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Documento BOE-A-2014-8895

Orden ECD/1534/2014, de 28 de julio, por la que se inscribe en el Registro de Fundaciones la Fundación Joaquín Balsa.

Publicado en:
«BOE» núm. 205, de 23 de agosto de 2014, páginas 68018 a 68019 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación, Cultura y Deporte
Referencia:
BOE-A-2014-8895

TEXTO ORIGINAL

Examinada la solicitud de inscripción de la Fundación Joaquín Balsa, resultan los siguientes:

Antecedentes de hecho

Primero. Constitución de la Fundación.

La Fundación anteriormente citada fue constituida por don Joaquín Balsa Díaz, según consta en la escritura pública número 1.067, otorgada el 1 de julio de 2014, ante el Notario del Ilustre Colegio de Galicia don Daniel Balboa Fernández.

Segundo. Domicilio y ámbito de la Fundación.

El domicilio de la Fundación quedó establecido en Pereiro de Aguiar (Ourense), A Caseta – St. Cristina Vila y su ámbito de actuación se extiende a todo el territorio del Estado español.

Tercero. Dotación.

Dotación inicial: En la escritura de constitución, se estableció en la cantidad de cuarenta mil euros (40.000 euros).

La dotación consiste en la aportación del pleno dominio de la obra pictórica de don Joaquín Balsa Díaz, titulada «Año SIDA», realizada en técnica mixta sobre chapa galvanizada, de 155 × 130 centímetros, según tasación efectuada por don Javier Román Francés, incorporada a la escritura número 1.067 precitada.

Dicha dotación está sujeta al principio de subrogación real del patrimonio y, en caso de enajenación o gravamen, requerirá autorización del Protectorado en los términos previstos en la ley.

Cuarto. Fines de la Fundación.

En los Estatutos que han de regir la Fundación, incorporados a la escritura pública a que se refiere el antecedente de hecho primero, figuran como fines de la Fundación los siguientes:

La tenencia, gestión, promoción, talento, divulgación, protección y defensa del patrimonio artístico y cultural y de la promoción y divulgación del arte en todas sus manifestaciones.

Quinto. Patronato.

Presidente: Don Joaquín Balsa Díaz.

Vicepresidente: Don Cristian Balsa Gavilanes.

Secretaria: Doña María de los Ángeles Sánchez Rodríguez.

Consta la aceptación de los cargos indicados por parte de las personas anteriormente citadas en la escritura pública de constitución.

Fundamentos de Derecho

Primero.

Resultan de aplicación para la resolución del expediente:

El artículo 34 de la Constitución española, que reconoce el derecho de fundación para fines de interés general.

La Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones.

El Real Decreto 1337/2005, de 11 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de fundaciones de competencia estatal.

El Real Decreto 1611/2007, de 7 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento del Registro de fundaciones de competencia estatal.

La Orden ECD/465/2012, de 2 de marzo, sobre delegación de competencias del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, en virtud de la cual se delegan en el Secretario General Técnico competencias relativas al Protectorado y Registro de Fundaciones atribuidas al Ministro.

Segundo.

Según los artículos 35.1 de la Ley de Fundaciones y 43 del Reglamento de fundaciones de competencia estatal, la inscripción de las Fundaciones requerirá el informe favorable del Protectorado en cuanto a la idoneidad de los fines y en cuanto a la adecuación y suficiencia de la dotación, procediendo un pronunciamiento favorable al respecto.

Tercero.

Según la disposición transitoria cuarta de la Ley de Fundaciones, hasta tanto no entre en funcionamiento el Registro de Fundaciones de competencia estatal, subsistirán los actualmente existentes, por lo que procede la inscripción de la Fundación en este Registro de Fundaciones.

Por todo lo cual, resuelvo inscribir en el Registro de Fundaciones la Fundación Joaquín Balsa y su Patronato.

Madrid, 28 de julio de 2014.–El Ministro de Educación, Cultura y Deporte, P.D. (Orden ECD/465/2012, de 2 de marzo), el Secretario General Técnico del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, José Canal Muñoz.

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