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Documento BOE-A-2014-7834

Orden ESS/1315/2014, de 17 de julio, por la que se resuelve el concurso, convocado por Orden ESS/526/2014, de 26 de marzo.

Publicado en:
«BOE» núm. 179, de 24 de julio de 2014, páginas 58998 a 59001 (4 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - Nombramientos, situaciones e incidencias
Departamento:
Ministerio de Empleo y Seguridad Social
Referencia:
BOE-A-2014-7834

TEXTO ORIGINAL

Convocado por Orden ESS/526/2014, de 26 de marzo («Boletín Oficial del Estado» de 3 de abril), concurso para la provisión de puestos de Jefe de Equipo de Inspección.

Vista la propuesta formulada por la Comisión de Valoración y habiéndose cumplido las normas establecidas en el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado, así como las bases de la convocatoria,

Este Ministerio ha dispuesto:

Primero.

Adjudicar destino a los funcionarios que se relacionan en el anexo a esta orden en las Inspecciones Provinciales de Trabajo y Seguridad Social que se indican.

Segundo.

1. El plazo de toma de posesión del destino obtenido será de tres días hábiles si no implica cambio de residencia del funcionario, o un mes si comporta cambio de residencia o el reingreso al servicio activo.

El plazo de toma de posesión comenzará a contar a partir del día siguiente al de cese, que deberá efectuarse dentro de los tres días hábiles siguientes a la publicación de esta orden. Si la adjudicación del puesto comporta el reingreso al servicio activo, el plazo de toma de posesión deberá computarse desde dicha publicación.

2. El Subsecretario del Ministerio donde presta servicios el funcionario podrá diferir el cese, por necesidades del servicio, hasta veinte días hábiles, comunicándose a la Subsecretaría del Ministerio de Empleo y Seguridad Social.

Excepcionalmente, a propuesta del Ministerio donde presta servicios el funcionario, por exigencias del normal funcionamiento del mismo, que serán apreciadas en cada caso por la Secretaría de Estado de Administraciones Públicas, podrá aplazar la fecha de cese hasta un máximo de tres meses, computada la prórroga prevista en el párrafo anterior.

3. El cómputo de los plazos posesorios se iniciará cuando finalicen los permisos o licencias que hayan sido concedidos a los interesados, salvo que por causas justificadas el órgano convocante acuerde suspender el disfrute de los mismos.

Tercero.

Los traslados que se deriven de la resolución del presente concurso tendrán la consideración de voluntarios.

Cuarto.

Contra esta orden, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses a partir del día siguiente al de su publicación, ante el Juzgado Central de lo Contencioso-administrativo según la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, pudiendo ser recurrida potestativamente en reposición ante este Ministerio en el plazo de un mes, contado igualmente desde el día siguiente al de su publicación, según los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, según la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

Madrid, 17 de julio de 2014.–La Ministra de Empleo y Seguridad Social, P. D. (Orden ESS/619/2012, de 22 de marzo), el Subsecretario de Empleo y Seguridad Social, Pedro Llorente Cachorro.

Aquí aparecen varias imágenes en el original. Consulte el documento PDF oficial y auténtico.

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