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Documento BOE-A-2014-8811

Resolución de 17 de julio de 2014, de la Secretaría de Estado de Servicios Sociales e Igualdad, por la que se publica el Convenio con la Ciudad de Melilla, para la promoción y fomento de la empleabilidad de mujeres desempleadas para 2014.

Publicado en:
«BOE» núm. 201, de 19 de agosto de 2014, páginas 65802 a 65816 (15 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad
Referencia:
BOE-A-2014-8811

TEXTO ORIGINAL

Suscrito el 9 de junio de 2014, Convenio entre el Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad (Dirección General para la Igualdad de Oportunidades) y la Ciudad Autónoma de Melilla a través de la Consejería de Educación y Colectivos Sociales y, en cumplimiento de lo dispuesto en el apartado dos del artículo 8 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y el Acuerdo del Consejo de Ministros de 2 de marzo de 1990, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicho Convenio, que figura como anexo de esta Resolución.

Madrid, 17 de julio de 2014.–La Secretaria de Estado de Servicios Sociales e Igualdad, Susana Camarero Benítez.

ANEXO
Convenio de colaboración entre el Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad y la Consejería de Educación y Colectivos Sociales de la Ciudad Autónoma de Melilla para la promoción y fomento de la empleabilidad de mujeres desempleadas para 2014

En Madrid, a 9 de junio de 2014.

SE REÚNEN

De una parte doña Carmen Plaza Martín, Directora General para la Igualdad de Oportunidades de la Secretaría de Estado de Servicios Sociales e Igualdad del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, nombrada mediante Real Decreto 246/2012, de 23 de enero («BOE» número 20, de 24 de enero), y con la competencia delegada por el titular de la Secretaría de Estado de Servicios Sociales e Igualdad para la celebración de Convenios de colaboración con entidades públicas o privadas cuyo importe sea igual o inferior a 500.000 euros [Orden SSI/131/2013, de 17 de enero («BOE» número 28, de 1 de febrero), modificada por Orden SSI/2200/2013, de 21 de noviembre («BOE» número 283, de 26 de noviembre), sobre delegación de competencias].

Y de otra parte, don Antonio Miranda Montilla, Consejero de Educación y Colectivos Sociales de la Ciudad Autónoma de Melilla, nombrado mediante Decreto del Presidente, núm. 7, de 11 de julio de 2011 (BOME extraordinario n.º 17, de 11 de julio de 2011), debidamente facultado de conformidad con el artículo 7.3 del Reglamento de Gobierno y Administración de la Ciudad Autónoma de Melilla.

Ambas partes, en la representación que ostenta y reconociéndose plena capacidad para actuar y suscribir el presente Convenio de colaboración

EXPONEN

Primero.

Que el Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad es el Departamento de la Administración General del Estado al que le corresponde en virtud del Real Decreto 200/2012, de 23 de enero, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad y se modifica el Real Decreto 1887/2011, de 30 de diciembre, por el que se establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales, a través de la Secretaría de Estado de Servicios Sociales e Igualdad, el desarrollo de las políticas del Gobierno en materia de igualdad, de prevención y eliminación de toda clase de discriminación de las personas por razón de sexo. Le corresponde, en particular, el impulso de medidas para mejorar y consolidar la presencia de mujeres en cualesquiera ámbitos de la vida y, en especial, en las esferas política, civil, laboral, económica, social y cultural, así como el impulso de programas que favorezcan la integración social y laboral de mujeres en especiales situaciones de exclusión y discriminación.

De la Secretaría de Estado de Servicios Sociales e Igualdad, depende la Dirección General para la Igualdad de Oportunidades a la que corresponde, entre otras funciones, el impulso, promoción y participación en el diseño de las políticas públicas encaminadas a mejorar la empleabilidad y permanencia en el empleo de las mujeres, potenciando su nivel formativo y su adaptabilidad a los requerimientos del mercado de trabajo, así como el impulso de medidas para mejorar y consolidar la presencia y participación de las mujeres en la actividad económica y en el mercado de trabajo, mediante la incorporación de la perspectiva de género en los planes de especial relevancia económica.

Segundo.

Que de acuerdo con la distribución de atribuciones establecidas por Acuerdo del Consejo de Gobierno de Melilla del día 26 de agosto de 2011, la Consejería de Educación y Colectivos Sociales de la Ciudad Autónoma de Melilla, en el marco de sus competencias y a través de la Viceconsejería de la Mujer, tiene encomendado el desarrollo de las actuaciones relativas a las áreas de mujer que fueron transferidas a la Ciudad mediante el RD 1385/1997, de 29 de agosto, sobre traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado en materia de Asistencia Social, por lo que corresponde a dicha Consejería dar cumplimiento a los compromisos que se deriven de este convenio.

Tercero.

Que la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la Igualdad Efectiva de Mujeres y Hombres establece en su artículo 14 como criterios generales de actuación de los Poderes Públicos la colaboración y cooperación entre las distintas Administraciones Públicas en la aplicación del principio de igualdad de trato y de oportunidades, estando obligadas a integrar dicho principio en el ejercicio de sus competencias requiriéndose instrumentos de coordinación que permitan la colaboración en programas y actuaciones conjuntas para dar coherencia y homogeneidad a las políticas públicas en esta materia.

Cuarto.

Ambas partes declaran que, para la realización de los programas contenidos en el presente convenio, existe crédito adecuado y suficiente para el presente ejercicio económico en la Ley de Presupuestos Generales del Estado y en los Presupuestos Generales de la Ciudad Autónoma de Melilla para 2014.

Quinto.

Que el presente Convenio está excluido del ámbito de aplicación del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, en virtud de lo establecido en su artículo 4.1.c) que excluye los convenios interadministrativos de la aplicación directa de la regulación de dicha norma en los términos siguientes: «Están excluidos del ámbito de la presente Ley los siguientes negocios y relaciones jurídicas: c) Los convenios de colaboración que celebre la Administración General del Estado con las entidades gestoras y servicios comunes de la Seguridad Social, las Universidades Públicas, las Comunidades Autónomas, las Entidades locales, organismos autónomos y restantes entidades públicas, o los que celebren estos organismos y entidades entre sí, salvo que, por su naturaleza, tengan la consideración de contratos sujetos a esta Ley». En cuanto a las dudas y lagunas que pudieran presentarse se estará a lo dispuesto en los principios de dicho Real Decreto Legislativo.

Sexto.

Que, para el cumplimiento de los fines de interés general y social cuya consecución tiene encomendada la Administración General del Estado, el Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, a través de la Secretaría de Estado de Servicios Sociales e Igualdad tiene interés y se hace necesaria la colaboración con la Consejería de Educación y Colectivos Sociales de la Ciudad Autónoma de Melilla para desarrollar las actividades que más adelante se reseñan.

Por todo lo manifestado, y en virtud del interés en cooperar para conseguir los objetivos comunes, ambas partes acuerdan materializar su colaboración mediante la firma del presente Convenio de Colaboración, que se regirá por las siguientes.

Por todo lo manifestado, ambas partes acuerdan materializar su colaboración mediante la firma del presente Convenio de colaboración, que se regirá por las siguientes

CLÁUSULAS

Primera. Objeto y actuaciones.

El objeto del presente Convenio es el de establecer la colaboración, para el año 2014, entre el Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad y la Consejería de Educación y Colectivos Sociales de la Ciudad Autónoma de Melilla, para aumentar la participación de las mujeres en el mercado de trabajo y avanzar en la igualdad efectiva entre mujeres y hombres, potenciado su nivel formativo y de adaptabilidad a los requerimientos del mercado de trabajo, destinándose dichas acciones de forma prioritaria a grupos específicos de mujeres en situación social desfavorecida.

Para la consecución de este objetivo, el presente Convenio contemplará actuaciones fundamentalmente dirigidas a:

• Alcanzar la igualdad de oportunidades de mujeres y hombres;

• Generar empleo de calidad;

• Incrementar la formación de las mujeres en habilidades transversales (competencias idiomáticas, TICs e Igualdad);

• Redireccionamiento de las mujeres paradas hacia nuevos yacimientos de empleo, tales como servicios de la vida diaria o servicios culturales y de ocio;

• Desplazar las actividades realizadas en el sector de la economía informal (atención a personas dependientes, ayuda a domicilio, y cuidados de menores de tres años etc.) hacia la economía formal, todo ello enfocado al desarrollo de la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de promoción de la autonomía personal y de atención a las personas en situación de dependencia, y a la Ley 39/1999, de 5 de noviembre, para promover la conciliación de la vida personal, familiar y laboral.

Para alcanzar el objeto del Convenio se realizará las actuaciones que figuran en el anexo I al texto de este Convenio.

Segunda. Compromisos de las partes.

Para la consecución del objeto del Convenio y dentro del ejercicio de sus respectivas competencias y fines.

El Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, a través de su Dirección General para la Igualdad de Oportunidades, se compromete a:

• Asumir el impulso y la parte de financiación que le corresponda para la realización del proyecto citado en la cláusula anterior, en los términos establecidos en la cláusula tercera del presente convenio.

• Poner a disposición del proyecto los medios materiales y personales necesarios.

• Establecer los criterios para el diseño de la programación de las actividades formativas.

• Participar en el establecimiento de criterios para la selección de las posibles destinatarias de las acciones formativas dentro de los grupos de mujeres de actuación preferente.

• Aportar el apoyo y conocimientos técnicos que se precisen para el desarrollo de las actividades necesarias para aumentar la participación de las mujeres en el mercado de trabajo, a través de una formación adaptada a los requerimientos del mercado de trabajo.

• Participar junto con el personal de la Viceconsejería de la Mujer de la Consejería de Educación y Colectivos Sociales de la Ciudad Autónoma de Melilla, en todas las fases del proyecto (diseño del contenido y programación de las distintas actuaciones, así como la planificación conjunta de las distintas actuaciones de formación).

• Participar en el seguimiento y evaluación de los resultados obtenidos y del cumplimiento de los objetivos del Convenio.

La Consejería de Educación y Colectivos Sociales de la Ciudad Autónoma de Melilla, a través de la Viceconsejería de la Mujer se compromete a:

• Asumir la parte de la financiación que le corresponda para la realización de las actuaciones del Convenio.

• Poner a disposición del proyecto los medios humanos, materiales y técnicos necesarios para la celebración de los cursos.

• Diseñar el programa de las acciones formativas en el marco de los criterios establecidos por la Dirección General para la Igualdad de Oportunidades.

• Participar junto con el personal de la Dirección General para la Igualdad de Oportunidades en todas las fases del proyecto (diseño del contenido y programación de las distintas actuaciones, así como en la planificación conjunta de las distintas actuaciones de formación).

• Realizar la difusión de las acciones del convenio entre las mujeres destinatarias.

• Encargarse de la elección, del procedimiento más adecuado para su realización y del seguimiento de las acciones formativas que se ejecuten.

• Presentar ante la Dirección General para la Igualdad de Oportunidades, antes de iniciar las actividades, una propuesta de planificación y programación de las actividades formativas, con su previsión económica.

• Presentar ante la Dirección General para la Igualdad de Oportunidades una memoria descriptiva de las actuaciones realizadas y de las personas beneficiarias, incluyendo un certificado con el desglose de los gastos correspondientes incurridos en ejecución del objeto del Convenio.

Tercera. Financiación.

El importe total de las actividades previstas para el desarrollo del objeto del convenio, hasta la finalización del objeto del mismo, asciende a cuarenta y seis mil ochocientos euros (46.800 euros) de acuerdo con el desglose presupuestario que se indica en el anexo II al texto de este Convenio.

El Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, a través del Presupuesto de la Dirección General para la Igualdad de Oportunidades aportará treinta y siete mil cuatrocientos cuarenta euros (37.440 euros) y la Consejería de Educación y Colectivos Sociales de la Ciudad Autónoma de Melilla nueve mil trescientos sesenta euros (9.360 euros), todo ello destinado a asumir los gastos que se generen por la ejecución del objeto del Convenio.

La cantidad que corresponda aportar al Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad será imputada, con cargo al presupuesto de gastos de la Dirección General para la Igualdad de Oportunidades para el año 2014, a la siguiente aplicación presupuestaria: 26.21.232B.452.

El ingreso de la cantidad que corresponda aportar al Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad se producirá en un libramiento, una vez ejecutada y justificada la realización de las actuaciones.

La aportación del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad está cofinanciada por el Fondo Social Europeo en un 80% para las regiones españolas, del objetivo convergencia, en el ámbito del Programa Operativo «Lucha contra la discriminación», del período 2007-2013.

En ningún caso serán subvencionables, a efectos de FSE, el IVA recuperable, los intereses deudores, la adquisición de mobiliario, equipo, vehículos, infraestructuras, bienes inmuebles y terrenos.

La Consejería de Educación y Colectivos Sociales de la Ciudad Autónoma de Melilla ha de presentar ante la Dirección General para la Igualdad de Oportunidades de la Secretaría de Estado de Servicios Sociales Igualdad, en los 20 días siguientes a la finalización del convenio, una memoria descriptiva de las actuaciones realizadas y de las personas beneficiarias de las actuaciones, incluyendo una certificación emitida por el órgano competente, con el desglose de los gastos correspondientes incurridos en ejecución del objeto del convenio y el destino de los mismos.

Los documentos justificativos del gasto, así como la acreditación de su pago y la contabilidad de los mismos serán custodiados por la Ciudad Autónoma de Melilla hasta al año 2020 y todo ello será puesto a disposición de la Dirección General para la Igualdad de Oportunidades o de cualquier organismo de control nacional o comunitario.

Cuarta. Comisión de seguimiento.

A los efectos de coordinación y seguimiento del cumplimiento de los fines del presente Convenio, se constituirá una Comisión mixta de Seguimiento, y que resolverá, asimismo, los problemas de interpretación y cumplimiento que puedan plantearse. Supletoriamente se estará a lo dispuesto en el Capítulo Segundo del Título Segundo de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, para aquellas cuestiones relativas al funcionamiento de la Comisión no específicamente previstas en este convenio.

Esta Comisión se reunirá como mínimo una vez durante su período de duración, así como cuando lo solicite una de las partes.

La citada Comisión estará integrada por dos representantes del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, nombrados por la persona titular de la Dirección General para la Igualdad de Oportunidades y por tres representantes de la Ciudad Autónoma de Melilla nombrados por la persona titular de la Viceconsejería de la Mujer de la Ciudad Autónoma de Melilla.

También formará parte de la misma, una persona representante de la Delegación del Gobierno, en la Ciudad Autónoma de Melilla, de acuerdo con lo establecido en el artículo 27.1 b) de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado

Para la válida constitución de la Comisión mixta de seguimiento, y a efectos de las deliberaciones y toma de acuerdos se requerirá la presencia, al menos, de un representante por cada una de las partes firmantes que tomarán las decisiones de mutuo acuerdo.

Quinta. Desagregación de datos por sexo.

Toda recogida de datos relativa al convenio, tanto en la fase de diseño y diagnóstico de la situación, como en los contenidos y en la fase de seguimiento del mismo, deberá incluir variables que posibiliten el conocimiento de la diferente situación y los resultados en mujeres y hombres separadamente.

Sexta. Publicidad y difusión.

En todo el material impreso, así como en la difusión que se haga de las actividades derivadas de este convenio, deberá constar la colaboración del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad y de la Consejería de Educación y Colectivos Sociales de la Ciudad Autónoma de Melilla y figurar expresamente sus logotipos.

Conforme a los requisitos establecidos en la normativa comunitaria, en los documentos y materiales que se utilicen en la prestación del servicio, se deberá anunciar claramente la ayuda comunitaria del Fondo Social Europeo. En concreto, deberá figurar el emblema de la Unión Europea y, debajo, la declaración «El FSE invierte en tu futuro».

La Consejería de Educación y Colectivos Sociales de la Ciudad de Autónoma Melilla podrá ser incluida en la lista de entidades beneficiarias de fondos cofinanciados por FSE publicada anualmente por la Unidad Administradora del FSE (UAFSE).

Para al Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad se aplicará lo establecido en la Disposición adicional segunda del Real Decreto 1465/1999, de 17 de septiembre, por el que se establecen criterios de imagen institucional y se regula la producción documental y el material impreso de la Administración General del Estado.

Ambas partes se comprometen a recabar, en todo caso, la conformidad previa de la otra en relación con los materiales y documentos en que deban figurar los logotipos y sobre la forma y características de su plasmación en los distintos soportes.

Séptima. Relación contractual.

Este Convenio no generará, en ningún caso, relación laboral alguna entre las entidades firmantes y los/as profesionales que llevan a cabo la ejecución de las actividades incluidas en el Convenio.

Octava. Naturaleza jurídica.

Este Convenio tiene naturaleza administrativa, siéndole de aplicación la previsión del artículo 4.1.c) del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, por lo que queda fuera del ámbito de aplicación de dicha Ley, rigiéndose por las estipulaciones contenidas en el mismo, si bien en lo no previsto en las mismas así como para la resolución de las dudas y lagunas que pudieran presentarse, se estará a los principios y criterios del citado Real Decreto Legislativo.

Novena. Ámbito jurisidiccional.

El presente Convenio tiene naturaleza administrativa. Las controversias que pudieran surgir sobre la interpretación, modificación, resolución y efectos se resolverán entre las partes agotando todas las formas posibles de conciliación para llegar a un acuerdo amistoso extrajudicial. En su defecto, serán competentes para conocer las cuestiones litigiosas los órganos del Orden Jurisdiccional Contencioso-Administrativo.

Décima. Duración.

El presente Convenio amparará las acciones desarrolladas para el cumplimiento del objeto del mismo, y surtirá efectos a partir de la fecha de su firma y hasta el 1 de noviembre de 2014 y, a efectos de justificación económica, sólo amparará los gastos de las actividades realizadas a partir de la firma del Convenio y hasta la finalización del mismo.

Undécima. Modificaciones.

Los términos del presente Convenio de colaboración podrán ser modificados de mutuo acuerdo entre las partes suscriptoras, siempre que no suponga un incremento del coste de las actividades a desarrollar. La modificación se incorporará como parte inseparable del texto del Convenio.

Duodécima. Causas de extinción.

El presente Convenio se extinguirá por cumplimiento de su objeto, resolución o por denuncia expresa de una de las partes.

Será motivo de resolución el incumplimiento total o parcial, por alguna de las partes, de las obligaciones contenidas en el convenio.

El eventual incumplimiento dará lugar al reintegro total o parcial de las cantidades correspondientes a las actividades pendientes de realizar, en los términos previstos en la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria. El incumplimiento de las obligaciones contenidas en el presente convenio podrá, asimismo, dar lugar a una posible indemnización de los daños y perjuicios ocasionados, según los procedimientos establecidos en la legislación vigente.

En ambos casos, se respetarán los derechos adquiridos por terceros de buena fe.

Asimismo, serán causas de extinción de este Convenio el mutuo acuerdo de las partes, la imposibilidad sobrevenida de cumplimiento o por causa de fuerza mayor.

En caso de resolución del convenio, las partes quedan obligadas al cumplimiento de sus respectivos compromisos hasta la fecha en que ésta se produzca.

Y para que conste y surta los efectos oportunos, en prueba de conformidad, las partes firman el presente Convenio, en triplicado ejemplar, en el lugar y fecha arriba indicados.

Por el Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad. Carmen Plaza Martín Directora General para la Igualdad de Oportunidades. Por la Ciudad Autónoma de Melilla Antonio Miranda Montilla. Consejero de Educación y Colectivos Sociales.

ANEXO I
Actuaciones a realizar en el marco del Convenio en 2014

Desarrollo de la cláusula primera: Objeto y actuaciones del Convenio

El objeto del presente Convenio es aumentar la presencia de la mujer en el mercado de trabajo, en mejores condiciones, con mayores garantías de competencia y especialización, en sectores tradicionalmente masculinizados y yacimientos de empleo y aprendiendo a manejar las nuevas tecnologías como instrumento de socialización. Para ello se han diseñado las siguientes actuaciones que se concretan en la impartición de los siguientes cursos:

– «Mantenimiento básico de edificios», con una duración de 300 horas.

– «Cuidados de personas dependientes», con una duración de 180 horas.

– «Alfabetización informática», con una duración de 60 horas.

– «Iniciación a Internet, al Correo Electrónico y a las RRSS», con una duración de 60 horas.

Curso «Mantenimiento básico de edificios»:

Población destinataria.

El curso va dirigido a 15 mujeres en edad laboral, desempleadas de larga duración y en situación de riesgo de exclusión, con especiales dificultades socioeconómicas, víctimas de violencia de género y/o inmigrantes.

Requisitos de acceso.

Se requiere un nivel académico de certificado de escolaridad o conocimientos generales equivalentes. No se requiere experiencia profesional ni conocimientos técnicos específicos.

Objetivos generales.

Formar a la alumna para que adquiera técnicas rápidas y básicas en lo referente a conservación, localización y reparación de averías eléctricas, de fontanería, de aguas residuales y pluviales, pequeñas reparaciones de albañilería, pintura, tratamientos antihumedad, colocación de tela asfáltica, colocación y sustitución de sanitarios, reparación de alicatados y solerías, colocación y reparación de cerraduras, mantenimiento y observancia de equipos contra incendios y normativa de seguridad en edificios e instalaciones.

Objetivos específicos.

Adquirir hábitos de trabajo y autodisciplina, potenciando la motivación, autoestima y valoración positiva del oficio.

Adquirir soltura y habilidades manuales del oficio, familiarizándose en el manejo y preparación de materias primas, herramientas y maquinaria.

Conocer y adquirir soltura y habilidades de las distintas técnicas de trabajo y perfiles profesionales de mantenimiento de edificios.

Conocer los materiales, herramientas y maquinaria de las distintas especialidades, así como, la terminología básica de cada perfil profesional.

Conocer y adquirir hábitos y soltura en los tiempos y ritmos necesarios en las distintas operaciones de reparaciones y sustituciones de elementos defectuosos o averiados.

Adquirir conocimientos de planificación, organización y programación de las distintas etapas de ejecución de un trabajo.

Aprender a elaborar unos presupuestos.

Adquirir hábitos de orden, puntualidad, responsabilidad y trabajo en equipo, y valorar su importancia tanto en el aprendizaje como en la actividad laboral.

Adquirir una visión de conjunto de las instalaciones y servicios generales típicos de edificación de viviendas, comerciales y de oficinas, comprendiendo su funcionamiento a un nivel elemental.

Aplicar las técnicas elementales de albañilería, electricidad, mecánica de cerrajería y fontanería en tareas de mantenimiento básico de edificios, utilizando correctamente y con seguridad las herramientas y materiales correspondientes.

Interpretar correctamente planos y esquemas sencillos de edificios, detalles constructivos y de instalaciones. Manejar catálogos de ferreterías.

Utilizar correctamente la terminología básica relacionada con el mantenimiento general de espacios, elementos constructivos e instalaciones de edificios.

Utilizar en las actividades del taller los conocimientos adquiridos en otras áreas, especialmente los recursos de expresión de cálculo matemático.

Tener conciencia de la importancia de las normas de seguridad e higiene en el trabajo y aplicarlas rigurosamente, usando las prendas y equipos de protección necesarias.

Adquirir confianza en su propia capacidad y en sus posibilidades profesionales y motivación de su desarrollo profesional y personal, mediante el trabajo y la información.

El curso se divide en dos bloques:

1. A modo de introducción y de carácter expositivo se presentarán los fundamentos teóricos generales, el conocimiento de herramientas y su correcto manejo y las normas de seguridad e higiene en el trabajo.

2. Se desarrollará en forma de taller con prácticas reales en el centro María Inmaculada o alternativo.

Evaluación.

Se realizará una:

Evaluación inicial. Que nos revela las habilidades y conocimientos con los que se parte, tanto de manera individual como grupal.

Evaluación continua. Nos va informando sobre los conocimientos, aptitudes, destrezas y habilidades que las alumnas van alcanzando conforme avanza el curso.

Evaluación final. Nos informa sobre el grado de consecución de los objetivos, tanto individuales como grupales, al final del proceso.

Contenidos del curso:

Rentabilidad de conservación de los edificios.

Electricidad.

Fontanería.

Pintura-albañileria.

Impermeabilización.

Carpintería-cerrajería.

Seguridad e higiene en el trabajo.

Orientación laboral.

Igualdad.

Temporalización.

La duración del curso será de 300 horas, a partir de la firma del convenio. El calendario se desarrollará de lunes a viernes de 9,30 a 13,30 horas, completando 4 horas al día, conforme al siguiente:

 

Lunes

Martes

Miércoles

Jueves

Viernes

9:30-11:00

T. Electricidad.

T. Fontanería.

T. Cerrajería.

T. Impermeabiliza.

Orientación.

11:00-11:30

Descanso.

Descanso.

Descanso.

Descanso.

Igualdad.

11:30-13:30

P. Electricidad.

P. Fontanería.

P. Cerrajería.

P. Impermeabiliza.

Motivación.

Los talleres y charlas se desarrollaran en viernes en horario lectivo.

Curso «Cuidador de personas dependientes».

Población destinataria.

El curso va dirigido a 15 mujeres en edad laboral, desempleadas de larga duración y en situación de riesgo de exclusión, con especiales dificultades socioeconómicas, víctimas de violencia de género y/o inmigrantes.

Requisitos de acceso.

Se requiere un nivel académico de certificado de escolaridad o conocimientos generales equivalentes. No se requiere experiencia profesional ni conocimientos técnicos específicos previos.

Calendario del curso.

Con el fin de facilitar la conciliación de la vida familiar con la formación, el curso se desarrollará coincidiendo con el horario escolar, en 45 sesiones lectivas de 4 horas por día, en horario de mañana de lunes a viernes, de 9:30 a 13:30 horas. Las fechas de desarrollo del mismo serán del 2 de mayo al 3 de julio, condicionado a la firma del convenio.

Objetivos generales.

El objetivo principal de este curso consiste en formar a mujeres para que sean capaces de desempeñar de manera competente las labores de atención y cuidados a personas dependientes, utilizando los procedimientos adecuados en cada caso que favorezcan su integración social y laboral en una ocupación que continúa siendo un yacimiento de empleo en nuestra ciudad.

Objetivos específicos.

Identificar las principales características y necesidades de atención que presentan las personas dependientes, determinando las actitudes y valores que debe manifestar el profesional de atención directa y las relaciones con personas dependientes y su entorno.

Saber adaptar y aplicar técnicas de higiene personal y de preparación de cama, en el domicilio, seleccionando los productos, materiales y utensilios de uso común, en función del estado del usuario y del tipo de técnica.

Ejecutar las órdenes de prescripción de administración de medicación por vía oral, tópica y rectal, así como, de tratamientos locales de frío y calor, precisando y organizando el material que se ha de utilizar en función de la técnica demandada y la prescripción.

Ser capaz de analizar diferentes tipos de dietas y aplicar la técnica de apoyo a la ingesta y de recogida de eliminaciones más adecuada, en función del grado de dependencia del usuario, siguiendo las indicaciones de administración prescritas.

Efectuar las técnicas de traslado, movilización y deambulación y posicionamiento de un usuario en función de su grado de dependencia.

Facilitar las herramientas de comunicación necesarias para respetar la intimidad de la persona mayor y su entorno.

Evaluación.

La evaluación se llevará a cabo teniendo en cuenta los siguientes aspectos:

Los niveles de conocimientos alcanzados en el proceso de enseñanza- aprendizaje.

La asistencia y la participación en el grupo.

El interés y la motivación mostrada por las alumnas.

Contenidos del curso:

– Características y necesidades de las personas dependientes.

– Aplicación de técnicas de higiene y aseo de la persona dependiente.

– Alimentación y nutrición. Dieta saludable. Tipos de dieta. Administración de medicamentos.

– Técnicas de movilización, traslado y deambulación.

– Prevención de riesgos y adaptación de espacios. Ayudas técnicas. Primeros auxilios.

– Habilidades sociales. Habilidades de comunicación con las personas dependientes.

Orientación laboral.

Motivación para el empleo.

El autoempleo.

Igualdad.

La violencia ejercida sobre las personas dependientes: violencia general y violencia de género.

Conciliación y corresponsabilidad.

Temporalización.

La duración del curso será de 180 horas, a partir de la firma del convenio. El calendario se desarrollará de lunes a viernes de 9,30 a 13,30 horas, completando 4 horas al día, conforme al siguiente:

 

Lunes

Martes

Miércoles

Jueves

Viernes

9:30-11:00

Módulo.

Módulo.

Módulo.

Módulo.

Orientación.

11:00-11:30

Descanso.

Descanso.

Descanso.

Descanso.

Igualdad.

11:30-13:30

Módulo.

Módulo.

Módulo.

Módulo.

Motivación.

Los talleres y charlas se desarrollaran en viernes en horario lectivo.

Curso «Alfabetización informática» (60 h.).

Población destinataria.

El curso va dirigido a 20 mujeres en edad laboral, desempleadas de larga duración y en situación de riesgo de exclusión, con especiales dificultades socioeconómicas, víctimas de violencia de género y/o inmigrantes.

Requisitos de acceso.

Se requiere un nivel académico de certificado de escolaridad o conocimientos generales equivalentes. No se requieren conocimientos informáticos.

Calendario del curso.

Con el fin de facilitar la conciliación de la vida familiar con la formación, el curso se desarrollará coincidiendo con el horario escolar, en 20 sesiones lectivas de 3 horas por día, en horario de mañana de lunes a viernes, de 10 a 13 horas. La fecha de desarrollo del mismo será a partir de la firma del convenio.

Objetivos generales.

Formar a la alumna para que se inicie en el conocimiento de las funciones básicas de un ordenador y adquiera las habilidades para realizar tareas sencillas de procesamiento de la información y su producción.

Este es un taller básico de largo recorrido, de introducción al mundo de la red y a la navegación por la World Wide Web. El objetivo es que después de adquirir las primeras habilidades para moverse por Internet, los alumnos definan para qué quieren usarlo y consigan desarrollar un proyecto / idea propio.

El curso es una experiencia estimulante que conecta con las propias necesidades personales y donde el aprendizaje se trabaja en grupo, fomentando así el aprendizaje colaborativo.

Objetivos específicos.

Reconocer qué es un ordenador y cuales son sus características básicas.

Conseguir el manejo básico del ratón y del teclado.

Conocer los diferentes periféricos y sus funciones.

Reconocer el entorno de trabajo y sus elementos y configurar los distintos elementos.

Identificar y clasificar ficheros.

Diferencias los tipos de almacenamiento de información.

Manejar y comprender las operaciones básicas de copiar, mover y eliminar ficheros.

Conocer las herramientas básicas y las posibilidades de un procesador de textos para realizar documentos básicos.

Entender el funcionamiento de los programas y cómo abrirlos y cerrarlos.

Entender cómo funciona un programa básico de edición de imágenes.

Evaluación.

La evaluación por tanto se llevará a cabo teniendo en cuenta los siguientes aspectos:

Los niveles de conocimientos alcanzados en el proceso de enseñanza - aprendizaje.

La asistencia, puntualidad.

El interés y la motivación mostrada.

Contenidos:

Introducción al ordenador.

Presentación y explicación de las partes de un ordenador.

Conocimiento y manejo del teclado.

Conocimiento y manejo del ratón.

Los iconos y los botones.

Las ventanas.

Discos, carpetas y archivos.

El explorador de Windows.

El escritorio de Windows.

Buscar archivos y carpetas.

Introducción a tratamiento de textos.

Seguridad e higiene en el trabajo: «Asistencia al Gabinete de Seguridad e Higiene en el trabajo» y «Riesgo ergonómico: Identificación y prevención».

Igualdad: «Conciliación y corresponsabilidad».

Empleo: «Taller: Técnicas de búsqueda de empleo».

Temporalización.

La duración del curso será de 60 horas, preferentemente durante el mes de junio siempre que se haya producido la firma del convenio. El calendario se desarrollará de lunes a viernes de 10 a 13 horas, completando 3 horas al día, conforme al siguiente:

 

Lunes

Martes

Miércoles

Jueves

Viernes

10:00-11:00

Módulo.

Módulo.

Módulo.

Módulo.

Orientación.

11:00-11:30

Descanso.

Descanso.

Descanso.

Descanso.

Igualdad.

11:30-13:00

Módulo.

Módulo.

Módulo.

Módulo.

Motivación.

Los talleres y charlas se desarrollaran en viernes en horario lectivo.

Curso «Iniciación a Internet y a las Redes Sociales» (60 h.).

Población destinataria.

El curso va dirigido a 20 mujeres en edad laboral, desempleadas de larga duración y en situación de riesgo de exclusión, con especiales dificultades socioeconómicas, víctimas de violencia de género y/o inmigrantes.

Requisitos de acceso.

Se requiere un nivel académico de certificado de escolaridad o conocimientos generales equivalentes. Se requieren conocimientos informáticos básicos.

Calendario del curso.

Con el fin de facilitar la conciliación de la vida familiar con la formación, el curso se desarrollará coincidiendo con el horario escolar, en 20 sesiones lectivas de 3 horas por día, en horario de mañana de lunes a viernes, de 10 a 13 horas. La fecha de desarrollo del mismo será a partir de la firma del Convenio.

Objetivos generales.

Formar a la alumna para que se inicie en el conocimiento de los protocolos, servicios y aplicaciones de Internet y de las RRSS y adquiera las habilidades para realizar tareas sencillas de procesamiento de la información y su producción. Este curso pretende dar a conocer las diferentes formas de comunicación existentes hoy en día a través de Internet siempre teniendo en cuenta que va dirigido a un público no experto que pretende incluir las nuevas tecnologías en su vida familiar, social, personal o profesional.

Objetivos específicos.

Conocer lo que es una Red, como conectarse, movernos por ella, bajarnos imágenes, copiar textos e insertarlos en un procesador de texto.

Aprender a navegar por el interior de un sitio web, conocer las funciones comunes que tienen las páginas web y saber dónde y cómo encontrar la información que deseamos.

Crear una cuenta de correo-e y familiarizarnos con su uso.

Aprenderemos a buscar redes, comunidades con intereses afines. Crearemos nuestro propio blog gratuito.

Conocer lo que son la RRSS, forma de integrarse en ellas, su funcionamiento y utilidades.

Aprender otros métodos de comunicación formal e informal.

Contenidos.

Introducción a Internet:

Presentación y explicación de la red Internet.

Navegación en Internet.

Visita a páginas: Escribir direcciones en la barra y ejercicios de visita a páginas.

Las direcciones web.

Buscadores de Internet.

Presentación de diversos buscadores.

Búsquedas sencillas.

Navegación segura.

Control parental.

Correo electrónico:

¿Qué es el correo electrónico?

Ventajas.

¿Qué necesito?

Componentes de una dirección de correo electrónico.

Proveedores con servicio gratuito.

Caso práctico: Darnos de alta.

Abrir la cuenta de correo.

Redactar un mensaje.

Editar el mensaje.

Identificación del destinatario.

Enviar y recibir.

Libreta de direcciones.

Personalizar y administrar carpetas.

Adjuntar archivos.

Resolución de dudas.

Redes sociales:

Introducción a las redes sociales.

¿Qué son las Redes Sociales y cómo surgen? ¿Cuál es su finalidad?

¿Qué tipo de Redes Sociales existen? ¿Hay Redes Sociales temáticas?

¿Puedo integrarme en una Red Social sin ser invitado?

¿En qué medida se respeta el anonimato de los miembros?

¿Qué ventajas me aportaría pertenecer a una Red Social?

¿Cuáles podrían ser los inconvenientes?

¿Cuál puede ser mi papel dentro de una Red Social?

Comunicación con familiares y amigos:

Foros/Chat.

Messenger / Skype.

Washap.

Seguridad e higiene en el trabajo: «Asistencia al Gabinete de Seguridad e Higiene en el trabajo y Riesgo ergonómico: identificación y prevención».

Igualdad: «Conciliación y corresponsabilidad».

Empleo: «Búsqueda de empleo a través de Internet y las RRSS».

Evaluación.

La evaluación por tanto se llevará a cabo teniendo en cuenta los siguientes aspectos:

• Los niveles de conocimientos alcanzados en el proceso de enseñanza- aprendizaje.

• La asistencia, puntualidad.

• El interés y la motivación mostrada.

Temporalización.

La duración del curso será de 60 horas, preferentemente durante el mes de junio siempre que se haya producido la firma del Convenio. El calendario se desarrollará de lunes a viernes de 10 a 13 horas, completando 3 horas al día, conforme al siguiente:

 

Lunes

Martes

Miércoles

Jueves

Viernes

10:00-11:00

Módulo.

Módulo.

Módulo.

Módulo.

Orientación.

11:00-11:30

Descanso.

Descanso.

Descanso.

Descanso.

Igualdad.

11:30-13:00

Módulo.

Módulo.

Módulo.

Módulo.

Motivación.

Los talleres y charlas se desarrollaran en viernes en horario lectivo.

En el marco del Convenio.

Estos cursos van acompañados de otras medidas como:

La atención personalizada, en cuanto a información sobre recursos facilitados por el Centro de la Mujer, atención social, psicológica, jurídica.

Tutorías individualizadas y adecuadas al perfil de las usuarias, orientación y asesoramiento en la búsqueda de empleo, derechos laborales y de la SS.

Organización interna.

Las acciones del convenio serán coordinadas por el Equipo Técnico del Centro de Información y Asesoramiento a la Mujer que depende orgánica y funcionalmente de la Viceconsejería de la Mujer de la Ciudad Autónoma de Melilla.

En la fase de intervención, se llevarán a cabo reuniones semanales para realizar el seguimiento, cuantificar las actuaciones, ajustar los contenidos de las mismas, realizar la evaluación continua y cuantas otras cuestiones se planteen a lo largo de su desarrollo.

Coordinación externa.

Para evaluar los progresos y reorientar si es necesario el desarrollo del curso, se llevarán a cabo reuniones quincenales con los Centros de formación. Asimismo, y a los efectos de coordinación y seguimiento del cumplimiento de los fines del convenio se reunirá la Comisión Mixta de Seguimiento cuando cualquiera de las partes lo considere necesario y como mínimo una vez durante el período de vigencia del Convenio.

Difusión en prensa.

Como herramienta para la captación de candidatas, difusión del proyecto y como instrumento de sensibilización en igualdad de oportunidades.

ANEXO II
Desglose presupuestario

El Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, a través del presupuesto de la Dirección General para la Igualdad de Oportunidad, aportará la cantidad de treinta y siete mil cuatrocientos cuarenta euros (37.440 euros) y la Ciudad Autónoma de Melilla aportará la cantidad de nueve mil trescientos sesenta euros (9.360 euros) todo ello destinado a asumir los gastos que se generen para la ejecución de las acciones objeto del convenio.

Aportaciones al Convenio:

 

Euros

Ciudad Autónoma de Melilla

9.360

Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad – Dirección General para la Igualdad de Oportunidades

37.440

Total

46.800

Desglose presupuestario

MSSSI-DGIO

Euros

CA de Melilla

Euros

Gastos de docencia

28.700,00

 

Seguros de prácticas (Responsabilidad civil y de accidente)

500,00

 

Materiales didácticos

4.340,00

9.360,00

Conciliación - Ludoteca

2.000,00

 

Suministros

1.900,00

 

Subtotales

37.440,00

9.360,00

Total del Convenio

46.800

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