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Documento BOE-A-2014-7882

Ley Foral 12/2014, de 18 de junio, de modificación de la Ley Foral 10/2003, de 5 de marzo, sobre régimen transitorio de los derechos pasivos del personal funcionario de los montepíos de las administraciones públicas de Navarra.

Publicado en:
«BOE» núm. 180, de 25 de julio de 2014, páginas 59333 a 59333 (1 pág.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Comunidad Foral de Navarra
Referencia:
BOE-A-2014-7882
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es-nc/lf/2014/06/18/12

TEXTO ORIGINAL

LA PRESIDENTA DEL GOBIERNO DE NAVARRA

Hago saber que el Parlamento de Navarra ha aprobado la siguiente Ley Foral de modificación de la Ley Foral 10/2003, de 5 de marzo, sobre régimen transitorio de los derechos pasivos del personal funcionario de los montepíos de las administraciones públicas de Navarra.

Artículo único.

Se añade una nueva disposición adicional decimoquinta a la Ley Foral 10/2003, de 5 de marzo, sobre régimen transitorio de los derechos pasivos del personal funcionario de los montepíos de las administraciones públicas de Navarra, que tendrá la siguiente redacción:

«Disposición adicional decimoquinta. Asistencia sanitaria.

Se declara extinguida la cobertura obligatoria en materia de asistencia sanitaria establecida en el Reglamento del Servicio de Asistencia Sanitaria aprobado por Acuerdo de la Diputación Foral de Navarra de 24 de agosto de 1973, con efectos desde la fecha de la integración en el Sistema Nacional de Salud.»

Disposición derogatoria.

Quedan derogadas todas las disposiciones de igual o inferior rango que se opongan a lo establecido en esta ley foral. En particular, quedará derogado en lo que conserve vigencia el Reglamento del Servicio de Asistencia Sanitaria aprobado por Acuerdo de la Diputación Foral de Navarra de 24 de agosto de 1973, una vez se haya producido la integración en el Sistema Nacional de Salud a que se refiere esta ley foral.

Disposición final.

Esta ley foral entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial de Navarra».

Yo, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 22 de la Ley Orgánica de Reintegración y Amejoramiento del Régimen Foral de Navarra, promulgo, en nombre de S.M. el Rey, esta Ley Foral, ordeno su inmediata publicación en el «Boletín Oficial de Navarra» y su remisión al «Boletín Oficial del Estado» y mando a los ciudadanos y a las autoridades que la cumplan y la hagan cumplir.

Pamplona, 18 de junio de 2014.–La Presidenta del Gobierno de Navarra, Yolanda Barcina Angulo.

(Publicada en el «Boletín Oficial de Navarra» número 129, de 3 de julio de 2014.)

ANÁLISIS

  • Rango: Ley Foral
  • Fecha de disposición: 18/06/2014
  • Fecha de publicación: 25/07/2014
  • Fecha de entrada en vigor: 04/07/2014
  • Publicada en el BON núm. 129, de 3 de julio de 2014.
Referencias anteriores
  • DEROGA, en la forma indicada el Reglamento del Servicio de Asistencia Sanitaria aprobado por Acuerdo de 24 de agosto de 1973 (BONA núm. 108, de 7 de septiembre).
  • MODIFICA la disposición adicional 15 de la Ley Foral 10/2003, de 5 de marzo (Ref. BOE-A-2003-8518).
  • DE CONFORMIDAD con el art. 22 de la Ley Orgánica 13/1982, de 10 de agosto (Ref. BOE-A-1982-20824).
Materias
  • Asistencia sanitaria
  • Clases Pasivas
  • Funcionarios públicos
  • Montepíos
  • Navarra
  • Pensiones

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