4. Concepto de titular catastral. Reglas de representación de los titulares catastrales. Derechos y obligaciones del titular catastral. Órganos colegiados en el ámbito catastral: Composición y funciones.

Tema 5. Concepto de gestión catastral. La gestión catastral en el Impuesto sobre Bienes Inmuebles. Distribución de competencias. El Padrón catastral.

Tema 6. Procedimientos de incorporación: Tipos. Régimen jurídico y disposiciones comunes. Eficacia y notificación de estos procedimientos. Procedimiento de declaración. Hechos, actos y negocios susceptibles de declaración. Concepto. Sujetos obligados a declarar. Plazos y efectos. Consecuencias del incumplimiento. Lugar de presentación. Procedimientos de comunicación y solicitud.

Tema 7. Procedimientos de subsanación de discrepancias y de rectificación. Procedimiento de regularización catastral 2013-2016.

Tema 8. La inspección catastral. Naturaleza y funciones. Atribución y ejercicio de las funciones inspectoras. Obligados tributarios. Actuaciones de inspección catastral: Clases, documentación y eficacia. Actuaciones de inspección conjunta con EELL. Planes de inspección catastral. Tipificación de las infracciones en materia catastral. Sanciones y criterios de graduación de las mismas. El procedimiento sancionador: órganos competentes y tramitación.

Tema 9. El valor catastral: Concepto y componentes del valor catastral. Criterios y límites aplicables en su determinación. Tipos de procedimientos que conllevan determinación de valor catastral de los bienes inmuebles.

Tema 10. La actualización de valores catastrales por aplicación de coeficientes. Las ponencias de valores: Naturaleza jurídica, contenido, clases, elaboración, aprobación, efectividad e impugnación. Los estudios de mercado inmobiliario y las ponencias de valores.

Tema 11. Procedimientos de valoración catastral. Procedimiento de valoración colectiva de carácter general y parcial. Procedimiento simplificado de valoración colectiva. Procedimiento de determinación del valor catastral de los bienes inmuebles de características especiales. La valoración individualizada. Renovación del catastro rústico.

Tema 12. La notificación de los actos de gestión catastral. Notificaciones derivadas de los procedimientos de valoración colectiva de carácter general y parcial y de determinación del valor catastral de los bienes inmuebles de características especiales. Notificaciones edictales. Notificación de actos dictados en otros procedimientos de incorporación al Catastro.

Tema 13. Procedimientos de revisión de oficio de los actos de gestión catastral: actos susceptibles de revisión, plazos, requisitos, efectos y competencias. Recursos y reclamaciones. Cumplimiento de las resoluciones de los Tribunales Económico-Administrativos. La revisión de los fallos de los Tribunales Económico-Administrativos Regionales a instancia de la Dirección General del Catastro.

Tema 14. Valoración catastral (I): Normas Técnicas de valoración catastral de los bienes inmuebles urbanos: Valores de repercusión y unitarios. Valor del suelo, valor de las construcciones. Coeficientes correctores de aplicación al valor del suelo. Tipologías edificatorias. Coeficientes correctores a aplicar al valor de las construcciones. Coeficientes correctores de la suma del valor del suelo y de la construcción.

Tema 15. Valoración catastral (II): Bienes inmuebles rústicos. La determinación del valor catastral de los inmuebles rústicos en el texto refundido de la Ley del Catastro Inmobiliario. Bienes inmuebles de características especiales. Normas Técnicas de valoración de los bienes inmuebles de características especiales.

Tema 16. Valoración catastral (III): La coordinación de valores. Modulo de valor M: Módulos básicos de repercusión de suelo y construcción. Áreas económicas homogéneas. Las Juntas Técnicas Territoriales de Coordinación Inmobiliaria. La Comisión Superior de Coordinación Inmobiliaria. Juntas Periciales. Tipos evaluatorios. Procedimiento de coordinación.

Tema 17. Colaboración e intercambio de información en el ámbito del Catastro Inmobiliario. Suministro de información a la Dirección General del Catastro. Suministro de información por la Dirección General del Catastro. Colaboración institucional. Colaboración mediante la suscripción de Convenios de colaboración. Objeto, alcance y régimen jurídico. Tramitación. Eficacia. Denuncia. Publicidad.

Tema 18. La referencia catastral. Su configuración actual. Normas de asignación. Constancia documental y registral de la referencia catastral. Actuaciones vinculadas a su cumplimiento. Sujetos obligados. Efectos del incumplimiento.

Tema 19. El Catastro como Banco de Datos. El acceso a la información catastral. La difusión de la información catastral. Protección de datos de carácter personal. La tasa de acreditación catastral. La información y la atención al ciudadano en el Catastro. La atención multicanal. Los Puntos de Información Catastral.

Tema 20. La Administración Electrónica. El Portal del Catastro. La Sede Electrónica del Catastro. Tipos de usuarios. Productos y servicios electrónicos. Notificaciones y certificados catastrales. El expediente electrónico. La descarga de información.

Tema 21. La cartografía catastral: concepto y contenido. Ordenación de la cartografía oficial. Sistema cartográfico nacional: objetivos, instrumentos. La estandarización de la información geográfica. El modelo estándar catastral. La Directiva INSPIRE. La infraestructura de Datos Espaciales de España (IDEE).

Tema 22. Contratación de trabajos catastrales. Pliegos de cláusulas administrativas particulares y de prescripciones técnicas. Órganos competentes. Control y supervisión.

Tema 23: Plan estratégico del Catastro. Sistema de dirección por objetivos y evaluación del rendimiento. La calidad y la mejora continua en el Catastro. Las cartas de servicios.

ANEXO III
Tribunal Calificador de las pruebas selectivas para ingreso en el Cuerpo Técnico de Gestión Catastral

Tribunal titular

Presidente: Don Manuel Sánchez Mateos, del Cuerpo Superior de Gestión Catastral.

Vocales:

Doña Sara Izquierdo Pérez, del Cuerpo de Abogados del Estado.

Doña Ana Isabel Vacas Egido, del Cuerpo Superior de Gestión Catastral.

Don Luis Ignacio Virgos Soriano, del Cuerpo Superior de Sistemas y Tecnologías de la Información.

Secretaria: Doña Cristina García González, del Cuerpo Técnico de Gestión Catastral.

Tribunal suplente

Presidenta: Doña Sara Fernández Alarcón, del Cuerpo Superior de Gestión Catastral.

Vocales:

Don Carlos Garay Carbajo, del Cuerpo de Gestión de la Administración civil del Estado.

Doña Carmen Nieto Embid, del Cuerpo de Arquitectos de la Hacienda Pública.

Don Manuel Olleros Lledo del Cuerpo Superior de Gestión Catastral.

Secretario: Don Gonzalo Alfonso González Batuecas, del Cuerpo Técnico de Gestión Catastral.

El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos de asesores especialistas para todos o alguno de los ejercicios.

ANEXO IV
Instrucciones para cumplimentar la solicitud

Este apartado se rellenará según lo establecido en la solicitud de admisión a pruebas selectivas en la Administración Pública y liquidación de tasas de derechos de examen (modelo 790) y en las siguientes instrucciones particulares.

En el recuadro «Centro Gestor», se consignará «Subsecretaría».

En el recuadro 15, «Cuerpo o Escala», se consignará «Cuerpo Técnico de Gestión Catastral».

En el recuadro 17, «Forma de acceso», se consignará «A» Promoción Interna (aspirantes pertenecientes a Cuerpos o Escalas del Subgrupo C1)

En el recuadro 18, «Ministerio/Órgano/Entidad convocante», se consignará «Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas».

En el recuadro 19, se consignará la fecha del Boletín Oficial del Estado en el que haya sido publicada la convocatoria.

En el recuadro 20, «Provincia de examen», se consignará «Madrid».

En el recuadro 21, «Grado de discapacidad», los aspirantes con discapacidad podrán indicar el porcentaje de discapacidad que tengan acreditado, y solicitar, expresándolo en el recuadro 23, las posibles adaptaciones de tiempo y medios para la realización de los ejercicios en que esta adaptación sea necesaria.

En el recuadro 24, se consignará estar en posesión o en condiciones de obtener el título de Ingeniero Técnico, Diplomado universitario, Arquitecto Técnico o Grado, al finalizar el plazo de presentación de instancias.

En el recuadro 25, apartado A, se consignará «Cuerpo de pertenencia».

El importe de la tasa por derechos de examen será, con carácter general, de 11,10 euros y para las familias numerosas de categoría general de 5,55 euros. Estarán exentas del pago de la tasa las personas afectadas por el apartado duodécimo de la Orden APU/3416/2007, de 14 de noviembre.

Las solicitudes suscritas en el extranjero podrán cursarse a través de las representaciones diplomáticas o consulares españolas correspondientes. A las mismas se acompañará el comprobante bancario de haber ingresado los derechos de examen en la cuenta corriente número 0182 2370 49 020020 3962 del Banco Bilbao Vizcaya Argentaria a nombre de «Tesoro Público. Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas. Cuenta restringida para la recaudación de tasas en el extranjero». El ingreso podrá efectuarse directamente en cualquier oficina del Banco Bilbao Vizcaya.

Estarán exentas del pago de esta tasa:

a) Las personas con un grado de discapacidad igual o superior al 33 %, debiendo acompañar a la solicitud certificado acreditativo de tal condición.

b) Las familias numerosas de categoría especial, en los términos del artículo 12.1.c) de la Ley 40/2003, de 18 de noviembre de protección de la Familia Numerosa, tendrán derecho a una exención del 100 por 100 de la tasa. La condición de familia numerosa se acreditará mediante el correspondiente título actualizado.

La falta de justificación del abono de los derechos de examen o de encontrarse exento determinará la exclusión del aspirante.

En ningún caso la presentación y pago en las oficinas a que se hace referencia supondrá la sustitución del trámite de presentación, en tiempo y forma, de la solicitud.

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