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Documento BOE-A-2014-7296

Acuerdo de 30 de junio de 2014, de la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial, por el que se convoca concurso de méritos para la provisión de puesto de trabajo de Jefe de Sección de de la Oficina Judicial.

Publicado en:
«BOE» núm. 167, de 10 de julio de 2014, páginas 54183 a 54185 (3 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Consejo General del Poder Judicial
Referencia:
BOE-A-2014-7296

TEXTO ORIGINAL

Próximo a quedar vacante en el Consejo General del Poder Judicial el puesto de trabajo de Jefe/a de Sección de la Oficina Judicial N-30 dotado presupuestariamente, cuya provisión se estima conveniente en atención a las necesidades del Consejo,

La Comisión Permanente, en su reunión del día de la fecha, ha acordado convocar un concurso de méritos para la provisión del puesto de trabajo que se describe en el anexo I, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 621 de la Ley Orgánica 4/2013, de 28 de junio.

La convocatoria se regirá por las siguientes normas:

Primera.

Podrán tomar parte en el mismo los Jueces, Magistrados, Secretarios de la Administración de Justicia, Abogados del Estado, miembros de la Carrera Fiscal y funcionarios de las Administraciones Públicas del subgrupo A1, a que se refiere el artículo 76 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, cualquiera que sea su situación administrativa, excepto los suspensos en firme mientras dure la suspensión.

Segunda.

Quienes deseen tomar parte en la convocatoria deberán elevar su solicitud, que se ajustará al modelo que obra en el anexo II de este Acuerdo, al Excmo. Sr. Presidente de este Consejo en que así lo manifiesten y a la que podrán acompañar relación de méritos y circunstancias que en ellos concurran, así como su justificación documental. Las instancias deberán presentarse dentro de los veinte días naturales, contados a partir del siguiente al de la publicación de la convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado», en el Registro General del propio Consejo (calle Marqués de la Ensenada, número 8, 28071 Madrid) o en los registros y oficinas a que se refiere el artículo 38 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Tercera.

Con la solicitud se acompañará un currículum vítae, en el que se hará constar los méritos y circunstancias personales que se estimen oportunos y, en especial, los que se refieran a destinos servidos, títulos académicos, publicaciones y experiencia que se posea, acompañando los documentos justificativos correspondientes. Particularmente, deberán expresar los méritos específicos del puesto de trabajo recogidos en el anexo I de la presente convocatoria, que en ningún caso tendrán carácter excluyente.

Cuarta.

Los/as candidatos/as podrán ser requeridos/as para que justifiquen los datos, circunstancias y méritos a que se refiere la norma anterior. Cualesquiera de entre ellos/as podrán, asimismo, ser citados/as para una entrevista personal.

Quinta.

A la vista de las instancias y documentación presentada, el Pleno, apreciando conjuntamente los méritos alegados, designará al o a la que resulte seleccionado/a para cubrir el puesto convocado. Si el Pleno entendiera que los/as solicitantes no reúnen las condiciones de idoneidad o aptitud precisas para el puesto podrá declarar la convocatoria desierta.

Sexta.

El/la concursante al que se adjudique el puesto convocado quedará en la situación de servicios especiales, prestará sus funciones durante el plazo de dos años prorrogables por períodos anuales con un máximo de prestación de servicios de diez años y estará sometido al Reglamento de Organización y Funcionamiento del Consejo.

Séptima.

Los/as concursantes no nombrados/as dispondrán de un plazo de seis meses para retirar la documentación aportada, acreditativa de los méritos alegados, procediéndose a su destrucción en caso de no efectuarlo.

Octava.

Contra el presente Acuerdo cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala Tercera del Tribunal Supremo, en el plazo de dos meses a partir de la fecha de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 30 de junio de 2014.–El Presidente del Consejo General del Poder Judicial, Carlos Lesmes Serrano.

ANEXO I

Denominación del puesto: Jefe/a de Sección de la Oficina Judicial.

Órgano: Servicio Central.

Localización: Madrid.

Nivel de complemento de destino: 30.

Complemento específico: 44.353,12 euros anuales.

Adscripción: Jueces, Magistrados, Secretarios de la Administración de Justicia, Abogados del Estado, miembros de la Carrera Fiscal y funcionarios de las Administraciones Públicas del subgrupo A1, a que se refiere el artículo 76 de la Ley 7/2007, de 12 de abril.

Méritos específicos:

Magistrado/a.

Dominio de la organización y funcionamiento de los órganos de gobierno del Poder Judicial: Consejo General del Poder Judicial, en Pleno y Comisiones, Salas de Gobierno de los Tribunales Superiores de Justicia, Juntas de Jueces y Decanatos.

Conocimiento del sistema de reparto de competencias entre el Estado y las Comunidades Autónomas en materia de administración de justicia.

Experiencia en órganos de gobierno del Poder Judicial.

Conocimiento y experiencia en la tramitación de expedientes sobre planes de urgencia, refuerzos, comisiones de servicio, y demás medidas de apoyo a los Juzgados y Tribunales.

Conocimientos en materia de organización y funcionamiento de la Oficina Judicial.

Dominio de las nuevas tecnologías TIC: Sistemas de gestión de procedimientos, sistemas de gestión gubernativa. Bases de datos de acuerdos y de resoluciones.

Facilidad de relación y comunicación con los miembros de la organización judicial y los responsables de las Administraciones Públicas en materia de justicia.

Capacidad de gestión, organización y trabajo en equipo.

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